Broker Global Mining Chile SpA
Diario Oficial
Corporate information
Corporate purpose
La compra, venta, arrendamiento, inversión, administración, comercialización y explotación de bienes raíces de todo tipo, urbanos, agrícolas y rurales, pudiendo llevarse a cabo todo tipo de actos y contratos con los bienes inmuebles que pertenezcan a la sociedad. La ejecución de cualquier otro negocio, acto o contrato que los accionistas acuerden realizar se relacionen o no con el objeto social. La prestación de servicios de asesorías, estudios e informes sobre cualquier aspecto relacionado con el conocimiento humano. El establecimiento de agencias o representaciones en el territorio nacional de compañías nacionales o extranjeras de cualquier rubro y la celebración de todo tipo de actos y contratos relacionados con marcas, patentes, royalties o licencias. La inversión en toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales o incorporales, acciones, valores mobiliarios, instrumentos financieros, tales como depósitos, bonos, pagarés, letras hipotecarias y cualquier otro tipo de valores o efectos de comercio y la inversión en derechos y/o acciones en otras sociedades, pudiendo ejecutar todo tipo de actos y contratos sobre las inversiones efectuadas. Arriendo, compra, venta, comodato de terrenos propios o ajenos. La prestación de servicios de transporte de carga, vehículos, personas y encomiendas, por cuenta propia o por cuenta de terceros. La explotación, creación, administración de restaurantes, de locales comerciales, de pubs, cafés, u otros afines. La explotación de negocios en el área de la minería, servicios geológicos. Compra y venta de activos mineros y sondajes, comisiones mineras, venta, hidrocarburos todo en relación con minería nacional y extrajera.
Capital
Total capital
$10.000.000
Paid-in capital
$10.000.000
Pending capital
$0
Shares
100,000
Shareholders (3)
| Name | RUT | Participation | Contribution |
|---|---|---|---|
Accionista 15.xxx.xxx-6 | 15.xxx.xxx-6 | 33% | $3.300.000 |
Accionista 12.xxx.xxx-1 | 12.xxx.xxx-1 | 34% | $3.400.000 |
Accionista 8.xxx.xxx-8 | 8.xxx.xxx-8 | 33% | $3.300.000 |
Administrators (1)
Official extract text
JOHN GALLARDO GOMEZ, Notario Público de la Segunda Notaría de La Serena, Suplente del Titular, Oscar Fernández Mora, con domicilio en Cordovez 588, Local 108, La Serena, certifico: que: por escritura pública de hoy, ante mí: don JOHNNY MAURICIO TORO FARIAS chileno, casado, factor comercio, cédula nacional identidad quince millones treinta y cinco mil doscientos sesenta guion seis, domiciliado Avenida Arauco cinco mil trescientos veintiocho casa veinte de La Serena, Región de Coquimbo; don LUIS PATRICIO FLORES ARAYA, chileno, casado y separado bienes, empresario, cédula nacional identidad ocho millones seiscientos setenta y cuatro mil doscientos sesenta guión ocho, domiciliado Avenida Panorámica ochocientos cincuenta y ocho, casa veinticinco, Villa La Florida, La Serena; y don JORGE CHRISTIAN JULIA URZUA, chileno, casado y separado de bienes, empresario, cédula nacional identidad doce millones cuatrocientos veinticuatro mil seiscientos sesenta guión uno, domiciliado Avenida El Sauce doscientos, Casa número cinco, Sindempart, Coquimbo y de paso por esta ciudad, constituyeron “BROKER GLOBAL MINING CHILE SpA”, SOCIEDAD POR ACCIONES, que se regirá por estipulaciones de sus estatutos, que se transcriben; por disposiciones ley número veinte mil ciento noventa, sobre mercado de capitales y dieciocho mil cuarenta y seis sobre Sociedades Anónimas, sus modificaciones y su Reglamento y, supletoriamente, además por el Código de Comercio y el Código Civil: ESTATUTOS: TITULO PRIMERO. NOMBRE, DOMICILIO, DURACIÓN Y OBJETO. ARTICULO PRIMERO: NOMBRE. El nombre sociedad será “BROKER GLOBAL MINING CHILE SpA”. DOMICILIO. La Ciudad de La Serena. ARTICULO DOS: DURACION. La sociedad comenzara a regir a partir de la fecha de la presente escritura y tendrá una duración de cinco años, prorrogable automáticamente por periodos iguales y sucesivos de cinco años, salvo que los socios o accionistas manifestaren su voluntad de ponerle termino al final del periodo que estuviere en curso, mediante escritura pública cuyo contenido se anotara al margen de la inscripción social, todo con una anticipación de a lo menos tres meses al término del respectivo periodo. ARTICULO TERCERO: OBJETO DE LA SOCIEDAD. Objeto de sociedad, sin que enumeración sea taxativa, será: a) La compra, venta, arrendamiento, inversión, administración, comercialización y explotación de bienes raíces de todo tipo, urbanos, agrícolas y rurales, pudiendo llevarse a cabo todo tipo de actos y contratos con los bienes inmuebles que pertenezcan a la sociedad. La ejecución de cualquier otro negocio, acto o contrato que los accionistas acuerden realizar se relacionen o no con el objeto social. b) La prestación de servicios de asesorías, estudios e informes sobre cualquier aspecto relacionado con el conocimiento humano; c) El establecimiento de agencias o representaciones en el territorio nacional de compañías nacionales o extranjeras de cualquier rubro y la celebración de todo tipo de actos y contratos relacionados con marcas, patentes, royalties o licencias, y d) La inversión en toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales o incorporales, acciones, valores mobiliarios, instrumentos financieros, tales como depósitos, bonos, pagarés, letras hipotecarias y cualquier otro tipo de valores o efectos de comercio y la inversión en derechos y/o acciones en otras sociedades, pudiendo ejecutar todo tipo de actos y contratos sobre las inversiones efectuadas. e) Arriendo, compra, venta, comodato de terrenos propios o ajenos; f) La prestación de servicios de transporte de carga, vehículos, personas y encomiendas, por cuenta propia o por cuenta de terceros; g) la explotación, creación, administración de restaurantes, de locales comerciales, de pubs, cafés, u otros afines. h) La explotación de negocios en el área de la minería, servicios geológicos. Compra y venta de activos mineros y sondajes, Comisiones mineras, Venta, hidrocarburos todo en relación con minería nacional y extrajera. TITULO SEGUNDO. CAPITAL Y ACCIONES. ARTICULO CUARTO: CAPITAL. El capital de la sociedad es la cantidad de diez millones de pesos millones de pesos, dividido en cien mil acciones nominativas, de una misma serie, sin valor nominal, de al manera que cada acción tendrá derecho a voto, que el accionista don JOHNNY MAURICIO TORO FARIAS aporta el treinta y tres por ciento del capital social equivalente a tres millones trescientos mil pesos chilenos al contado en dinero en efectivo, que es recibido por la sociedad a su entera satisfacción; don JORGE CHRISTIAN JULIA URZUA aporta el treinta y cuatro por ciento del capital social equivalente a tres millones cuatrocientos mil pesos chilenos al contado en dinero en efectivo, que es recibido por la sociedad a su entera satisfacción; y don LUIS PATRICIO FLORES ARAYA aporta el treinta y tres por ciento del capital social equivalente a tres millones trescientos mil pesos chilenos al contado en dinero en efectivo, que es recibido por la sociedad a su entera satisfacción. ARTICULO QUINTO. ADMINISTRACION. La sociedad será administrada por don JOHNNY MAURICIO TORO FARIAS, ya identificado; quien se designa en calidad de administrador, designación que deberá anotarse al margen de la inscripción social. El administrador designado, actuando individualmente y anteponiendo a su firma el nombre y razón social de la sociedad, tendrá el uso de la razón social y representará a la sociedad judicial y extrajudicialmente y para el cumplimiento del objeto social, lo que no será necesario acreditar a terceros, estando investido de todas las facultades de administración y disposición de bienes. Demás estipulaciones se encuentran en escritura extractada. La Serena, 03 de octubre 14 de 2019.
Corporate information
Legal representation (1)
Official extract text
JOHN GALLARDO GÓMEZ, Notario Público de la Segunda Notaría de La Serena, Suplente del Titular, Oscar Fernández Mora, con domicilio en Cordovez 588, Local 108, La Serena, certifico: Por escritura pública, de fecha 23 de agosto de 2019, otorgada ante mí, don OSCAR PATRICIO SOTO HERNANDEZ, domiciliado en Las Rojas n°1220, comuna de La Serena, en representación de don JOHNNY MAURICIO TORO FARIAS chileno, casado, factor de comercio, cédula nacional de identidad número quince millones treinta y cinco mil doscientos sesenta guion seis, domiciliado en Avenida Arauco número cinco mil trescientos veintiocho casa veinte en la ciudad de La Serena, Región de Coquimbo; don LUIS PATRICIO FLORES ARAYA, chileno, casado y separado de bienes, empresario, cédula nacional de identidad ocho millones seiscientos setenta y cuatro mil doscientos sesenta guión ocho, domiciliado en Avenida Panorámica número ochocientos cincuenta y ocho, casa veinticinco, Villa La Florida, La Serena; y don JORGE CHRISTIAN JULIA URZUA, chileno, casado y separado de bienes, empresario, cédula nacional de identidad número doce millones cuatrocientos veinticuatro mil seiscientos sesenta guión uno, domiciliado en Avenida El Sauce número doscientos, Casa número cinco, Sindempart, Coquimbo y de paso por esta ciudad, saneó constitución de sociedad “BROKER GLOBAL MINING CHILE SPA” de fecha 31 de julio del año 2019 , en cuanto a que no fue inscrita ni publicada dentro del plazo legal en el Conservador de Comercio respectivo. La Serena, 23 agosto de 2019.-
Recent filings
- CONSTITUCIÓN
Broker Global Mining Chile SpA
CVE 1665466
- CONSTITUCIÓN
Broker Global Mining Chile SpA
CVE 1646967
