Sociedad de Responsabilidad Limitada

Asociación de Regantes Embalse Catemu Limitada

CONSTITUCIÓN — 30 mar 2017

Diario Oficial

ConstituciónDiario Oficial · 2017-03-30Ver PDF (CVE 1198672)

Información societaria

Ltda
Calle Carrera 360
Duración: diez años renovables tacita y sucesivamente, por periodos iguales si ninguna de las socias manifiestan su voluntad de ponerle termino al final del periodo que estuviere en curso, con una anticipación de a lo menos seis meses y mediante escritura pública, la que se inscribirá al margen de la escritura original
Administración: Le corresponderá a un Directorio compuesto por cinco miembros, elegidos por asamblea general de socios y tendrán una duración de tres años en sus funciones, pudiendo ser reelegidos indefinidamente

Objeto social

La extracción de las aguas desde las fuentes naturales que conforman el sistema Embalse Catemu y su distribución, en la proporción que corresponda entre los integrantes de las comunidades comparecientes; la administración, diseño, construcción, explotación, mejoramiento y conservación de las obras de aprovechamiento de aguas, de las obras de captación, conducción, distribución y otras que sean necesarias para el aprovechamiento común y que forme parte del sistema Embalses Catemu; la construcción por cuenta propia o ajena de obras destinadas a la generación hidroeléctrica o fuerza motriz; el uso no consuntivo sea directamente o a través de terceros, de las aguas que se almacenen, conduzcan y administren en el Embalse Catemu y su sistema de conducción o cualquier otra actividad o proyecto que no sea contrario a los fines sociales. La sociedad ejercerá las tareas propias de su giro dentro del ámbito de competencia o jurisdicción de las organizaciones comparecientes, misma que se encuentra definida en sus respectivos estatutos, hasta donde exista comunidad de intereses, con las excepciones definidas en los mismos estatutos. La sociedad no tendrá como finalidad el lucro individual de los integrantes de las comunidades socias, sino exclusivamente, el beneficio directo de la propia sociedad y de sus socios, representando por el desarrollo de actividades tendientes a un aprovechamiento racional de las aguas que administren, como, asimismo, la operación, conservación y mejoramiento de las obras que les pertenecen a sus integrantes de conformidad a la presunción del articulo doscientos dos del Código de Aguas.

Capital

Capital total

$500.000

Capital pagado

$500.000

Capital pendiente

$0

Socios (5)

NombreParticipación

Comunidad de Aguas del Canal Colmo o Victoria

Socio

-

Comunidad de Aguas del Canal Tabolango

Socio

-

Comunidad de Aguas del Canal Víctor

Socio

-

Comunidad de Aguas del Canal Concon Bajo

Socio

-

Comunidad de Aguas del Canal La Libertad

Socio

-

Representación legal (5)

José Foster Moreno

En representación de Comunidad de Aguas del Canal Colmo o Victoria

Enrique Jullian Middleton

En representación de Comunidad de Aguas del Canal Tabolango

Enrique Marzan Donos

En representación de Comunidad de Aguas del Canal Víctor

Carlos Pineda Martínez

En representación de Comunidad de Aguas del Canal Concon Bajo

Mauricio Middleton Barahona

En representación de Comunidad de Aguas del Canal La Libertad

Texto oficial del extracto

Maria Loreto Quitral Veloso, Notario Público Interino de Quillota, calle O’Higgins 414, Certifica por escritura pública de fecha 27 de Febrero de 2017, ante mí, José Foster Moreno, en representación de la Comunidad de Aguas del Canal Colmo o Victoria, Enrique Jullian Middleton, en representación de la Comunidad de Aguas del Canal Tabolango, Enrique Marzan Donos, en representación de la Comunidad de Aguas del Canal Víctor, Carlos Pineda Martínez, en representación de la Comunidad de Aguas del Canal Concon Bajo, Mauricio Middleton Barahona, en representación de la Comunidad de Aguas del Canal La Libertad, todos domiciliados en Calle Carrera 360, Quillota. Constituyeron Sociedad Civil de Responsabilidad Limitada: Razón Social: “ Asociación de Regantes Embalse Catemu Limitada ”. Objeto: La extracción de las aguas desde las fuentes naturales que conforman el sistema Embalse Catemu y su distribución, en la proporción que corresponda entre los integrantes de las comunidades comparecientes; la administración, diseño, construcción, explotación, mejoramiento y conservación de las obras de aprovechamiento de aguas, de las obras de captación, conducción, distribución y otras que sean necesarias para el aprovechamiento común y que forme parte del sistema Embalses Catemu; la construcción por cuenta propia o ajena de obras destinadas a la generación hidroeléctrica o fuerza motriz; el uso no consuntivo sea directamente o a través de terceros, de las aguas que se almacenen, conduzcan y administren en el Embalse Catemu y su sistema de conducción o cualquier otra actividad o proyecto que no sea contrario a los fines sociales. La sociedad ejercerá las tareas propias de su giro dentro del ámbito de competencia o jurisdicción de las organizaciones comparecientes, misma que se encuentra definida en sus respectivos estatutos, hasta donde exista comunidad de intereses, con las excepciones definidas en los mismos estatutos. La sociedad no tendrá como finalidad el lucro individual de los integrantes de las comunidades socias, sino exclusivamente, el beneficio directo de la propia sociedad y de sus socios, representando por el desarrollo de actividades tendientes a un aprovechamiento racional de las aguas que administren, como, asimismo, la operación, conservación y mejoramiento de las obras que les pertenecen a sus integrantes de conformidad a la presunción del articulo doscientos dos del Código de Aguas. Capital: $500.000 aportado y enterado por partes iguales, por cada uno de los socios. Responsabilidad: Limitada monto respectivo aportes. Duración: La sociedad comenzará a regir desde esta fecha y tendrá una duración de diez años renovables tacita y sucesivamente, por periodos iguales si ninguna de las socias manifiestan su voluntad de ponerle termino al final del periodo que estuviere en curso, con una anticipación de a lo menos seis meses y mediante escritura pública, la que se inscribirá al margen de la escritura original. Administración: Le corresponderá a un Directorio compuesto por cinco miembros, elegidos por asamblea general de socios y tendrán una duración de tres años en sus funciones, pudiendo ser reelegidos indefinidamente.- Demás estipulaciones en escritura extractada.- Quillota, 24 de Marzo de 2017.

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Relaciones societarias

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