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Sociedad de Responsabilidad Limitada

Asesorías Legales Vespa Abogados Limitada

CONSTITUCIÓN — 12 ago 2026

Diario Oficial

ConstituciónDiario Oficial · 2026-08-12Ver PDF (CVE 2853590)

Información societaria

Ltda
Santiago, Región Metropolitana
Duración: 5 años contados desde la fecha de la escritura de constitución, plazo que se renovará tácita y sucesivamente por periodos iguales y sucesivos, si ninguno de los socios manifiesta su voluntad en contrario, por escritura pública anotada al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio, con no menos de 6 meses de anticipación al respectivo vencimiento
Administración: La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá de forma individual e indistinta a Enzo Mauricio Vespa Mayol y Sol Gianella Angellina Vespa Testa, quienes, anteponiendo su nombre y firma a la razón social, la representarán con las más amplias facultades de administración y disposición

Objeto social

La prestación de servicios profesionales propios de la profesión de abogado, a nombre propio o a través de su participación en otras sociedades de profesionales, tales como asesoramiento y representación judicial y jurídica en las diversas áreas del derecho, en nombre y representación de toda clase de personas, naturales o jurídicas, con o sin fines de lucro.

Capital

Capital total

$100.000

Capital pagado

$100.000

Capital pendiente

$0

Socios (2)

NombreParticipación

Enzo Mauricio Vespa Mayol

Socio

50%

Sol Gianella Angellina Vespa Testa

Socio

50%

Administradores (2)

Texto oficial del extracto

Ministerio del Interior HUMBERTO QUEZADA MORENO Abogado, Notario Público, Titular de la 26° Notaría de Santiago, con oficio en Avda. Apoquindo 3196, Local 2, comuna de Las Condes certifica: Por escritura pública de fecha 29 de Julio del 2026, Repertorio N° 4717-2026, otorgada ante mí, don Enzo Mauricio Vespa Mayol y doña Sol Gianella Angellina Vespa Testa, ambos domiciliados, para estos efectos, en Avenida Las Condes 10.465, oficina 124A, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada: 1) Razón Social: ASESORÍAS LEGALES VESPA ABOGADOS LIMITADA, pudiendo usar para todos los fines, incluso bancarios y de publicidad, el nombre de fantasía “VESPA ABOGADOS LTDA.”. 2) Domicilio: Santiago. 3) Objeto: La prestación de servicios profesionales propios de la profesión de abogado, a nombre propio o a través de su participación en otras sociedades de profesionales, tales como asesoramiento y representación judicial y jurídica en las diversas áreas del derecho, en nombre y representación de toda clase de personas, naturales o jurídicas, con o sin fines de lucro. 4) Duración: La sociedad tendrá una duración de 5 años contados desde la fecha de la escritura de constitución, plazo que se renovará tácita y sucesivamente por periodos iguales y sucesivos, si ninguno de los socios manifiesta su voluntad en contrario, por escritura pública anotada al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio, con no menos de 6 meses de anticipación al respectivo vencimiento. 5) Capital: $100.000 que los socios aportan y enteran en el acto, de la siguiente forma: a) don Enzo Mauricio Vespa Mayol aporta el 50% del capital social, esto es, la suma de $50.000, que entera y paga en el acto, al contado y en dinero en efectivo, ingresando en arcas sociales; y b) doña Sol Gianella Angellina Vespa Testa aporta el 50% del capital social, esto es, la suma de $50.000, que entera y paga en el acto, al contado y en dinero en efectivo, ingresando en arcas sociales. De esta forma, el capital social ha quedado íntegramente pagado y enterado. 6) Administración y Uso de la Razón Social: La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá de forma individual e indistinta a don Enzo Mauricio Vespa Mayol y doña Sol Gianella Angellina Vespa Testa quienes, anteponiendo su nombre y firma a la razón social, la representarán con las más amplias facultades de administración y disposición, señaladas en la escritura extractada.- Demás estipulaciones constan en escritura extractada.- Se facultó al portador de copia autorizada para legalización.- HQM, Notario Público Titular.

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