Asesorías Legales E Inversiones San Jacobo Limitada
Diario Oficial
Información societaria
Objeto social
La prestación de todo tipo de servicios y asesorías profesionales, la realización de todo tipo de estudios y consultorías en el ámbito jurídico; la realización de toda clase de inversiones en bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, valores, acciones y bonos; explotarlos, administrarlos, percibir e invertir sus frutos; la intermediación, comercialización, importación y exportación de toda clase de bienes; y en general, todo otro acto o contrato relacionado con los anteriores que los socios acuerden llevar a cabo
Capital
Capital total
$1.000.000
Socios (2)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
NATALIA FERNANDA HENRÍQUEZ BACHMANN Socio 15.xxx.xxx-k | 15.xxx.xxx-k | - | $500.000 |
Socio 15.xxx.xxx-k | 15.xxx.xxx-k | - | $500.000 |
Administradores (2)
NATALIA FERNANDA HENRÍQUEZ BACHMANN
Texto oficial del extracto
LILIANA ROJAS LÓPEZ, Abogado, Notario Público Suplente de la Sexta Notaría de Santiago, con oficio en calle Compañía 1085, piso 14, comuna y ciudad de Santiago, certifico: Que por escritura pública de fecha 10 de febrero de 2017, ante notario titular don Alberto Rojas López; NATALIA FERNANDA HENRÍQUEZ BACHMANN C.I. N° 15.641.686-K, y FELIPE ARTURO CUMPLIDO ROJAS, C.I. 15.375.389-K, ambos con domicilio en Huérfanos 1052 oficina 702, Comuna de Santiago, Región Metropolitana, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada. Nombre: ASESORÍAS LEGALES E INVERSIONES SAN JACOBO LIMITADA, nombre de fantasía SAN JACOBO LIMITADA. Domicilio: Ciudad de Santiago, sin perjuicio de las sucursales o agencias que se establezcan en el país o en el extranjero. Objeto: El objeto de la sociedad será: a) La prestación de todo tipo de servicios y asesorías profesionales, la realización de todo tipo de estudios y consultorías en el ámbito jurídico; b) La realización de toda clase de inversiones en bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, valores, acciones y bonos; explotarlos, administrarlos, percibir e invertir sus frutos; la intermediación, comercialización, importación y exportación de toda clase de bienes; y c) En general, todo otro acto o contrato relacionado con los anteriores que los socios acuerden llevar a cabo. Capital: El capital de la sociedad es la suma de un millón de pesos, que los socios aportan en iguales partes y que enterarán en dinero efectivo, a medida que las necesidades sociales lo requieran, dentro del plazo de tres años. Los socios limitan su responsabilidad hasta la concurrencia del monto de sus respectivos aportes. Administración y uso de la razón social: Uno cualquiera de los socios, indistinta y separadamente. Duración: Tres años, que empezarán a regir desde esta fecha y se entenderá renovado automática y sucesivamente por períodos iguales y sucesivos de tres años, a menos que algún socio manifieste su voluntad de ponerle término y no renovarla, mediante declaración otorgada por escritura pública con tres meses de anticipación, a lo menos, al vencimiento del término de la sociedad o de su correspondiente prórroga, escritura de la cual deberá tomarse nota al margen de la inscripción respectiva en el Registro de Comercio, con la misma anticipación señalada. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 16 de febrero de 2017.
Actuaciones recientes
- CONSTITUCIÓN
ASESORÍAS LEGALES E INVERSIONES SAN JACOBO LIMITADA
CVE 1186165
