Sociedad por Acciones

Ama Consultora SpA

CONSTITUCIÓN — 6 mar 2019

Diario Oficial

ConstituciónDiario Oficial · 2019-03-06Ver PDF (CVE 1556542)

Información societaria

SpA
Santiago, Región Metropolitana
Duración: 5 años a contar de la fecha de estos estatutos, plazo que se prorrogará automática, tácita y sucesivamente por periodos iguales de 5 años si ninguno de los accionistas expresa su voluntad de ponerle término.

Objeto social

La prestación de toda clase de servicios profesionales, sean de asesoría, consultoría, asistencia técnica, investigación, capacitación, gestión, diseño, ejecución, producción y/o evaluación de proyectos relacionadas con el área de desarrollo de habilidades socioemocionales, habilidades parentales, materias relacionadas con NNA (niños, niñas y adolescentes), infancia, desarrollo sostenible de empresas, así como la implementación de programas relacionados, eventos, seminarios, foros, charlas y la publicación de documentos, desarrollar actividades de coaching o cursos de capacitación a requerimiento, individuales o grupales relacionados con el giro social. Además podrán adquirir, enajenar y explotar toda clase de bienes inmuebles, en especial bienes raíces, rústicos o urbanos, construir, en ellos, por cuenta propia o ajena; explotarlos en cualquier forma, directamente o por terceros, en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas; formar parte en otras sociedades, modificarlas, asumir la administración de las mismas; la compraventa, importación, exportación, distribución, consignación, representación o intermediación en cualquiera clase de cambio de dominio o de sus atributos, en relación con cualquier clase de bienes. En general, la celebración y/o ejecución de toda clase de operaciones, actos y contratos, civiles o comerciales, necesarios o conducentes para el desarrollo del objeto social. La sociedad podrá realizar cualquier otra actividad directa o indirectamente ligada a las anteriores que los socios acuerden, sin necesidad de modificar los presentes estatutos. La sociedad podrá desarrollar sus actividades directamente o participando o constituyendo otras sociedades al efecto, en las que podrá inclusive tener la calidad de socia gestora; y cualquier actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro, con lo dicho; y cualquier otro negocio que acordaren los socios.

Capital

Capital total

$900.000

Capital pagado

$900.000

Capital pendiente

$0

Acciones

900.000

Socios (3)

NombreParticipación

ALEJANDRA IBIETA ILLANES

Accionista

8.xxx.xxx-1

33.3333333333%

MARÍA ESTER PIZARRO ESKENAZI

Accionista

10.xxx.xxx-2

33.3333333333%

ALEJANDRA BUZETA BIANCO

Accionista

12.xxx.xxx-3

33.3333333333%

Texto oficial del extracto

IVÁN TORREALBA ACEVEDO, Notario Público Titular de la 33 Notaría Santiago, con oficio en Huérfanos 979, oficina 501, Santiago, certifica: Que por escritura pública de fecha 20 de febrero del año 2019, Repertorio 2.753-2019, ante mí, Alejandra María Paulina Ibieta Illanes, C.I. 8.511.184-1, con domicilio en Contralmirante Fernández Vial número 10.928, comuna de Lo Barnechea, María Ester Pizarro Eskenazi, C.I. 10.746.449-2, con domicilio en calle Padre Ted Huard número 4547, casa 1, comuna de Lo Barnechea y Alejandra Buzeta Bianco, C.I. 12.629.863-3, con domicilio en Camino del Misionero número 9.517, comuna de Lo Barnechea; vinieron en constituir una sociedad por acciones de cuyos estatutos se extracta lo siguiente: Nombre: “AMA CONSULTORA SpA”.- Objeto: La prestación de toda clase de servicios profesionales, sean de asesoría, consultoría, asistencia técnica, investigación, capacitación, gestión, diseño, ejecución, producción y/o evaluación de proyectos relacionadas con el área de desarrollo de habilidades socioemocionales, habilidades parentales, materias relacionadas con NNA (niños, niñas y adolescentes), infancia, desarrollo sostenible de empresas, así como la implementación de programas relacionados, eventos, seminarios, foros, charlas y la publicación de documentos, desarrollar actividades de coaching o cursos de capacitación a requerimiento, individuales o grupales relacionados con el giro social. Además podrán adquirir, enajenar y explotar toda clase de bienes inmuebles, en especial bienes raíces, rústicos o urbanos, construir, en ellos, por cuenta propia o ajena; explotarlos en cualquier forma, directamente o por terceros, en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas; formar parte en otras sociedades, modificarlas, asumir la administración de las mismas; la compraventa, importación, exportación, distribución, consignación, representación o intermediación en cualquiera clase de cambio de dominio o de sus atributos, en relación con cualquier clase de bienes. En general, la celebración y/o ejecución de toda clase de operaciones, actos y contratos, civiles o comerciales, necesarios o conducentes para el desarrollo del objeto social. La sociedad podrá realizar cualquier otra actividad directa o indirectamente ligada a las anteriores que los socios acuerden, sin necesidad de modificar los presentes estatutos. La sociedad podrá desarrollar sus actividades directamente o participando o constituyendo otras sociedades al efecto, en las que podrá inclusive tener la calidad de socia gestora; y cualquier actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro, con lo dicho; y cualquier otro negocio que acordaren los socios. Domicilio: En la ciudad de Santiago, y en cualquiera de las comunas comprendidas en el territorio jurisdiccional de la Corte de Apelaciones de Santiago, pudiendo establecer oficinas, agencias, sucursales o establecimientos en otras ciudades del país o en el extranjero. Capital: El capital social asciende a la suma de $900.000, dividido en 900.000 acciones, nominativas, con derecho a voto, sin valor nominal y de igual valor, el cual se encuentra suscrito y pagado de la siguiente forma: ALEJANDRA IBIETA ILLANES, suscribe 300.000 acciones, MARÍA ESTER PIZARRO ESKENAZI suscribe 300.000 acciones y ALEJANDRA BUZETA BIANCO suscribe 300.000 acciones, todas quienes pagan las acciones suscritas en mismo el acto de constitución, al contado y que ingresan a la caja social.-. Duración: 5 años a contar de la fecha de estos estatutos, plazo que se prorrogará automática, tácita y sucesivamente por periodos iguales de 5 años si ninguno de los accionistas expresa su voluntad de ponerle término. Demás estipulaciones constan en escritura extractada.- Santiago, 20 de Febrero de 2019.

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