Asesorías e Inversiones Santa Bernardita Limitada
Diario Oficial
Corporate information
Corporate purpose
i) la adquisición de bienes raíces, muebles, valores mobiliarios, participaciones sociales y cualesquiera otros bienes y la conservación y administración de los mismos, con miras a la percepción de sus frutos naturales y civiles; y ii) la prestación de toda clase de asesorías a empresas o personas, naturales o jurídicas, y la asistencia, asesoría e información gerencial, económica, administrativa, financiera o contable o de cualquier otro tipo. La sociedad podrá participar en otras personas jurídicas o sociedades de cualquier tipo y objeto, incluso sociedades anónimas, y ejercer todas las facultades que en ellas correspondan a los miembros, socios o accionistas, incluso asumiendo la administración de tales entidades.
Capital
Total capital
$10.000.000
Paid-in capital
$10.000.000
Pending capital
$0
Shareholders (5)
| Name | RUT | Participation | Contribution |
|---|---|---|---|
Sergio Carlos Ruiz-Tagle Brown Socio | - | 20% | $2.000.000 |
Socio | - | 20% | $2.000.000 |
Isabel Margarita Ruiz-Tagle Brown Socio | - | 20% | $2.000.000 |
Socio | - | 20% | $2.000.000 |
Bernardita María Ruiz-Tagle Brown Socio | - | 20% | $2.000.000 |
Administrators (4)
Sergio Carlos Ruiz-Tagle Brown
Isabel Margarita Ruiz-Tagle Brown
Francisco Javier Allende Decombe
Official extract text
MARÍA PILAR GUTIÉRREZ RIVERA, Notario Público Titular de la 18° Notaría de Santiago, con oficio en Huérfanos N°669, piso 8, comuna de Santiago, certifico que por escritura pública otorgada con fecha 23 de noviembre del año 2022, Repertorio N°17.409/2022, ante mí, don Sergio Carlos Ruiz-Tagle Brown, doña María Teresa Ruiz-Tagle Brown, doña Isabel Margarita Ruiz-Tagle Brown, don Santiago Ruiz-Tagle Brown y doña Bernardita María Ruiz-Tagle Brown, todos con domicilio en Fundo San Pedro, Calera de Tango; constituyeron una sociedad civil de responsabilidad limitada denominada Asesorías e Inversiones Santa Bernardita Limitada con domicilio en Santo Domingo, cuyo objeto es: i) la adquisición de bienes raíces, muebles, valores mobiliarios, participaciones sociales y cualesquiera otros bienes y la conservación y administración de los mismos, con miras a la percepción de sus frutos naturales y civiles; y ii) la prestación de toda clase de asesorías a empresas o personas, naturales o jurídicas, y la asistencia, asesoría e información gerencial, económica, administrativa, financiera o contable o de cualquier otro tipo. La sociedad podrá participar en otras personas jurídicas o sociedades de cualquier tipo y objeto, incluso sociedades anónimas, y ejercer todas las facultades que en ellas correspondan a los miembros, socios o accionistas, incluso asumiendo la administración de tales entidades. La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderán a tres cualquiera de los señores don Sergio Carlos Ruiz-Tagle Brown, doña María Teresa Ruiz-Tagle Brown, doña Isabel Margarita Ruiz-Tagle Brown y don Francisco Javier Allende Decombe, quienes deberán actuar conjuntamente anteponiendo su firma a la razón social. Esta designación no es esencial, ni entraba el otorgamiento de mandatos o poderes generales o especiales a favor de uno o más de los socios o terceros. El capital de la sociedad es la suma de $10.000.000 que los socios aportan en este acto al contado y en dinero efectivo, como sigue: a) don Sergio Carlos Ruiz-Tagle Brown, la suma de $2.000.000; b) doña María Teresa Ruiz-Tagle Brown, la suma de $2.000.000; c) doña Isabel Margarita Ruiz-Tagle Brown, la suma de $2.000.000; d) don Santiago Ruiz-Tagle Brown, la suma de $2.000.000; y, e) doña Bernardita María Ruiz-Tagle Brown, la suma de $2.000.000. La sociedad rige desde esta fecha y durará hasta el 31 de diciembre del año 2060, plazo que se renovará sucesiva y tácitamente por períodos de 5 años cada uno, salvo que cualquiera de los socios manifieste su voluntad de poner término a la sociedad al vencimiento del plazo inicial o de cualquiera de sus prórrogas, lo que deberá hacer mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción social no menos de 6 meses antes del respectivo vencimiento. Sólo con acuerdo unánime de los socios podrá dejarse sin efecto el desahucio formulado por cualquiera de ellos. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 09 de diciembre 2022.
Recent filings
- CONSTITUCIÓN
Asesorías e Inversiones Santa Bernardita Limitada
CVE 2233827
