Asesorias Dezy Limitada
Diario Oficial
Información societaria
Objeto social
la prestación de servicios en asesorías, capacitación, consultorías en todas las áreas en general y colocación de personal, y cualquier otra actividad que los socios acuerden, se relacione o no con el objeto ya indicado
Capital
Capital total
$2.000.000
Capital pagado
$2.000.000
Capital pendiente
$0
Socios (2)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
Socio | - | 50% | $1.000.000 |
Socio | - | 50% | $1.000.000 |
Administradores (1)
Texto oficial del extracto
CAMILO VALENZUELA RIVEROS, Notario Santiago, Titular Primera Notaria Providencia, Av. Providencia 1777, certifico: Por escritura pública otorgada el 9 de Enero de 2017, ante mí, Repertorio N° 148/2017, LUIS SEBASTIAN DIAZ DIAZ, domiciliado en Las Vizcachas 3424, Maipú y DANIEL ENRIQUE ZARABIA YAÑEZ; domiciliado en Nueva Uno Sur 19845, Pudahuel, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada al monto respectivos aportes, bajo razón social “ASESORIAS DEZY LIMITADA” y nombre de fantasía “DEZY LTDA.”. Objeto: la prestación de servicios en asesorías, capacitación, consultorías en todas las áreas en general y colocación de personal, y cualquier otra actividad que los socios acuerden, se relacione o no con el objeto ya indicado. Domicilio: Santiago. Capital: El capital de la sociedad es la suma de dos millones de pesos, que se entera, aporta y paga por los socios en la siguiente forma: a) don LUIS SEBASTIAN DIAZ DIAZ, aporta un millón de pesos, equivalente al cincuenta por ciento del capital social, ya ingresados al contado en la caja social, y b) don DANIEL ENRIQUE ZARABIA YAÑEZ, aporta un millón de pesos, equivalente al cincuenta por ciento del capital social, ya ingresados en al contado en la caja social. Administración, representación y uso razón social corresponderá a DANIEL ENRIQUE ZARABIA YAÑEZ. Duración: La sociedad tendrá una duración de tres años a contar de 9 de Enero de 2017, y se entenderá renovada tácita y automáticamente por períodos iguales, sucesivos y continuos de tres años cada uno, salvo que algún socio manifieste su voluntad de ponerle término mediante escritura pública subinscrita al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio respectivo, lo que deberá hacer, en todo caso, con una anticipación no inferior a seis meses al vencimiento del plazo de la sociedad o de sus respectivas prorrogas, en su caso. Santiago, 9 de Enero de 2017. Rh.
Actuaciones recientes
- CONSTITUCIÓN
ASESORIAS DEZY LIMITADA
CVE 1168346
