Empresa Individual de Responsabilidad Limitada

Boutique Yulitza Macarena Valenzuela Cabrera E.I.R.L..

CONSTITUCIÓN — 14 mar 2019

Diario Oficial

ConstituciónDiario Oficial · 2019-03-14Ver PDF (CVE 1560064)

Información societaria

E.I.R.L.
Estado seiscientos catorce

Socios (1)

NombreParticipación

YULITZA MACARENA VALENZUELA CABRERA

Titular

-

Texto oficial del extracto

MARIA OLGA ROJAS TREJO, Notario Curicó, Estado Nº 282, Suplente del Titular don Eduardo del Campo Vial, certifica: Por escritura pública otorgada ante mí, de fecha 07 de Marzo de 2019, Repertorio N°679/2019, doña YULITZA MACARENA VALENZUELA CABRERA, domiciliada en Estado seiscientos catorce, comuna de Curicó, Región del Maule, saneó el vicio formal de falta de inscripción de escritura pública de constitución de la empresa individual de responsabilidad limitada y su extracto, de la empresa individual de responsabilidad limitada cuya razón social es “BOUTIQUE YULITZA MACARENA VALENZUELA CABRERA E.I.R.L” de fecha 27 de Abril de 2017 repertorio N°904/2017 ante Notario de Curicó Eduardo Del Campo Vial, extracto publicado en Diario Oficial N°41.769 del 29 de Mayo de 2017, en cuanto a falta de inscripción de escritura pública de constitución de la empresa individual de responsabilidad limitada y su extracto, lo cual se cumple por el presente acto, de conformidad a las disposiciones de la Ley N°19.499. Curicó, 08 de marzo de 2019.

ConstituciónDiario Oficial · 2017-05-29Ver PDF (CVE 1221099)

Información societaria

E.I.R.L.
Curicó, Maule
Duración: Tres años a contar fecha escritura. Este plazo se prorrogará tácita y automáticamente por periodos iguales y sucesivos de tres años, salvo que el empresario manifieste su voluntad de poner término a la empresa, mediante escritura pública de la que deberá tomarse nota en el registro de comercio al margen de la inscripción de la empresa, con seis meses de anticipación, a lo menos, al vencimiento del periodo original o al de la prorroga si estuviese vigente

Objeto social

la empresa tendrá por objeto boutique

Capital

Capital total

$10.000.000

Capital pagado

$6.000.000

Capital pendiente

$1.000.000

Socios (1)

NombreParticipación

YULITZA MACARENA VALENZUELA CABRERA

Titular

100%

Administradores (1)

Texto oficial del extracto

EDUARDO DEL CAMPO VIAL, Notario Curicó, Estado 282, certifica: Por escritura pública de fecha 27 de Abril de 2017, otorgada ante mí, doña YULITZA MACARENA VALENZUELA CABRERA, chilena, divorciada, 35 años de edad, domiciliada en Merced seiscientos catorce Curicó, constituyó una empresa individual de responsabilidad limitada.- Razón Social: “BOUTIQUE YULITZA MACARENA VALENZUELA CABRERA E.I.R.L.’’.- Domicilio: ciudad de Curicó; sin perjuicio de la agencia o sucursales que pudieran establecerse en otros puntos del país o del extranjero. OBJETO: la empresa tendrá por objeto boutique. Capital: $10.000.000.- que se aportan de la siguiente manera: A) En bienes muebles: se aporta un vehículo STATION WAGON, marca SUZUKI, modelo G NOMADE S 4x4 2.0 aut., año 2007, Nº Motor J20A-374423, Nº Chasis JS3TD54V674111676, Nº Serie JS3TD54V674111676, Color Gris Grafito, Combustible Gasolina, PBV 2.070,00 Kilos, Inscripción WX.3682-5, avaluado en $6.000.000.- B) en dinero en efectivo a más tardar dentro de treinta días corridos, la suma de $1.000.000.- C) En bienes inmuebles: todos los derechos y acciones que corresponden a doña Yulitza Macarena Valenzuela Cabrera del inmueble inscrito a fojas 30820 número 48782 del Registro de Propiedad del año 2009 ubicado en la comuna de PUDAHUEL que corresponde a la propiedad ubicada en calle Chile Chico numero mil ciento noventa y cuatro, correspondiente al sitio número nueve de la manzana ciento cincuenta y uno del plano de loteo de la población pudahuel, sector C. Todo inscrito en el registro de propiedad del año 2009 del señor Conservador de Bienes Raíces de Santiago, avaluado en $3.000.000.- El rol de avalúos de la propiedad es el 1859–12 correspondiente a la comuna de Pudahuel.- Duración: Tres años a contar fecha escritura. Este plazo se prorrogará tácita y automáticamente por periodos iguales y sucesivos de tres años, salvo que el empresario manifieste su voluntad de poner término a la empresa, mediante escritura pública de la que deberá tomarse nota en el registro de comercio al margen de la inscripción de la empresa, con seis meses de anticipación, a lo menos, al vencimiento del periodo original o al de la prorroga si estuviese vigente.- Demás estipulaciones, escritura extractada.- Curicó, 24 Mayo de 2017.-

Actuaciones recientes

  1. CONSTITUCIÓN

    BOUTIQUE YULITZA MACARENA VALENZUELA CABRERA E.I.R.L.

    CVE 1560064

  2. CONSTITUCIÓN

    BOUTIQUE YULITZA MACARENA VALENZUELA CABRERA E.I.R.L.

    CVE 1221099

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