Sociedad de Responsabilidad Limitada

Comercial Chipe Limitada

CONSTITUCIÓN — 6 oct 2016

Diario Oficial

ConstituciónDiario Oficial · 2016-10-06Ver PDF (CVE 1120592)

Información societaria

Ltda
Las Condes, Región Metropolitana
Duración: cinco años a contar de la escritura. Este plazo se prorrogará tácita y sucesivamente por periodos iguales y sucesivos de cinco años cada uno, salvo que alguno de los socios manifieste su voluntad de poner término a la Sociedad, mediante escritura pública de la que deberá tomarse nota en el Registro de Comercio al margen de la inscripción de la Sociedad, con a lo menos tres meses de anticipación al vencimiento del periodo original o al de la prórroga respectiva
Administración: El uso de la razón social, la administración y representación de la Sociedad, con las más amplias atribuciones, corresponderá los dos socios conjuntamente.

Objeto social

La Sociedad tendrá por objeto desarrollar, directamente o por intermedio de terceros, por cuenta propia o ajena, individualmente o en conjunto con otros, dentro del territorio de Chile o en el extranjero, las siguientes actividades: a) el desarrollo, creación, producción, coordinación, adquisición, divulgación, difusión, distribución, publicación, aprovechamiento, comercialización y explotación de franquicias y marcas comerciales; b) la fabricación, adquisición, importación, exportación, comercialización y distribución, en cualquiera de sus formas, de vestuario de todo tipo, textiles, sus insumos y accesorios y cualesquier otro producto relacionado con vestuario y textiles; y, c) la fabricación, adquisición, importación, exportación, comercialización y distribución, en cualquiera de sus formas, de todo tipo de bienes muebles.

Capital

Capital total

$500.000 pesos

Capital pagado

$500.000 pesos

Capital pendiente

$0 pesos

Socios (2)

NombreParticipación

Roberto Hernán Cristi Brown

Socio

50%

Josué Gabriel Vargas Bellido

Socio

50%

Texto oficial del extracto

ROBERTO ANTONIO CIFUENTES ALLEL, notario titular de la Cuadragésima Octava Notaría de Santiago Saffie, Huérfanos 770, oficina 31, certifico: Por escritura pública de 27 de septiembre de 2016, ante mí: don Roberto Hernán Cristi Brown, domiciliado en Apoquindo 3001, piso 9, Las Condes, Región Metropolitana, y don Josué Gabriel Vargas Bellido, domiciliado en calle Catedral 2.165, departamento 214, Santiago, Región Metropolitana; constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada (la “Sociedad”) cuyos estatutos son los siguientes. Nombre: COMERCIAL CHIPE LIMITADA. Administración: El uso de la razón social, la administración y representación de la Sociedad, con las más amplias atribuciones, corresponderá los dos socios conjuntamente. Capital:$500.000 pesos: i) Roberto Hernán Cristi Brown, la suma de $250.000 pesos, que representa el 50% del capital social; y ii) Josué Gabriel Vargas Bellido, la suma de $250.000 pesos, que representa el 50% del capital social. Capital que se paga en el acto en dinero efectivo. En Consecuencia, el capital se encuentra integramente suscrito y pagado. Objeto: La Sociedad tendrá por objeto desarrollar, directamente o por intermedio de terceros, por cuenta propia o ajena, individualmente o en conjunto con otros, dentro del territorio de Chile o en el extranjero, las siguientes actividades: a) el desarrollo, creación, producción, coordinación, adquisición, divulgación, difusión, distribución, publicación, aprovechamiento, comercialización y explotación de franquicias y marcas comerciales; b) la fabricación, adquisición, importación, exportación, comercialización y distribución, en cualquiera de sus formas, de vestuario de todo tipo, textiles, sus insumos y accesorios y cualesquier otro producto relacionado con vestuario y textiles; y, c) la fabricación, adquisición, importación, exportación, comercialización y distribución, en cualquiera de sus formas, de todo tipo de bienes muebles. Duración: cinco años a contar de la escritura. Este plazo se prorrogará tácita y sucesivamente por periodos iguales y sucesivos de cinco años cada uno, salvo que alguno de los socios manifieste su voluntad de poner término a la Sociedad, mediante escritura pública de la que deberá tomarse nota en el Registro de Comercio al margen de la inscripción de la Sociedad, con a lo menos tres meses de anticipación al vencimiento del periodo original o al de la prórroga respectiva. Demás estipulaciones en escritura extractada. Roberto Antonio Cifuentes Allel, Notario Público Titular. Santiago, 27 de septiembre de 2016.

Actuaciones recientes

  1. CONSTITUCIÓN

    Comercial Chipe Limitada

    CVE 1120592

Relaciones societarias

EmpresaPersonaDiario Oficial