Sociedad por Acciones

Aseo Industriales Lobos Gonzalez SpA

CONSTITUCIÓN — 6 ago 2018

Diario Oficial

ConstituciónDiario Oficial · 2018-08-06Ver PDF (CVE 1442969)

Información societaria

SpA
Curicó, Maule
Duración: cinco años contados desde la fecha de la presente escritura pública, prorrogable tácita y automáticamente por períodos iguales y sucesivos de cinco años

Objeto social

El desarrollo de aseo industrial y particular a empresas publicas, privadas particulares, la compra y venta de artículos de aseo y en general realizar actividades generadoras de rentas

Capital

Capital total

$4.000.000

Capital pagado

$4.000.000

Capital pendiente

$0

Acciones

100

Socios (1)

NombreParticipación

CAMILA FERNANDA LOBOS GONZALEZ

Accionista

19.xxx.xxx-k

100%

Texto oficial del extracto

HERNAN FUENTES ACEVEDO, Abogado, Notario Titular Tercera Notaría de Curicó, Carmen 498, certifica: Por escritura hoy ante mí, CAMILA FERNANDA LOBOS GONZALEZ, chilena, independiente, soltera, cédula nacional de identidad N° 19.328.809-k, domiciliada en Población Portales, Pasaje Juan Terrier Nº 0861 de la comuna de Curicó, mayor de edad, constituyó Sociedad por Acciones. Nombre: “ASEO INDUSTRIALES LOBOS GONZALEZ SpA”. Domicilio: Comuna de Curicó, sin perjuicio de las sucursales que puedan establecerse dentro del país o en el extranjero. El objeto o giro social El objeto de la sociedad será el desarrollo de aseo industrial y particular a empresas publicas, privadas particulares, la compra y venta de artículos de aseo y en general realizar actividades generadoras de rentas.- Capital: $4.000.000- dividido en cien acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, que se suscriben y pagan en la forma que se señalan en las disposiciones transitorias. El capital de la sociedad se suscribe y paga íntegramente por la constituyente CAMILA FERNANDA LOBOS GONZALEZ, quien suscribe y paga en el acto las cien acciones, que equivalen a la suma de cuatro millones de pesos. Duración: La duración de la sociedad será de cinco años contados desde la fecha de la presente escritura pública. Este plazo se prorrogará tácita y automáticamente por períodos iguales y sucesivos de cinco años cada uno, salvo que alguno de los socios manifestase su voluntad de poner término a la sociedad mediante escritura pública de la que deberá tomarse nota al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio con seis meses de anticipación, a lo menos, al vencimiento del plazo de duración de la sociedad o de cualquiera de sus prórrogas. Demás antecedentes escritura extractada. Curicó, 20 de Julio 2018.

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