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Sociedad por Acciones

Casa De Eventos Aldilá SpA

CONSTITUCIÓN — 22 jun 2026

Diario Oficial

ConstituciónDiario Oficial · 2026-06-22Ver PDF (CVE 2827940)

Información societaria

SpA
Santiago, Región Metropolitana
Duración: Indefinida

Objeto social

La sociedad tendrá por objeto: a) Centro de Eventos y Recreación: La explotación, administración y gestión de centros de eventos, centros recreacionales, deportivos y de esparcimiento; la organización, producción y realización de todo tipo de eventos sociales, corporativos, culturales, deportivos, seminarios y convenciones, ya sea en instalaciones propias o de terceros. b) Alojamiento y Hospitalidad: La prestación de servicios de alojamiento, hotelería y hospedaje temporal, incluyendo la modalidad de arriendos por períodos cortos o estacionales, tales como Airbnb u otras plataformas digitales; la explotación de apart-hoteles, cabañas y similares. c) Gastronomía y Otros: La prestación de servicios de banquetería, catering, producción de alimentos y bebidas, explotación de restaurantes, cafeterías, bares y casinos; la compra, venta, importación, exportación y distribución de insumos y artículos relacionados con el rubro. d) Inmobiliario y Consultoría: La adquisición, enajenación, arrendamiento y subarrendamiento de bienes raíces, por cuenta propia o ajena; la prestación de servicios de asesoría, consultoría y capacitación en materias de turismo, hospitalidad, deportes y recreación; y, en general, la ejecución de cualquier otra actividad complementaria o relacionada que los socios acuerden, sin limitación alguna. e) La compra, venta, administración, comercialización y distribución interna o externa de toda clase de bienes corporales o incorporales, muebles o inmuebles y productos, equipos y bienes de capital en general, ya sea por cuenta propia o ajena, y la explotación con dicho objeto de toda especie de establecimientos de comercio; f) Cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, que los socios acuerden. La sociedad podrá desarrollar total o parcialmente su giro, por cuenta propia o ajena o por medio de otras sociedades en las que participe o forme al efecto, pudiendo tener en ellas inclusive la calidad de socia gestora.-

Capital

Capital total

$1.000.000

Capital pagado

$1.000.000

Acciones

100

Socios (5)

NombreParticipación

Don Gabriel Eduardo Moreno Colmenares

Accionista

26.xxx.xxx-5

-

Doña Yarly Indira Vielma Rangel

Accionista

26.xxx.xxx-3

-

Doña Briggitte Indiana Vielma Rangel

Accionista

25.xxx.xxx-1

-

Doña Astrid Sulay Rangel de Vielma

Accionista

26.xxx.xxx-6

-

Don Maurolino Vielma Puente

Accionista

27.xxx.xxx-5

-

Texto oficial del extracto

Ministerio del Interior EDUARDO JAVIER DIEZ MORELLO, Notario Público Titular 34ª Notaría Santiago, Luis Thayer Ojeda 359, Providencia, Santiago, certifica: Por escritura pública de fecha 05 de Junio de 2026, ante mí, Don Gabriel Eduardo Moreno Colmenares, venezolano, casado y separado totalmente de bienes conforme al Artículo 135 del Código Civil, Ingeniero Mecánico, cédula de identidad para extranjeros número 26.870.613-5, domiciliado en Avenida Quebrada de Macul 8311, casa D, comuna de Peñalolén, Región Metropolitana. Doña Yarly Indira Vielma Rangel, venezolana, casada y separada totalmente de bienes conforme al Artículo 135 del Código Civil, Ingeniera Industrial, cédula de identidad para extranjeros número 26.661.454-3, domiciliada en Avenida Quebrada de Macul 8311, casa D, comuna de Peñalolén, Región Metropolitana; Doña Briggitte Indiana Vielma Rangel, venezolana, soltera, Técnico Electromédico, cédula de identidad para extranjeros número 25.965.029-1, domiciliada en Avenida Quebrada de Macul 8311, casa D, comuna de Peñalolén, Región Metropolitana; Doña Astrid Sulay Rangel de Vielma, venezolana, casada y separada totalmente de bienes conforme al Artículo 135 del Código Civil, Médico Cirujano, cédula de identidad para extranjeros número 26.820.477-6, domiciliada en Avenida Froilan Roa 6727, departamento 904 B, comuna de La Florida, Región Metropolitana; y Don Maurolino Vielma Puente, venezolano, casado y separado totalmente de bienes conforme al Artículo 135 del Código Civil, Comerciante, cédula de identidad para extranjeros número 27.779.128-5, domiciliado en Avenida Froilan Roa 6727, departamento 904 B, comuna de La Florida, Región Metropolitana, constituyeron sociedad por acciones con el nombre de CASA DE EVENTOS ALDILÁ SpA, pudiendo actuar indistintamente para todos los efectos legales con el nombre de fantasía de “CASA ALDILÁ SpA”. Domicilio: Ciudad Santiago, Región Metropolitana. Duración: Indefinida. Objeto: La sociedad tendrá por objeto: a) Centro de Eventos y Recreación: La explotación, administración y gestión de centros de eventos, centros recreacionales, deportivos y de esparcimiento; la organización, producción y realización de todo tipo de eventos sociales, corporativos, culturales, deportivos, seminarios y convenciones, ya sea en instalaciones propias o de terceros. b) Alojamiento y Hospitalidad: La prestación de servicios de alojamiento, hotelería y hospedaje temporal, incluyendo la modalidad de arriendos por períodos cortos o estacionales, tales como Airbnb u otras plataformas digitales; la explotación de apart-hoteles, cabañas y similares. c) Gastronomía y Otros: La prestación de servicios de banquetería, catering, producción de alimentos y bebidas, explotación de restaurantes, cafeterías, bares y casinos; la compra, venta, importación, exportación y distribución de insumos y artículos relacionados con el rubro. d) Inmobiliario y Consultoría: La adquisición, enajenación, arrendamiento y subarrendamiento de bienes raíces, por cuenta propia o ajena; la prestación de servicios de asesoría, consultoría y capacitación en materias de turismo, hospitalidad, deportes y recreación; y, en general, la ejecución de cualquier otra actividad complementaria o relacionada que los socios acuerden, sin limitación alguna. e) La compra, venta, administración, comercialización y distribución interna o externa de toda clase de bienes corporales o incorporales, muebles o inmuebles y productos, equipos y bienes de capital en general, ya sea por cuenta propia o ajena, y la explotación con dicho objeto de toda especie de establecimientos de comercio; f) Cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, que los socios acuerden. La sociedad podrá desarrollar total o parcialmente su giro, por cuenta propia o ajena o por medio de otras sociedades en las que participe o forme al efecto, pudiendo tener en ellas inclusive la calidad de socia gestora.- Capital: $1.000.000.- dividido en 100 acciones de una misma serie y sin valor nominal, íntegramente suscrito y pagado. Demás estipulaciones escritura extractada.- Santiago, 09 de junio de 2026.- Eduardo Diez Morello, Notario Público.

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Relaciones societarias

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