Sociedad de Responsabilidad Limitada

Asesorías Benito Limitada

CONSTITUCIÓN — 28 oct 2023

Diario Oficial

ConstituciónDiario Oficial · 2023-10-28Ver PDF (CVE 2398019)

Información societaria

Ltda
Concepción, Biobío
Duración: diez años contados desde esta fecha, plazo que se prorrogará, automática y sucesivamente, por períodos iguales de cinco años cada uno
Administración: los socios encargados de la administración y del uso de la razón social son Enrique Browne Calvo y Bernardita Fernanda Romero Guzmán, quienes, actuando individual y separadamente y anteponiendo la razón social a sus respectivas firmas, la representarán con las más amplias facultades, pudiendo obligarla en toda clase de actos y contratos

Objeto social

La prestación de servicios profesionales relacionados con la arquitectura, el urbanismo y el diseño, a todo tipo de personas, sean éstas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras; la asesoría y desarrollo de todo tipo de arte, ilustración, diseño y publicidad; la creación de marketing de cualquier naturaleza, por cuenta propia o ajena; la realización de toda clase de actos, contratos, cuasicontratos, negocios y actividades de inversión, negociación, comercio, corretaje e intermediación mobiliaria e inmobiliaria, por cuenta propia o ajena y a nombre propio o de terceros; la participación en otras personas jurídicas de cualquier tipo y objeto, pudiendo ejercer todas las facultades que en ellas correspondan a los miembros, socios o accionistas, incluso asumiendo la administración de tales entidades; y cualquier actividad análoga o complementaria a las anteriores, o incluso distinta a las anteriores, en caso que conste con el acuerdo de todos los socios, por escrito.

Capital

Capital total

$500.000

Capital pagado

$500.000

Socios (2)

NombreParticipación

Enrique Browne Calvo

Socio

10.xxx.xxx-0

50%

Bernardita Fernanda Romero Guzmán

Socio

13.xxx.xxx-1

50%

Administradores (2)

Enrique Browne Calvo

10.xxx.xxx-0Administrador

Bernardita Fernanda Romero Guzmán

13.xxx.xxx-1Administrador

Representantes ante el SII (2)

Felipe Javier Fuentes Chávez

16.xxx.xxx-5Representante

Juan Andrés Herrera Monroy

18.xxx.xxx-0Representante

Texto oficial del extracto

KARINA ALEJANDRA FLORES MUÑOZ, Notario Público Suplente del titular de la 36ª Notaría de Santiago Andrés Felipe Rieutord Alvarado, con oficio en La Concepción 65, piso 2, comuna de Providencia y ciudad de Santiago, Región Metropolitana, certifico: por escritura pública de fecha 23 de octubre de 2023, repertorio N° 31.274-2023, otorgada ante mí, Enrique Browne Calvo, cédula de identidad N°10.503.211-0, y Bernardita Fernanda Romero Guzmán, cédula de identidad N°13.441.702-1, ambos domiciliados en Camino Hacienda Chicureo N°389, Condominio Hacienda Chicureo, comuna de Colina, Santiago, Región Metropolitana, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada: NOMBRE O RAZÓN SOCIAL: “Asesorías Benito Limitada”. ADMINISTRACIÓN: los socios encargados de la administración y del uso de la razón social son Enrique Browne Calvo y Bernardita Fernanda Romero Guzmán, quienes, actuando individual y separadamente y anteponiendo la razón social a sus respectivas firmas, la representarán con las más amplias facultades, pudiendo obligarla en toda clase de actos y contratos. CAPITAL: $500.000 íntegramente pagado, en acto de constitución, en dinero efectivo, y que corresponde a los socios de la siguiente manera: a) Enrique Browne Calvo, $250.000, lo que representa el 50% del interés social; y b) Bernardita Fernanda Romero Guzmán, $250.000, lo que representa el 50% del interés social. OBJETO SOCIAL: El objeto de la sociedad será: (a) es la prestación de servicios profesionales relacionados con la arquitectura, el urbanismo y el diseño, a todo tipo de personas, sean éstas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras; (b) la asesoría y desarrollo de todo tipo de arte, ilustración, diseño y publicidad; (c) la creación de marketing de cualquier naturaleza, por cuenta propia o ajena; (d) la realización de toda clase de actos, contratos, cuasicontratos, negocios y actividades de inversión, negociación, comercio, corretaje e intermediación mobiliaria e inmobiliaria, por cuenta propia o ajena y a nombre propio o de terceros; (e) la participación en otras personas jurídicas de cualquier tipo y objeto, pudiendo ejercer todas las facultades que en ellas correspondan a los miembros, socios o accionistas, incluso asumiendo la administración de tales entidades; y (f) cualquier actividad análoga o complementaria a las anteriores, o incluso distinta a las anteriores, en caso que conste con el acuerdo de todos los socios, por escrito. La sociedad podrá celebrar toda clase de actos y contratos conducentes, que faciliten o que permitan el cumplimiento de su objeto. DURACION: La duración de la sociedad será de diez años contados desde esta fecha, plazo que se prorrogará, automática y sucesivamente, por períodos iguales de cinco años cada uno, si ninguna de los socios manifestare su voluntad de ponerle término mediante una declaración hecha por escritura pública de la que deberá tomarse nota al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio de Santiago; todo ello con a lo menos tres meses de anticipación al vencimiento del plazo convenido en esta cláusula o de la prórroga que se encuentre en curso. RESPONSABILIDAD DE LOS SOCIOS: Los socios limitan su responsabilidad al monto de sus respectivos aportes. PODERES: se otorgó poder especial a don Felipe Javier Fuentes Chávez, cédula de identidad N°16.680.417-5 y a don Juan Andrés Herrera Monroy, cédula de identidad N°18.083.621-0, para que, actuando separadamente, representen a la Sociedad, ante el Servicio de Impuestos Internos con las más amplias facultades y sin limitación alguna, con todas las atribuciones determinadas en el artículo noveno del Código Tributario, incluyendo obtener el rol único tributario de la Sociedad y efectuar la declaración de inicio de actividades de la misma ante el Servicio de Impuestos Internos, obtener clave de internet, y registrar a la Sociedad para el servicio en línea del mismo organismo. En uso de estas facultades, los apoderados podrán efectuar toda clase de presentaciones, declaraciones o peticiones, modificarlas o desistirse de ellas, presentar formularios, elevar solicitudes y, en general, tramitar ante dicho servicio todo lo relacionado con materias tributarias. Se deja expresa constancia que los apoderados podrán delegar en todo o parte el presente poder, revocar las delegaciones y reasumir en cualquier momento. Para que la extinción de este poder surta efectos frente al Servicio de Impuestos Internos, deberá comunicársele por escrito. Demás estipulaciones constan en la escritura extractada. Santiago, 23 de octubre de 2023.

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