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Sociedad por Acciones

Cerro Colorado SpA

CONSTITUCIÓN — 19 jun 2026

Diario Oficial

ConstituciónDiario Oficial · 2026-06-19Ver PDF (CVE 2827619)

Información societaria

SpA
Santiago, Región Metropolitana
Duración: Indefinida
Administración: La sociedad será administrada y representada por uno o más administradores designados mediante escritura pública por el o los accionistas titulares de, a lo menos, la mayoría absoluta de las acciones emitidas con derecho a voto. Los comparecientes, en su calidad de únicos accionistas, vienen en designar como administradores de la sociedad a don NICOLÁS KHALILIYEH YARUR y a doña MARÍA JOSÉ GANA HUBER, quienes actuando indistinta y separadamente contaran con todas las facultades establecidas en la cláusula decimosegunda de los estatutos sociales. Quien administre y use la razón social representará a la sociedad con las más amplias facultades.

Objeto social

La sociedad tendrá por objeto: A) La inversión, en Chile o en el extranjero, en toda clase de bienes muebles, corporales o incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos, debentures, títulos, efectos de comercio y cualesquiera otros valores o documentos mercantiles, sean ellos de oferta pública o privada, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, limitadas o colectivas, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios; B) El desarrollo, en Chile o en el extranjero, de proyectos de inversión en sus formas más amplias, en especial en adquirir, enajenar y explotar toda clase de bienes inmuebles, rústicos o urbanos, construir en ellos, arrendarlos o en general, explotarlos a cualquier título, todo ello por cuenta propia o de terceros; C) La inversión sobre toda clase de bienes inmuebles, corporales e incorporales, incluyendo la formación y la participación en otras personas jurídicas y sociedades de cualquier tipo y objeto, la administración de tales inversiones y la percepción de sus frutos o rentas y realizar todo otro tipo de negocios y/o actividades de carácter civil permitidas por la legislación chilena, sean o no complementarios entre sí, que los socios puedan acordar. D) La prestación de servicios de corredor de propiedades, consistentes en la mediación remunerada entre contratantes para facilitar la conclusión de operaciones sobre inmuebles, establecimientos comerciales o industriales, tales como compraventa, permuta, arriendos y tasaciones, pudiendo administrar inmuebles ajenos y en general ejecutar cualquier acto o contrato vinculado directa o indirectamente al corretaje de bienes raíces; E) Prestación de todo tipo de asesorías inmobiliarias, ya sean comerciales, financieras o jurídicas, que permitan facilitar la celebración de contratos y acuerdos comerciales, la evaluación y desarrollo de proyectos inmobiliarios, estudios de títulos, revisión y confección de contratos y todo tipo de gestiones ligadas directa o indirectamente al corretaje de propiedades y a la gestión inmobiliaria; F) Administrar las inversiones, proyectos y actividades anteriores y percibir sus frutos o rentas. G) La compra y venta, al por mayor o por menor, distribución, adquisición, enajenación, exportación, importación, comercialización, permuta, confección y fabricación, por cuenta propia o ajena, de toda clase de bienes muebles. H) En general, realizar toda actividad o negocios relacionados con las anteriores y que fijen los socios de común acuerdo. La sociedad podrá desarrollar estas actividades directamente, o por medio de otra u otras sociedades de las que forme parte o constituya al efecto, en las que podrá incluso tener la calidad de socia gestora, pudiendo siempre intervenir por cuenta propia o ajena.

Capital

Capital total

$20.000.000

Capital pagado

$20.000.000

Capital pendiente

$0

Acciones

10.000

Socios (2)

NombreParticipación

NICOLÁS KHALILIYEH YARUR

Accionista

16.xxx.xxx-2

50%

MARÍA JOSÉ GANA HUBER

Accionista

17.xxx.xxx-k

50%

Administradores (2)

NICOLÁS KHALILIYEH YARUR

16.xxx.xxx-2Administrador

MARÍA JOSÉ GANA HUBER

17.xxx.xxx-kAdministrador

Texto oficial del extracto

Ministerio del Interior CLAUDIO ANDRÉS SALVADOR CABEZAS, Notario Público Titular de la Primera Notaría de Lo Barnechea, con oficio en Avenida La Dehesa número 1.450, local 1, certifica: Que por escritura pública de fecha 10 de Junio de 2026, bajo el Repertorio Nro. 3242 - 2026, ante mí, don NICOLÁS KHALILIYEH YARUR, cédula nacional de identidad número 16.370.455-2 y doña MARÍA JOSÉ GANA HUBER, cédula nacional de identidad número 17.087.689-k; ambos con domicilio Camino de la Hacienda número trescientos noventa y seis, comuna de Colina, Región Metropolitana, vienen en constituir una sociedad por acciones bajo la razón social, CERRO COLORADO SpA. Capital. El capital social es la suma de $20.000.000.-, dividido en 10.000.- acciones nominativas de una misma y única serie y sin valor nominal, íntegramente suscrito y pagado. Administración. La sociedad será administrada y representada por uno o más administradores designados mediante escritura pública por el o los accionistas titulares de, a lo menos, la mayoría absoluta de las acciones emitidas con derecho a voto. Los comparecientes, en su calidad de únicos accionistas, vienen en designar como administradores de la sociedad a don NICOLÁS KHALILIYEH YARUR y a doña MARÍA JOSÉ GANA HUBER, quienes actuando indistinta y separadamente contaran con todas las facultades establecidas en la cláusula decimosegunda de los estatutos sociales. Quien administre y use la razón social representará a la sociedad con las más amplias facultades. Responsabilidad de los accionistas. Responsabilidad personal de los socios limítese a respectivos aportes. Objeto. La sociedad tendrá por objeto: A) La inversión, en Chile o en el extranjero, en toda clase de bienes muebles, corporales o incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos, debentures, títulos, efectos de comercio y cualesquiera otros valores o documentos mercantiles, sean ellos de oferta pública o privada, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, limitadas o colectivas, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios; B) El desarrollo, en Chile o en el extranjero, de proyectos de inversión en sus formas más amplias, en especial en adquirir, enajenar y explotar toda clase de bienes inmuebles, rústicos o urbanos, construir en ellos, arrendarlos o en general, explotarlos a cualquier título, todo ello por cuenta propia o de terceros; C) La inversión sobre toda clase de bienes inmuebles, corporales e incorporales, incluyendo la formación y la participación en otras personas jurídicas y sociedades de cualquier tipo y objeto, la administración de tales inversiones y la percepción de sus frutos o rentas y realizar todo otro tipo de negocios y/o actividades de carácter civil permitidas por la legislación chilena, sean o no complementarios entre sí, que los socios puedan acordar. D) La prestación de servicios de corredor de propiedades, consistentes en la mediación remunerada entre contratantes para facilitar la conclusión de operaciones sobre inmuebles, establecimientos comerciales o industriales, tales como compraventa, permuta, arriendos y tasaciones, pudiendo administrar inmuebles ajenos y en general ejecutar cualquier acto o contrato vinculado directa o indirectamente al corretaje de bienes raíces; E) Prestación de todo tipo de asesorías inmobiliarias, ya sean comerciales, financieras o jurídicas, que permitan facilitar la celebración de contratos y acuerdos comerciales, la evaluación y desarrollo de proyectos inmobiliarios, estudios de títulos, revisión y confección de contratos y todo tipo de gestiones ligadas directa o indirectamente al corretaje de propiedades y a la gestión inmobiliaria; F) Administrar las inversiones, proyectos y actividades anteriores y percibir sus frutos o rentas. G) La compra y venta, al por mayor o por menor, distribución, adquisición, enajenación, exportación, importación, comercialización, permuta, confección y fabricación, por cuenta propia o ajena, de toda clase de bienes muebles. H) En general, realizar toda actividad o negocios relacionados con las anteriores y que fijen los socios de común acuerdo. La sociedad podrá desarrollar estas actividades directamente, o por medio de otra u otras sociedades de las que forme parte o constituya al efecto, en las que podrá incluso tener la calidad de socia gestora, pudiendo siempre intervenir por cuenta propia o ajena. Duración. La sociedad comenzará a regir con esta fecha y tendrá una duración indefinida. Domicilio. La sociedad tendrá como domicilio la ciudad de Santiago, Región Metropolitana. Otras estipulaciones escritura extractada. Santiago, 10 de junio de 2026.

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