Sociedad por Acciones

Comercial Aloe SpA

CONSTITUCIÓN — 25 may 2017

Diario Oficial

ConstituciónDiario Oficial · 2017-05-25Ver PDF (CVE 1219348)

Información societaria

SpA
Santiago, Región Metropolitana
Administración: Uno o más administradores sociales

Objeto social

Prestar todo tipo de servicios profesionales relacionados con tratamientos de belleza, relajación, masajes, SPA, peluquería, salones de belleza en general, etc., por cuenta propia o de terceros, en instalaciones propias o ajenas; comercializar, importar, vender y adquirir todo tipo de bienes relacionados con tratamientos de belleza, cuidado del cuerpo, etc.; realizar toda clase de inversiones en toda clase de bienes, muebles o inmuebles, corporales e incorporales, valores inmobiliarios, acciones, bonos, derechos en sociedades de cualquier naturaleza, cooperativas, comunidades, títulos de renta fija o variable, en moneda nacional o extranjera, efectos de comercio, patentes, marcas, licencias, procesos y concesiones de cualquier rubro, y cualquiera otros bienes así como la administración, arriendo, compra, venta, percepción de frutos, y la explotación comercial y de cualquier tipo de dichos bienes, así como también la realización de toda clase de negocios inmobiliarios, nominados o innominados, típicos o atípicos, obtener sus rentas y utilidades y reinvertirlas; y en general, todo negocio o actividad que se relacione, en la actualidad o en el futuro, con estos cometidos y todos los actos y contratos que los accionistas estimen convenientes o necesarios para la realización del objeto social y las demás actividades que los accionistas acuerden. Para el cumplimiento de su objeto, la sociedad podrá ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos necesarios a los fines indicados, al desarrollo de su negocio o comercio o a la inversión de los fondos disponibles de la sociedad, pudiendo especialmente participar en toda clase de sociedades, civiles o comerciales, cualquiera sea su objeto, ya sean colectivas, anónimas, de responsabilidad limitada o en comandita, pudiendo concurrir como socia comanditaria o gestora en éstas últimas.

Capital

Capital total

$1.000.000

Capital pagado

$200.000

Capital pendiente

$800.000

Acciones

1000

Socios (2)

NombreParticipación

INVERSIONES LAS HUALTATAS LIMITADA

Accionista

10%

María Sofía Serrano Gómez

Accionista

90%

Representación legal (1)

Texto oficial del extracto

ANDRES FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Notario Público Titular, 36° Notaría de Santiago, Ahumada 312, of. 236, comuna de Santiago, certifica: Por escritura pública de fecha 8 de mayo de 2017, Repertorio Nº 9.860-2017, ante mí, la sociedad INVERSIONES LAS HUALTATAS LIMITADA y doña MARÍA SOFÍA SERRANO GÓMEZ constituyeron una Sociedad por Acciones, de cuyos estatutos extracto: NOMBRE: “COMERCIAL ALOE SpA”, pudiendo usar, funcionar y actuar, para todos los efectos comerciales, bancarios y publicitarios, con el nombre de fantasía de “ALOE SpA”. OBJETO: La sociedad tendrá por objeto: a) Prestar todo tipo de servicios profesionales relacionados con tratamientos de belleza, relajación, masajes, SPA, peluquería, salones de belleza en general, etc., por cuenta propia o de terceros, en instalaciones propias o ajenas; b) Comercializar, importar, vender y adquirir todo tipo de bienes relacionados con tratamientos de belleza, cuidado del cuerpo, etc.; c) Realizar toda clase de inversiones en toda clase de bienes, muebles o inmuebles, corporales e incorporales, valores inmobiliarios, acciones, bonos, derechos en sociedades de cualquier naturaleza, cooperativas, comunidades, títulos de renta fija o variable, en moneda nacional o extranjera, efectos de comercio, patentes, marcas, licencias, procesos y concesiones de cualquier rubro, y cualquiera otros bienes así como la administración, arriendo, compra, venta, percepción de frutos, y la explotación comercial y de cualquier tipo de dichos bienes, así como también la realización de toda clase de negocios inmobiliarios, nominados o innominados, típicos o atípicos, obtener sus rentas y utilidades y reinvertirlas; y d) En general, todo negocio o actividad que se relacione, en la actualidad o en el futuro, con estos cometidos y todos los actos y contratos que los accionistas estimen convenientes o necesarios para la realización del objeto social y las demás actividades que los accionistas acuerden. Para el cumplimiento de su objeto, la sociedad podrá ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos necesarios a los fines indicados, al desarrollo de su negocio o comercio o a la inversión de los fondos disponibles de la sociedad, pudiendo especialmente participar en toda clase de sociedades, civiles o comerciales, cualquiera sea su objeto, ya sean colectivas, anónimas, de responsabilidad limitada o en comandita, pudiendo concurrir como socia comanditaria o gestora en éstas últimas. CAPITAL: $1.000.000, dividido en 1.000 acciones nominativas, todas de una misma serie y de igual valor, sin valor nominal ni privilegios. Acciones fueron suscritas y pagadas de la siguiente forma: a) la sociedad Inversiones Las Hualtatas Limitada, suscribe 100 acciones, por un valor de $100.000, que paga en este acto, en dinero efectivo; y b) doña María Sofía Serrano Gómez, suscribe 900 acciones, por un valor de $900.000. De ellas, paga en este acto 100 acciones, por un monto de $100.000, en dinero efectivo, que ingresa a las arcas sociales. Las 800 acciones restantes, se obliga a pagarlas dentro del plazo máximo de 5 años, en dinero efectivo o mediante el aporte y transferencia de acciones, créditos, cuentas por cobrar u otros bienes de cualquier naturaleza, todas las cuales deberán ser enteradas o avaluadas en su equivalente en pesos. De todas formas, no será necesaria la estimación de valor por parte de peritos, a lo que el compareciente, representando la unanimidad de los accionistas de la sociedad, conviene en este acto, para los efectos de lo dispuesto en el artículo quince de la Ley número 18.046 sobre Sociedades Anónimas. ADMINISTRACIÓN: La sociedad estará administrada por uno o más administradores sociales, nombrándose transitoriamente, hasta la realización de la primera junta ordinaria de accionistas en los términos señalados en la escritura, a doña María Sofía Serrano Gómez, don Juan Francisco Serrano Gildemeister, y doña María Rebeca Gómez Alemparte, quienes actuarán con las facultades y de la manera mencionada en la escritura respectiva. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 09 de mayo de 2017.

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