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Sociedad de Responsabilidad Limitada

Comercial By Duo Limitada

CONSTITUCIÓN — 22 jun 2019

Diario Oficial

ConstituciónDiario Oficial · 2019-06-22Ver PDF (CVE 1609996)

Información societaria

Ltda
Santiago, Región Metropolitana
Duración: cinco años, prorrogado automáticamente por períodos iguales, sucesivos y continuos de cinco años cada uno, salvo aviso de término por cualquiera de los socios
Administración: La administración, representación, uso de la razón social y del nombre de fantasía corresponderá a don JOSE MANUEL PEREIRA PEREIRA, quien anteponiendo la razón social a su firma, la representará con las más amplias facultades, pudiendo obligarlo en toda clase de actos.

Objeto social

La importación, exportación, representación, distribución y comercialización de toda clase de prenda de vestir, ropa de vestir, ropa interior, artículos para regalos y bienes de consumo, y en general, toda otra actividad que los socios de común de acuerdo determinen, esté o no relacionada con el giro principal.

Capital

Capital total

$3.000.000

Capital pagado

$1.000.000

Capital pendiente

$2.000.000

Socios (2)

NombreParticipación

JOSE MANUEL PEREIRA PEREIRA

Socio

50%

ADAN ANTONIO VALENZUELA FUENZALIDA

Socio

50%

Administradores (1)

Texto oficial del extracto

JOSE LEONARDO BRUSI MUÑOZ, Abogado, Notario Público de la Cuadragésima Segunda Notaria de Santiago, con oficio en calle Agustinas N° 1070, Santiago, comuna de Santiago, Suplente del Titular ÁLVARO GONZÁLEZ SALINAS, certifica: Por escritura pública de fecha 5 de junio de 2019, otorgada ante el titular, JOSE MANUEL PEREIRA PEREIRA, Amado Nervo cuatrocientos cincuenta y seis, comuna de Maipú; y don ADAN ANTONIO VALENZUELA FUENZALIDA, Rebeca Matte ochocientos ochenta y uno, comuna de Maipú, constituyeron una sociedad comercial de responsabilidad limitada. Razón social de la sociedad será: “COMERCIAL BY DUO LIMITADA”. Nombre de fantasía de “BY DUO LTDA.” Domicilio: Santiago, sin perjuicio de las oficinas, agencias, sucursales, representaciones y domicilios especiales que la sociedad pueda establecer o abrir, en Chile o en el extranjero.- Objeto de la sociedad será: La importación, exportación, representación, distribución y comercialización de toda clase de prenda de vestir, ropa de vestir, ropa interior, artículos para regalos y bienes de consumo, y en general, toda otra actividad que los socios de común de acuerdo determinen, esté o no relacionada con el giro principal.- La administración, representación, uso de la razón social y del nombre de fantasía corresponderá a don JOSE MANUEL PEREIRA PEREIRA, quien anteponiendo la razón social a su firma, la representará con las más amplias facultades, pudiendo obligarlo en toda clase de actos. Capital de la sociedad es la suma de tres millones de pesos, aportados e ingresados por los socios de la siguiente manera: a) don JOSE MANUEL PEREIRA PEREIRA, aporta la suma de un millón quinientos mil pesos, y en este acto aporta quinientos mil pesos en dinero efectivo, ya ingresados a la caja social, y el saldo de un millón de pesos a enterar en el plazo de dos años a contar de hoy, equivalentes al cincuenta por ciento; y b) don ADAN ANTONIO VALENZUELA FUENZALIDA, aporta la suma de un millón quinientos mil pesos, y en este acto aporta quinientos mil pesos en dinero efectivo, ya ingresados a la caja social, y el saldo de un millón de pesos a enterar en el plazo de dos años a contar de hoy, equivalentes al cincuenta por ciento.- Los socios limitan su responsabilidad hasta el monto de sus respectivos aportes.- La sociedad empezará a regir con esta fecha y tendrá una duración de cinco años. Se entenderá prorrogado el plazo de duración en forma automática por períodos iguales, sucesivos y continuos de cinco años cada uno, salvo si cualquiera de los socios manifiesta su voluntad de ponerle término en la forma que se indica pacto que se extracta.- Santiago, 19 de junio de 2019.

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