Asesorías Profesionales Gestiona Limitada
Diario Oficial
公司資料
公司目的
La sociedad tendrá por objeto: /a/ La prestación de servicios, consultorías y asesorías profesionales en materias civiles, informáticas, administrativas, de telecomunicaciones, servicios integrales de computación y programación industrial, relacionadas con investigaciones y desarrollo experimental en el campo de las ciencias naturales, soluciones tecnológicas, y la ingeniería, tanto industrial como digital; /b/ El estudio, planificación, consultoría y ejecución de todo tipo de proyectos relacionados con la ingeniería, construcción, diseño de proyectos industriales, computacionales o de software, automatización de procesos tecnológicos y todo lo relacionado con el mundo digital y, /c/ la prestación de todo tipo de servicios de técnicos complementarios a la puesta en marcha del desarrollo experimental en el área tecnológica, y la ingeniería u otros afines. La Sociedad podrá realizar inversiones pasivas y secundarias en toda clase de bienes muebles, corporales o incorporales, tales como acciones, bonos, fondos mutuos, cuotas de fondos de inversión, y otros instrumentos mercantiles y mobiliarios que permitan el desarrollo y mantención de su giro principal.
資本
總資本
$1.000.000
實繳資本
$1.000.000
股東(7)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出資 |
|---|---|---|---|
Socio | - | 14.29% | $142.857 |
Socio | - | 14.29% | $142.857 |
MIGUEL BOETSCH DOMÍNGUEZ Socio | - | 14.29% | $142.857 |
Socio | - | 14.29% | $142.857 |
Socio | - | 14.29% | $142.857 |
Socio | - | 14.29% | $142.857 |
Socio | - | 14.29% | $142.857 |
管理人(3)
MIGUEL BOETSCH DOMÍNGUEZ
摘要官方正文
KARINA ALEJANDRA FLORES MUÑOZ, Abogada, Notario Suplente de don ANDRES FELIPE RIEUTORD ALVARADO, abogado, Notario Público de la 36º Notaría de Santiago, con oficio en La Concepción Nº 65, piso 2, Providencia, certifico: Por escritura pública de fecha 13 de marzo del año 2025, ante mi: /i/ don ALEJANDRO BOETSCH DOMÍNGUEZ; /ii/ don DIEGO BOETSCH DOMÍNGUEZ; /iii/ don MIGUEL BOETSCH DOMÍNGUEZ; /iv/ doña PAULA BOETSCH DOMÍNGUEZ; /v/ don TOMÁS BOETSCH DOMÍNGUEZ; /vi/ doña GABRIELA BOETSCH DOMÍNGUEZ; y, /vii/ doña SOFÍA BOETSCH DOMÍNGUEZ. Todos domiciliados en en Rinconada de Nos, parcela número 10, San Bernardo, Santiago, Región Metropolitana, quienes vienen en constituir sociedad de Responsabilidad Limitada en los siguientes términos: I. Razón Social: La razón social será “ASESORÍAS PROFESIONALES GESTIONA LIMITADA”, pudiendo usar para todos los efectos legales, fines publicitarios y para actuar inclusive ante bancos, instituciones financieras o cualesquier organismo público o privado, la sigla comercial o nombre de fantasía de “GESTIONA LIMITADA”.- II. Objeto: La sociedad tendrá por objeto: /a/ La prestación de servicios, consultorías y asesorías profesionales en materias civiles, informáticas, administrativas, de telecomunicaciones, servicios integrales de computación y programación industrial, relacionadas con investigaciones y desarrollo experimental en el campo de las ciencias naturales, soluciones tecnológicas, y la ingeniería, tanto industrial como digital; /b/ El estudio, planificación, consultoría y ejecución de todo tipo de proyectos relacionados con la ingeniería, construcción, diseño de proyectos industriales, computacionales o de software, automatización de procesos tecnológicos y todo lo relacionado con el mundo digital y, /c/ la prestación de todo tipo de servicios de técnicos complementarios a la puesta en marcha del desarrollo experimental en el área tecnológica, y la ingeniería u otros afines. La Sociedad podrá realizar inversiones pasivas y secundarias en toda clase de bienes muebles, corporales o incorporales, tales como acciones, bonos, fondos mutuos, cuotas de fondos de inversión, y otros instrumentos mercantiles y mobiliarios que permitan el desarrollo y mantención de su giro principal.- III. Domicilio: Santiago, sin perjuicio de las sucursales que estime conveniente abrir en otros puntos del país o del extranjero.- IV. Duración: La duración de la sociedad será indefinida.- V. Capital: El capital social es la suma única y total de $1.000.000 de pesos, los cuales serán pagados por sus socios en dinero efectivo en este acto, en las siguientes cantidades y proporciones: /i/ don ALEJANDRO BOETSCH DOMÍNGUEZ, con 142.857 pesos, equivalentes aproximadamente al 14,29 por ciento del capital y los derechos sociales; /ii/ don DIEGO BOETSCH DOMÍNGUEZ con 142.857 pesos, equivalentes aproximadamente al 14,29 por ciento del capital y los derechos sociales; /iii/ don MIGUEL BOETSCH DOMÍNGUEZ con 142.857 pesos, equivalentes aproximadamente al 14,29 por ciento del capital y los derechos sociales; /iv/ doña PAULA BOETSCH DOMÍNGUEZ con 142.857 pesos, equivalentes aproximadamente al 14,29 por ciento del capital y los derechos sociales; /v/ don TOMÁS BOETSCH DOMÍNGUEZ con 142.857 pesos, equivalentes aproximadamente al 14,29 por ciento del capital y los derechos sociales; /vi/ doña GABRIELA BOETSCH DOMÍNGUEZ con 142.857 pesos, equivalentes aproximadamente al 14,29 por ciento del capital y los derechos sociales; y, /vii/ doña SOFÍA BOETSCH DOMÍNGUEZ con 142.857 pesos, equivalentes aproximadamente al 14,29 por ciento del capital y los derechos sociales .- VI.- Administración: La administración de la sociedad, el uso de su razón social y su representación judicial y extrajudicial podrán ser ejercidas, actuando individual e indistintamente: /a/ don Alejandro Boetsch Domínguez; /b/ don Miguel Boetsch Domínguez; y /c/ don Tomás Boetsch Domínguez, con amplias facultades, en operaciones de hasta tres mil Unidades de Fomento. En el caso que exceda de dicho monto, deberán actuar en forma conjunta dos cualquiera de /a/ don Alejandro Boetsch Domínguez; /b/ don Miguel Boetsch Domínguez; o, /c/ don Tomás Boetsch Domínguez; quienes actuando de la manera indicada contarán con las más amplias facultades de administración. En caso de fallecimiento, ausencia y/o impedimento definitivo de cualquiera de ellos que haga imposible ejercer la administración en las formas indicadas, cuestión que no será necesario acreditar frente a terceros, la administración de la sociedad, el uso de su razón social y su representación judicial y extrajudicial, con idénticas facultades, corresponderá a los socios sobrevivientes, quienes actuando de manera conjunta contarán con las más amplias facultades de administración. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 18 de marzo de 2025.
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- CONSTITUCIÓN
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CVE 2624191
