Sociedad por Acciones

Centro De Especialidades Medicas San Bartolome SpA

CONSTITUCIÓN — 23 sept 2017

Diario Oficial

ConstituciónDiario Oficial · 2017-09-23Ver PDF (CVE 1276086)

Información societaria

SpA
Raul Bitrán N°1541
Duración: 5 años, prorrogable automáticamente por períodos iguales y sucesivos de 5 años

Objeto social

Será la prestación de servicios médicos, capacitación y asesoría médica, importación, exportación y venta de todo tipo de materiales médicos, realización de exámenes preventivos y toda otra actividad relacionada con lo anterior y con el giro. Además a todos los temas y materias que los comparecientes acuerden y todos los actos, contratos y negocios encaminados a tales fines, ya sea con entidades públicas y/o privadas, nacionales o extranjeras. La inversión y administración de toda clase de bienes, muebles o inmuebles, corporales o incorporales, propios o de terceros, y la percepción de sus frutos, incluyendo adquisición y enajenación de los mismos; celebrar convenios, actos y desarrollar actividades relacionadas con el objetivo social en cualesquiera de sus formas y; en general, ejecutar actos comerciales de su giro de cualquier otro ramo que los socios acuerden en los cuales se podrá celebrar toda clase de actos y contratos mercantiles, civiles o administrativos que sean conducentes al mejor cumplimiento de los fines sociales.

Capital

Capital total

$40.000.000

Capital pagado

$40.000.000

Acciones

100

Socios (5)

NombreParticipación

ANDRES ALBERTO LEIVA MC KENDRICK

Accionista

15.xxx.xxx-2

50%

JOSE MIGUEL NUÑEZ ALVARADO

Accionista

12.xxx.xxx-8

15%

BORIS PETRICIC ZAMORANO

Accionista

12.xxx.xxx-4

15%

KEYLA AGUILAR MILLAN

Accionista

25.xxx.xxx-1

10%

LUIS ALBERTO DIAZ ESQUIVEL

Accionista

25.xxx.xxx-5

10%

Representación legal (2)

ANDRES ALBERTO LEIVA MC KENDRICK

15.xxx.xxx-2En representación de ANDRÉS ALBERTO LEIVA MCKENDRICK SERVICIOS DE KINESIOLOGÍA, EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA76.335.586-1

JOSE MIGUEL NUÑEZ ALVARADO

12.xxx.xxx-8En representación de KEYLA CAROLINA AGUILAR MILLAN25.xxx.xxx-1

Texto oficial del extracto

GONZALO OÑATE MIRANDA, Abogado, Notario Público Suplente del Titular RUBEN REINOSO HERERA, 4ta. Notaría La Serena, Cordovez 405, certifica: Por escritura pública de 14/09/2017, ante titular Ruben Reinoso Herrera; ANDRES ALBERTO LEIVA MC KENDRICK, chileno, soltero, kinesiólogo, C.I. N°15.638.020-2, en representación, de “ANDRÉS ALBERTO LEIVA MCKENDRICK SERVICIOS DE KINESIOLOGÍA, EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA”, RUT N°76.335.586-1, ambos con domicilio en Gabriela Mistral N°4219, La Serena; JOSE MIGUEL NUÑEZ ALVARADO, chileno, casado y separado totalmente de bienes, médico cirujano, domiciliado en Larraín Alcalde N°1085, departamento N°102, La Serena, C.I. N°12.426.525-8, por sí y en representación de KEYLA CAROLINA AGUILAR MILLAN, venezolana, soltera, médico cirujano, domiciliada en Uribe N°305, Edificio Icono departamento N°3014, Antofagasta, C.I. Ext. N°25.484178-1; BORIS PETRICIC ZAMORANO, chileno, soltero, médico cirujano, domiciliado en José Luis Daire N°1200, departamento N°506, San Joaquín, La Serena, C.I. N°12.168.445-4; y LUIS ALBERTO DIAZ ESQUIVEL, venezolano, soltero, ingeniero mecánico, domiciliado en Avenida Cuatro Esquinas N°4500, casa N°42, Condominio Barrio Umbrales La Serena, C.I. Ext. N°25.252.483-5, constituyeron sociedad por acciones. Nombre: “CENTRO DE ESPECIALIDADES MEDICAS SAN BARTOLOME SpA” nombre de fantasía “CEM SAN BARTOLOME SpA”. Domicilio: Raul Bitrán N°1541 La Serena, pudiendo establecer agencias o sucursales en otros puntos del país o del extranjero. Duración: 5 años, prorrogable automáticamente por períodos iguales y sucesivos de 5 años, salvo que los socios o accionistas manifestaren su voluntad de ponerle término al final del período que estuviere en curso, mediante escritura pública cuyo contenido se anotará al margen de la inscripción social, todo con una anticipación de a lo menos tres meses al término del respectivo período. Objeto: Será la prestación de servicios médicos, capacitación y asesoría médica, importación, exportación y venta de todo tipo de materiales médicos, realización de exámenes preventivos y toda otra actividad relacionada con lo anterior y con el giro. Además a todos los temas y materias que los comparecientes acuerden y todos los actos, contratos y negocios encaminados a tales fines, ya sea con entidades públicas y/o privadas, nacionales o extranjeras. La inversión y administración de toda clase de bienes, muebles o inmuebles, corporales o incorporales, propios o de terceros, y la percepción de sus frutos, incluyendo adquisición y enajenación de los mismos; celebrar convenios, actos y desarrollar actividades relacionadas con el objetivo social en cualesquiera de sus formas y; en general, ejecutar actos comerciales de su giro de cualquier otro ramo que los socios acuerden en los cuales se podrá celebrar toda clase de actos y contratos mercantiles, civiles o administrativos que sean conducentes al mejor cumplimiento de los fines sociales. Capital: $40.000.000, enterados por los socios acto escritura extractada siguiente forma: ANDRES ALBERTO LEIVA MCKENDRICK, en representación de “ANDRÉS ALBERTO LEIVA MCKENDRICK SERVICIOS DE KINESEOLOGÍA, EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA”, aporta $20.000.000 en dinero efectivo, de contado, aporte correspondiente a un 50% del capital social aportado por el socio; JOSE MIGUEL NUÑEZ ALVARADO, aporta $6.000.000 en dinero efectivo, de contado, aporte correspondiente a un 15% capital social aportado por el socio; BORIS PETRICIC ZAMORANO, aporta $6.000.000 en dinero efectivo, de contado, aporte correspondiente a un 15% capital social aportado por el socio; KEYLA AGUILAR MILLAN, debidamente representada, aporta $4.000.000, en dinero efectivo, de contado, aporte correspondiente a un 10% capital social aportado por la socia; y LUIS ALBERTO DIAZ ESQUIVEL, aporta $4.000.000 en dinero efectivo, de contado, aporte correspondiente a un 10% capital social aportado por el socio. El capital de la sociedad está dividido en 100 acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie, sin valor nominal, de tal manera que cada acción dará derecho a un voto. La sociedad podrá en todos los casos poseer acciones de su propia emisión. Demás estipulaciones constan escritura extractada. La Serena, 21 Septiembre 2017.-

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