Société à responsabilité limitée

Antartik Limitada

CONSTITUCIÓN — 29 déc. 2016

Diario Oficial

ConstitutionDiario Oficial · 2016-12-29Voir le PDF (CVE 1158934)

Informations sociétaires

Ltda
Concepción, Biobío
Durée: cinco años contados desde la fecha de la presente escritura pública, renovable sucesiva y tácitamente por períodos de cinco años cada uno, salvo que cualquiera de los socios manifieste su voluntad de poner término a la sociedad según escritura extractada
Administration: Administración y representación judicial y extrajudicial de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a uno cualesquiera de los socios, quienes actuando separada e indistintamente representarán a la sociedad, salvo para constituirla como codeudora solidaria y para actos de transferencia de dominio de bienes sociales que constituyan el 20% o más del total de los activos sociales, en que se requerirá concurrencia de ambos socios.

Objet social

La compra y venta de todo tipo de productos alimenticios, congelados y no congelados, sea que se trate de productos marinos, frutas, verduras, legumbres, carnes, o cualquier otro que se pueda comercializar de esa forma, envasado o no envasado; la importación y exportación de todo tipo de mercaderías, maquinarias, herramientas, tecnologías, y su comercialización a cualquier título, por sí o a través de distribuidores; la obtención de toda clase de beneficios y rentas a través de la inversión en la creación de empresas de cualquier naturaleza, objeto y forma jurídica; la adquisición a cualquier título de acciones, derechos y cuotas de interés de empresas ya constituidas, cualquiera sea su naturaleza, objeto y forma jurídica, coligadas o no; el otorgamiento de créditos a empresas relacionadas o terceras; y cualquier actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro con la actividad frigorífica o alimenticia.

Capital

Capital total

$5.000.000

Capital libéré

$5.000.000

Capital restant dû

$0

Associés (2)

NomParticipation

FRANCO ESTEBAN CAMPODONICO GUTMANN

Socio

50%

PABLO MARAMBIO GERTNER

Socio

50%

Administrateurs (2)

Texte officiel de l’extrait

RAMÓN GARCÍA CARRASCO, Notario Público de Concepción, domicilio Rengo 444 Concepción, certifico: Que por escritura pública de fecha 23 de Diciembre de 2016, ante mí, comparecieron en Junta Extraordinaria de Accionistas de la sociedad “ANTARTIK S.A.”, los únicos socios, correspondientes al 100% de las acciones con derecho a voto emitidas por la Sociedad, don FRANCO ESTEBAN CAMPODONICO GUTMANN, por cincuenta acciones, y don PABLO MARAMBIO GERTNER por cincuenta acciones, todos los accionistas domiciliados para estos efectos en Avenida Pedro Aguirre Cerda 778, Comuna de San Pedro de La Paz, quienes acordaron transformar el tipo de sociedad, de "sociedad anónima cerrada" en "sociedad de responsabilidad limitada" regida por las disposiciones de la Ley N° 3.918 y demás legislación aplicable, sea principal o suplementaria, dejándose expresa constancia que por la transformación de ANTARTIK S.A., constituida por escritura pública de fecha 17 de Julio del año dos mil ocho, otorgada en la Notaría de Concepción de don Juan Espinosa Bancalari, cuyo extracto figura inscrito a fojas 1280 Vta numero 1261 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Concepción del año 2008, se mantiene plena continuidad en el giro y el mismo Rol Único Tributario, siendo la sociedad en que se transforma, la misma sociedad bajo distinta denominación, correspondiendo a un cambio de especie o tipo social de una compañía, efectuado por reforma de sus estatutos, subsistiendo su personalidad jurídica de conformidad a lo dispuesto en el artículo 96 de la Ley N° 18.046. Los comparecientes mayores de edad, quienes acreditaron su identidad con las cédulas mencionadas y expusieron: que se constituyen una sociedad civil de responsabilidad limitada que se regirá por las normas de la Ley número tres mil novecientos dieciocho y sus modificaciones, y en especial por las disposiciones de los siguientes estatutos: PRIMERO: RAZÓN SOCIAL. El nombre o razón social de la sociedad será “ANTARTIK LIMITADA”, pudiendo usar para todos los efectos legales, incluso comerciales, tributarios y bancarios, indistintamente la expresión abreviada de “ANTARTIK LTDA.”. SEGUNDO: DOMICILIO. Su domicilio será la ciudad de Concepción, pudiendo establecer agencias, oficinas o sucursales en otros puntos del país o del extranjero. TERCERO: OBJETO SOCIAL. La sociedad tendrá por objeto a) La compra y venta de todo tipo de productos alimenticios, congelados y no congelados, sea que se trate de productos marinos, frutas, verduras, legumbres, carnes, o cualquier otro que se pueda comercializar de esa forma, envasado o no envasado; b) la importación y exportación de todo tipo de mercaderías, maquinarias, herramientas, tecnologías, y su comercialización a cualquier título, por sí o a través de distribuidores; c) la obtención de toda clase de beneficios y rentas a través de: uno) la inversión en la creación de empresas de cualquier naturaleza, objeto y forma jurídica; dos) la adquisición a cualquier título de acciones, derechos y cuotas de interés de empresas ya constituidas, cualquiera sea su naturaleza, objeto y forma jurídica, coligadas o no; d) el otorgamiento de créditos a empresas relacionadas o terceras; y e) cualquier actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro con la actividad frigorífica o alimenticia. ARTÍCULO CUARTO: CAPITAL SOCIAL. El capital de la sociedad es la suma de cinco millones de pesos, cantidad que corresponde al capital social vigente de la sociedad anónima ANTARTIK S.A., que en esta fecha se ha transformado en sociedad de responsabilidad limitada, el cual se encuentra íntegramente aportado y enterado en la siguiente forma: a) don FRANCO ESTEBAN CAMPODONICO GUTMANN aportó la suma de dos millones quinientos mil pesos, equivalentes al cincuenta por ciento de los derechos sociales, suma pagada íntegramente con anterioridad a esta fecha; b) don PABLO MARAMBIO GERTNER aportó la suma de dos millones quinientos mil pesos, equivalentes al cincuenta por ciento de los derechos sociales, suma pagada íntegramente con anterioridad a esta fecha. QUINTO: ADMINISTRACIÓN, REPRESENTACIÓN Y USO DE LA RAZÓN SOCIAL. A) La administración y representación judicial y extrajudicial de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá, salvo por las excepciones que se indican más adelante, a uno cualesquiera de los socios don FRANCO ESTEBAN CAMPODONICO GUTMANN don PABLO MARAMBIO GERTNER indistintamente, quienes actuando separada e indistintamente, y anteponiendo la razón social a sus firmas, la representarán con las más amplias facultades indicadas en la escritura extractada, salvo para constituir a la sociedad como codeudora solidaria, sea de obligaciones propias o de terceros, y para la celebración de los actos que impliquen la transferencia de dominio de bienes de la sociedad que constituyan el veinte por ciento o mas del total de los activos sociales, en que se requerirá concurrencia de ambos socios. DURACÓN DE LA SOCIEDAD. La sociedad tendrá una duración de cinco años contados desde la fecha de la presente escritura pública, renovable sucesiva y tácitamente por períodos de cinco años cada uno, salvo que cualquiera de los socios manifieste su voluntad de poner término a la sociedad según escritura extractada. Demás estipulaciones escritura extractada. Concepción, diciembre 26 de 2016.-

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