Caro Valenzuela SpA
Diario Oficial
Información societaria
Objeto social
será la fabricación de piezas industriales en torno, soldaduras tic, reparaciones y mantención de maquinarias industriales, fabricación de cintas transportadoras y trabajos en acero inoxidable, mecánicos en línea, reparación de bombas y reductores, montajes de equipos y líneas industriales, prestación de servicios en mano de obra, fabricación de galpones y estructuras metálicas. Podrá también realizar todas las actividades conexas o conducentes a los objetivos señalados u otros negocios que digan relación directa con el giro de la sociedad y, en general, llevar a cabo por sí misma o a través de terceros cualquier negocio que acuerden los socios. Para el cumplimiento de este objeto, la sociedad podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos e incluso formar sociedades o ingresar a ellas.
Capital
Capital total
$1.000.000
Acciones
1000
Socios (2)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
Accionista 11.xxx.xxx-5 | 11.xxx.xxx-5 | 50% | - |
MARÍA CRISTINA VALENZUELA DURAN Accionista 11.xxx.xxx-4 | 11.xxx.xxx-4 | 50% | - |
Administradores (2)
MARÍA CRISTINA VALENZUELA DURAN
Texto oficial del extracto
GUILLERMO CRISTIAN PEREZ DIAZ, Notario Público Titular de la Cuarta Notaría de Rancagua, con oficio en la comuna de Graneros, Avenida La Compañía Nº066, certifico: Por escritura pública de hoy ante mí, don VICTOR JULIO CARO VARGAS, chileno, casado, Técnico Mecánico Industrial, Cedula de Identidad Nº11.757.049-5, y doña MARÍA CRISTINA VALENZUELA DURAN, chilena, casada, Profesora de Educación Básica, Cedula Nacional de identidad Nº11.890.578-4, ambos domiciliados en calle Manuel Rodríguez Nº7, Población Domingo Yáñez, Comuna de Graneros; Constituyeron Sociedad por Acciones, conforme al artículo 424 y siguientes del Código de Comercio. RAZÓN SOCIAL: “CARO VALENZUELA SpA” nombre de fantasía “JFC MAESTRANZA Y MONTAJES”. OBJETO: será la fabricación de piezas industriales en torno, soldaduras tic, reparaciones y mantención de maquinarias industriales, fabricación de cintas transportadoras y trabajos en acero inoxidable, mecánicos en línea, reparación de bombas y reductores, montajes de equipos y líneas industriales, prestación de servicios en mano de obra, fabricación de galpones y estructuras metálicas. Podrá también realizar todas las actividades conexas o conducentes a los objetivos señalados u otros negocios que digan relación directa con el giro de la sociedad y, en general, llevar a cabo por sí misma o a través de terceros cualquier negocio que acuerden los socios. Para el cumplimiento de este objeto, la sociedad podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos e incluso formar sociedades o ingresar a ellas. DOMICILIO: Codegua, sector de Los Ángeles de Callejones Nº600, pudiendo establecer agencias, sucursales o representaciones en cualquier punto del país o del extranjero. CAPITAL: El capital social es $1.000.000, dividido en 1000 acciones, nominativas, sin valor nominal, suscritas y pagadas conforme a lo siguiente: A) Don VICTOR JULIO CARO VARGAS, suscribe en este acto 500 acciones de la sociedad, que pagará dentro del plazo de 3 años a contar de la fecha de la presente escritura, en moneda de curso legal o mediante el aporte en dominio a la sociedad de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, incluyéndose créditos en contra de la misma sociedad, todos los cuales salvo acuerdo unánime de las acciones emitidas, deberán ser avaluados y estimados por peritos y aprobados por Junta de Accionistas, según lo dispone el artículo quince inciso final de la Ley dieciocho mil cuarenta y seis, dentro de un plazo máximo de 3 años a contar de esta fecha, más el reajuste que prescribe el artículo dieciséis de la Ley Número dieciocho mil cuarenta y seis, sobre sociedades anónimas; y B) Doña MARÍA CRISTINA VALENZUELA DURAN, suscribe en este acto 500 acciones de la sociedad, que pagará dentro del plazo de 3 años a contar de la fecha de la presente escritura, en moneda de curso legal o mediante el aporte en dominio a la sociedad de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, incluyéndose créditos en contra de la misma sociedad, todos los cuales salvo acuerdo unánime de las acciones emitidas, deberán ser avaluados y estimados por peritos y aprobados por Junta de Accionistas, según lo dispone el artículo quince inciso final de la Ley dieciocho mil cuarenta y seis, dentro de un plazo máximo de 3 años a contar de esta fecha, más el reajuste que prescribe el artículo dieciséis de la Ley Número dieciocho mil cuarenta y seis, sobre sociedades anónimas. DURACION: La sociedad comienza a regir con esta fecha y su duración es indefinida. ADMINISTRACION Y USO RAZON: corresponderá a un Directorio que estará compuesto por dos directores, de duración indefinida, designan como directores titulares de la sociedad a don Victor Julio Caro Vargas y a doña María Cristina Valenzuela Duran quienes anteponiendo a su firma la razón social, tendrán a su cargo la administración, representación y uso de la razón social de la compañía, pudiendo actuar en forma separada e indistintamente, según lo dispuesto en la cláusula décimo segunda de los estatutos sociales. Demás estipulación escritura extractada. Graneros, 04 de Diciembre de 2017.
Actuaciones recientes
- CONSTITUCIÓN
CARO VALENZUELA SpA
CVE 1317935
