Sociedad de Responsabilidad Limitada

Araya Y Henriquez Ingeniería Limitada

CONSTITUCIÓN — 11 dic 2023

Diario Oficial

ConstituciónDiario Oficial · 2023-12-11Ver PDF (CVE 2419827)

Información societaria

Ltda
Concepción, Biobío
Duración: 5 años, prorrogable automática y sucesivamente por el mismo período de 5 años cada uno, salvo que cualquiera de los socios manifestare voluntad de ponerle término con una anticipación, de a lo menos, 6 meses a la fecha de vencimiento del período inicial o de algunas de sus prórrogas, mediante escritura pública de declaración anotada al margen de los estatutos sociales en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces respectivo
Administración: Corresponderá a ambas socias, Sandra Isabel Araya Tapia y Julieta Adriana Henríquez Caamaño, quienes actuando en forma separada e indistintamente, denominadas en adelante la “administradora” y/o las “administradoras”, tendrán las facultades y limitación, señaladas en la escritura.

Objeto social

La sociedad tendrá por objeto exclusivamente: a) La prestación de servicios de asesoría y consultoría en proyectos de ingeniería proveniente del ejercicio profesional de sus socios; b) Servicios profesionales relativos al ejercicio de la profesión de ingeniero civil industrial; y c) La prestación de todo tipo de servicios de asesoría y consultoría del ejercicio profesional que se relacionen con la ingeniería en general.

Capital

Capital total

$2.000.000

Capital pagado

$2.000.000

Capital pendiente

$0

Socios (2)

NombreParticipación

SANDRA ISABEL ARAYA TAPIA

Socio

12.xxx.xxx-7

50%

JULIETA ADRIANA HENRIQUEZ CAAMAÑO

Socio

14.xxx.xxx-5

50%

Administradores (2)

SANDRA ISABEL ARAYA TAPIA

12.xxx.xxx-7Administrador

JULIETA ADRIANA HENRIQUEZ CAAMAÑO

14.xxx.xxx-5Administrador

Texto oficial del extracto

RAMÓN GARCÍA CARRASCO, Notario Público Titular de Concepción, domiciliado en Rengo 444 de esta ciudad, certifico: que por escritura pública de fecha 24 de noviembre de 2023, otorgado ante mí, comparecieron; SANDRA ISABEL ARAYA TAPIA, chilena, casada, ingeniera civil industrial, cédula de identidad número trece millones doscientos treinta y cuatro mil ochocientos cinco guion siete, domiciliada en Camino El Venado mil trescientos veinticinco, Condominio Andino, casa tres, San Pedro de La Paz, y JULIETA ADRIANA HENRIQUEZ CAAMAÑO, chilena, casada, ingeniera civil industrial, cédula de identidad número catorce millones doscientos cuarenta y dos mil seiscientos guion cinco, domiciliada en Pedro Osores de Ulloa cuarenta y nueve, departamento cuatrocientos uno, Concepción; y constituyeron la sociedad de responsabilidad limitada bajo razón social “ARAYA Y HENRIQUEZ INGENIERÍA LIMITADA”, pudiendo usar el nombre de fantasía “MÁS VALOR LIMITADA”. Domicilio: Concepción, sin perjuicio de las sucursales o agencias que sus administradores puedan abrir o iniciar. Objeto: La sociedad tendrá por objeto exclusivamente: a) La prestación de servicios de asesoría y consultoría en proyectos de ingeniería proveniente del ejercicio profesional de sus socios; b) Servicios profesionales relativos al ejercicio de la profesión de ingeniero civil industrial; y c) La prestación de todo tipo de servicios de asesoría y consultoría del ejercicio profesional que se relacionen con la ingeniería en general. Administración y uso Razón Social: Corresponderá a ambas socias, Sandra Isabel Araya Tapia y Julieta Adriana Henríquez Caamaño, quienes actuando en forma separada e indistintamente, denominadas en adelante la “administradora” y/o las “administradoras”, tendrán las facultades y limitación, señaladas en la escritura. Duración: 5 años, prorrogable automática y sucesivamente por el mismo período de 5 años cada uno, salvo que cualquiera de los socios manifestare voluntad de ponerle término con una anticipación, de a lo menos, 6 meses a la fecha de vencimiento del período inicial o de algunas de sus prórrogas, mediante escritura pública de declaración anotada al margen de los estatutos sociales en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces respectivo. Capital: $2.000.000, que los socios aportan y enteran en la caja social del modo siguiente: a) Sandra Isabel Araya Tapia, ya individualizada, aportó la suma de $1.000.000, ingresados en el acto de constitución en su totalidad en la caja social, equivalentes a un 50% del interés social; y b) Julieta Adriana Henríquez Caamaño, ya individualizada, aportó la suma de $1.000.000, ingresados en el acto de constitución en su totalidad en la caja social, equivalentes a un 50% del interés social. La responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Concepción, diciembre 07 de 2023.

Actuaciones recientes

  1. CONSTITUCIÓN

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Relaciones societarias

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