有限責任公司

Asesorías Profesionales TPC Limitada

CONSTITUCIÓN — 2026年7月31日

Diario Oficial

公司資料

Ltda
El Tranque Nº 10.100, departamento G-31
期限: 5 años, prorrogables automática y sucesivamente por períodos iguales de 5 años
管理方式: La administración de la sociedad corresponderá al socio Ricardo Andrés de Tezanos Pinto Domínguez. En caso de ausencia, corresponderá conjuntamente a Ricardo Javier de Tezanos Pinto Concha y Agustín de Tezanos Pinto Concha.

公司目的

La sociedad tendrá por objeto exclusivo prestar servicios de asesoría profesional en las siguientes materias: (i) asesoría en materias de gestión, planificación y dirección empresarial; (ii) elaboración de estudios, análisis de valoración financiera, informes de viabilidad económica y recomendaciones financieras profesionales, sin incluir intermediación financiera ni captación, colocación o administración de recursos financieros por cuenta de clientes; (iii) análisis técnico, due diligence e informes de asesoría profesional en procesos de reorganización societaria, fusiones y adquisiciones, limitados a la entrega de opiniones profesionales y recomendaciones, sin incluir la representación del cliente como mandatario en la negociación ni en la ejecución material de las transacciones; (iv) consultoría profesional en materia de estructura de capital, gobierno corporativo, eficiencia operacional y cumplimiento normativo empresarial. En ningún caso la sociedad podrá desarrollar actividades de naturaleza comercial o industrial clasificadas en el artículo 20 de la Ley sobre Impuesto a la Renta.

資本

總資本

$1.000.000

實繳資本

$1.000.000

待繳資本

$0

股東(3)

姓名持股比例

Ricardo Andrés de Tezanos Pinto Domínguez

Socio

99%

Ricardo Javier de Tezanos Pinto Concha

Socio

0.5%

Agustín de Tezanos Pinto Concha

Socio

0.5%

摘要官方正文

Ministerio del Interior Patricio Guillermo Corominas Mellado, Abogado, Notario Público Titular de la Segunda Notaría de Santiago con asiento en la comuna de Lo Barnechea, con oficio en Avenida La Dehesa 1201 Local 101, certifica: por escritura pública de fecha 20 de julio de 2026, otorgada ante mi suplente doña VESNA XIMENA LOLIC ZÁRATE, anotada en el Repertorio N° 4.860 - 2026, Ricardo Andrés de Tezanos Pinto Domínguez, domiciliado en El Tranque Nº 10.100, departamento G-31, Lo Barnechea, Región Metropolitana, Ricardo Javier de Tezanos Pinto Concha, domiciliado en Valle del Monasterio Nº 2.577, casa 10, Lo Barnechea, Región Metropolitana, y Agustín de Tezanos Pinto Concha, domiciliado en Rayén número 6.775, Vitacura, Región Metropolitana; constituyeron una sociedad civil de responsabilidad limitada, cuyos estatutos paso a extractar: RAZÓN SOCIAL: "Asesorías Profesionales TPC Limitada", pudiendo usar para fines comerciales o bancarios la abreviatura "TPC Ltda.", cuyo uso obligará a la sociedad en los mismos términos que su razón social completa; OBJETO: La sociedad tendrá por objeto exclusivo prestar servicios de asesoría profesional en las siguientes materias: (i) asesoría en materias de gestión, planificación y dirección empresarial; (ii) elaboración de estudios, análisis de valoración financiera, informes de viabilidad económica y recomendaciones financieras profesionales, sin incluir intermediación financiera ni captación, colocación o administración de recursos financieros por cuenta de clientes; (iii) análisis técnico, due diligence e informes de asesoría profesional en procesos de reorganización societaria, fusiones y adquisiciones, limitados a la entrega de opiniones profesionales y recomendaciones, sin incluir la representación del cliente como mandatario en la negociación ni en la ejecución material de las transacciones; (iv) consultoría profesional en materia de estructura de capital, gobierno corporativo, eficiencia operacional y cumplimiento normativo empresarial. En ningún caso la sociedad podrá desarrollar actividades de naturaleza comercial o industrial clasificadas en el artículo 20 de la Ley sobre Impuesto a la Renta; CAPITAL: El capital de la sociedad es la suma 1.000.000 de pesos, que los socios han aportado y enterado en dinero efectivo a la sociedad, en la siguiente proporción: a) Ricardo Andrés de Tezanos Pinto Domínguez, con la cantidad de 990.000 pesos, equivalentes al 99 por ciento del capital social; b) Ricardo Javier de Tezanos Pinto Concha, con la cantidad de 5.000 pesos, equivalentes al 0,5 por ciento del capital social; y, c) Agustín de Tezanos Pinto Concha, con la cantidad de 5.000 pesos, equivalentes al 0,5 por ciento del capital social; DURACIÓN: La duración de la sociedad será de 5 años contados desde la fecha de suscripción de la escritura pública de constitución, plazo que se prorrogará automática y sucesivamente por períodos iguales de 5 años cada uno, salvo que alguno de los socios manifieste su voluntad de no prorrogarla mediante una declaración en tal sentido efectuada por escritura pública, de la que deberá tomarse nota en el Registro de Comercio competente al margen de la inscripción social, con 6 meses de anticipación, a lo menos, al vencimiento del respectivo período; ADMINISTRACIÓN: El uso de la razón social y la administración de la sociedad corresponderá al socio Ricardo Andrés de Tezanos Pinto Domínguez, con las facultades y limitaciones establecidas en la escritura pública extractada. En caso de ausencia del socio administrador Ricardo Andrés de Tezanos Pinto Domínguez, lo que no será necesario acreditar frente a terceros, el uso de la razón social y la administración de la sociedad corresponderá a los socios Ricardo Javier y Agustín, ambos de apellidos de Tezanos Pinto Concha, quienes actuando conjuntamente, representarán a la sociedad con todas y cada una de las facultades establecidas en la escritura pública extractada. Los socios limitan su responsabilidad hasta el monto de sus respectivos aportes. Se facultó al portador de copia autorizada de este extracto para su legalización. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 27 de julio de 2026. Patricio Guillermo Corominas Mellado. Notario Público Titular.

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