Boutique Creativa Alvaro Fuentes Alvear E.I.R.L..
Diario Oficial
Información societaria
Objeto social
El branding y la prestación de servicios y asesoría publicitaria, corporativa y de marketing escrita, radial o de cualquier índole, asesorías políticas y comunicacionales a entidades Públicas y Privadas
Capital
Capital total
$2.000.000
Capital pagado
$2.000.000
Capital pendiente
$0
Socios (1)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
ÁLVARO ESTEFANO FUENTES ALVEAR Titular 16.xxx.xxx-5 | 16.xxx.xxx-5 | 100% | $2.000.000 |
Administradores (1)
ÁLVARO ESTEFANO FUENTES ALVEAR
Texto oficial del extracto
JORGE GILLET BEBIN, Abogado, Notario Público Titular Notaría de Parral, A. Pinto 715, local 103, CERTIFICO: Por escritura pública hoy ante mí, Rep. N° 2759/2016, señor ÁLVARO ESTEFANO FUENTES ALVEAR, Publicista, casado, CNI N° 16.242.786-5, de 31 años de edad, domiciliado en Villa Pilar I, calle Chile N° 53, de la Ciudad y Comuna de Parral, Provincia de Linares, Séptima Región del Maule, Chileno; constituyó Empresa Individual de Responsabilidad Limitada conforme Ley 19.857, bajo el nombre de “BOUTIQUE CREATIVA ALVARO FUENTES ALVEAR E.I.R.L. ”.- NOMBRE DE FANTASÍA: “POSTA, BOUTIQUE CREATIVA E.I.R.L”.- OBJETO: El branding y la prestación de servicios y asesoría publicitaria, corporativa y de marketing escrita, radial o de cualquier índole, asesorías políticas y comunicacionales a entidades Públicas y Privadas.- DOMICILIO: El domicilio de la Empresa es Villa Pilar I, calle Chile N°53, de la Ciudad y Comuna de PARRAL.- ADMINISTRACIÓN: Corresponderá al constituyente ÁLVARO ESTEFANO FUENTES ALVEAR, con todas y cada una de las facultades señaladas en escritura que extracto.- CAPITAL: $2.000.000.-, aportados en acto de escritura por el Empresario con las siguientes especies: a) Un Mac Book Pro 13,3”, marca Apple, con un valor asignado de $600.000.-; y b) Una cámara de video, marca Canon VIXIA HF G20 HD Camcorder with HD CMOS Pro and 32GB Internal Flash Memory, con un valor asignado de $1.400.000.- DURACIÓN: 5 años a contar de la fecha de escritura extractada.- Este plazo se prorrogará tácita y automáticamente por períodos iguales y sucesivos de 5 años, salvo que el empresario manifieste su voluntad de poner término a la Empresa, mediante escritura pública de la que deberá tomarse nota en el Registro de Comercio al margen de la inscripción de la Empresa, con 6 meses de anticipación, a lo menos, al vencimiento del período original o al de la prórroga que estuviese vigente.- RESPONSABILIDAD: Limita su responsabilidad hasta el monto de su aporte.- Demás estipulaciones constan en escritura extractada.- Parral, 23 de Noviembre de 2016.
Actuaciones recientes
- CONSTITUCIÓN
BOUTIQUE CREATIVA ALVARO FUENTES ALVEAR E.I.R.L.
CVE 1152018
