Société à responsabilité limitée

Arh Abogados Servicios Y Asesorías Profesionales Limitada

CONSTITUCIÓN — 26 déc. 2022

Diario Oficial

ConstitutionDiario Oficial · 2022-12-26Voir le PDF (CVE 2241983)

Informations sociétaires

Ltda
Santiago, Región Metropolitana
Durée: 10 años, contados desde la fecha de la escritura extractada, prorrogable forma tácita y automática por períodos iguales y sucesivos de 10 años cada uno, en términos indicados en escritura extractada
Administration: La administración de la Sociedad y el uso de su razón social, corresponderá a don Pablo Andrés Ramírez Molina, don José Javier Ayala Avilés, don Cristóbal José Horwitz Zanolli, don Rodrigo Agustín Aldunate Romero, y don Sebastián Cuesta Figari, quienes podrán representar a la Sociedad con las facultades indicadas en escritura extractada.

Objet social

El objeto de la Sociedad será, exclusivamente, la prestación de servicios o asesorías profesionales de abogado, asesoría contable y auditoría tributaria, pudiendo realizar todas las actividades, ejecutar todos los actos y celebrar los contratos propios del ejercicio de la profesión.

Capital

Capital total

$1.000.000

Associés (5)

NomParticipation

PABLO ANDRÉS RAMÍREZ MOLINA

Socio

36%

RODRIGO AGUSTÍN ALDUNATE ROMERO

Socio

36%

CRISTÓBAL JOSÉ HORWITZ ZANOLLI

Socio

18%

JOSÉ JAVIER AYALA AVILÉS

Socio

5%

SEBASTIÁN CUESTA FIGARI

Socio

5%

Texte officiel de l’extrait

ROBERTO FERNANDO PUGA PINO, Abogado, Notario Público, Suplente, del Titular Francisco Javier Leiva Carvajal, con oficio en Alcántara 107, Las condes, certifico que por escritura pública de fecha 21 de diciembre de 2022, ante mí, don PABLO ANDRÉS RAMÍREZ MOLINA, don JOSÉ JAVIER AYALA AVILÉS, don CRISTÓBAL JOSÉ HORWITZ ZANOLLI, don RODRIGO AGUSTÍN ALDUNATE ROMERO, y don SEBASTIÁN CUESTA FIGARI, todos domiciliadas en Avenida Apoquindo N°3910, piso 13, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada cuyos estatutos se extractan a continuación: Razón Social: “ARH ABOGADOS SERVICIOS Y ASESORÍAS PROFESIONALES LIMITADA” pudiendo usar para todos los efectos legales, publicitarios, comerciales y bancarios, el nombre de fantasía “ARH LTDA.”. Domicilio: Santiago, sin perjuicio de las agencias, sucursales o establecimientos, que puedan establecer en el resto del país o en el extranjero. Objeto: El objeto de la Sociedad será, exclusivamente, la prestación de servicios o asesorías profesionales de abogado, asesoría contable y auditoría tributaria, pudiendo realizar todas las actividades, ejecutar todos los actos y celebrar los contratos propios del ejercicio de la profesión. Duración: 10 años, contados desde la fecha de la escritura extractada, prorrogable forma tácita y automática por períodos iguales y sucesivos de 10 años cada uno, en términos indicados en escritura extractada. Capital: El capital de la Sociedad es la cantidad de $1.000.000, que los socios aportan y pagan en la siguiente forma y proporción: /i/ don PABLO ANDRÉS RAMÍREZ MOLINA, aporta la cantidad de $360.000, equivalentes a un 36% del capital e interés social, suma que entera y paga en este acto y al contado; /ii/ don RODRIGO AGUSTÍN ALDUNATE ROMERO, aporta la cantidad de $360.000, equivalentes a un 36% del capital e interés social, suma que entera y paga en este acto y al contado; /iii/ don CRISTÓBAL JOSÉ HORWITZ ZANOLLI, aporta la cantidad de $180.000, equivalentes a un 18% del capital e interés social, suma que entera y paga en este acto y al contado; /iv/ don JOSÉ JAVIER AYALA AVILÉS, aporta la cantidad de $50.000 equivalentes a un 5% del capital e interés social, suma que entera y paga en este acto y al contado; y, /v/ don SEBASTIÁN CUESTA FIGARI, aporta la cantidad de $50.000, equivalentes a un 5% del capital e interés social, suma que entera y paga en este acto y al contado. Administración y uso razón social: La administración de la Sociedad y el uso de su razón social, corresponderá a don Pablo Andrés Ramírez Molina, don José Javier Ayala Avilés, don Cristóbal José Horwitz Zanolli, don Rodrigo Agustín Aldunate Romero, y don Sebastián Cuesta Figari, quienes podrán representar a la Sociedad con las facultades indicadas en escritura extractada. Demás estipulaciones constan escritura extractada. Santiago, 22 de Diciembre de 2022.-

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