Sociedad de Responsabilidad Limitada

Alma Abogados Asociados Limitada

CONSTITUCIÓN — 28 oct 2016

Diario Oficial

ConstituciónDiario Oficial · 2016-10-28Ver PDF (CVE 1130098)

Información societaria

Ltda
calle Los Leños número 17, condominio Los Candiles, Chicureo
Duración: 5 años prorrogables automáticamente por periodos de 5 años
Administración: Corresponderá a ambos socios, quienes actuarán conjuntamente con las facultades que se indican en escritura. Salvas excepciones indicadas en escritura.

Objeto social

La prestación de servicios jurídicos y de todo tipo de servicios profesionales relativos al ejercicio de la profesión de Abogado, pudiendo realizar cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden. Asimismo la sociedad tendrá por objeto la inversión de capitales, en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios. Adquirir, enajenar y explotar toda clase de bienes inmuebles, en especial bienes raíces, rústicos o urbanos, construir en ellos, por cuenta propia o ajena; explotarlos, directamente o por terceros, en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas; formar parte en otras sociedades, modificarlas, asumir la administración de las mismas; la compraventa, importación, exportación, distribución, consignación, representación o intermediación en cualquiera clase de cambio de dominio o de sus atributos, en relación con cualquier clase de bienes; y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden. La sociedad podrá por cuenta propia o ajena prestar servicios de outsourcing, servicios de apoyo, fiscalización, estudios, asesorías y consultorías en materias financieras, legales, de ingeniería, en materia de gestión e informática, comerciales en términos amplios, y en general realizar cualquier actividad tendiente a la consecución del objeto social.

Capital

Capital total

$1.000.000

Capital pagado

$1.000.000

Capital pendiente

$0

Socios (2)

NombreParticipación

Alfonsina de las Mercedes Rojas Villalobos

Socio

50%

María José Jiménez Soto

Socio

50%

Texto oficial del extracto

JUAN RICARDO SAN MARTIN URREJOLA, Abogado, Notario Público, 43ª Notaría de Santiago, Huérfanos Nº 835, piso 18, certifico que: Por escritura pública de fecha 19 de Octubre de 2016, ante mí: Doña Alfonsina de las Mercedes Rojas Villalobos, domiciliada en calle Los Leños número 17, condominio Los Candiles, Chicureo, comuna de Colina y doña María José Jiménez Soto, domiciliada en calle Pedro Torres número doscientos sesenta, departamento E trescientos ocho, comuna de Ñuñoa, vienen en constituir sociedad comercial de responsabilidad limitada al monto de sus aportes.- Razón social: " Alma Abogados Asociados Limitada ", pudiendo usar nombre de fantasía "Almabogados Ltda." O “Alma Ltda.”, que la obligará de la misma manera que la razón social.- Objeto: La prestación de servicios jurídicos y de todo tipo de servicios profesionales relativos al ejercicio de la profesión de Abogado, pudiendo realizar cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden. Asimismo la sociedad tendrá por objeto la inversión de capitales, en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios. Adquirir, enajenar y explotar toda clase de bienes inmuebles, en especial bienes raíces, rústicos o urbanos, construir en ellos, por cuenta propia o ajena; explotarlos, directamente o por terceros, en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas; formar parte en otras sociedades, modificarlas, asumir la administración de las mismas; la compraventa, importación, exportación, distribución, consignación, representación o intermediación en cualquiera clase de cambio de dominio o de sus atributos, en relación con cualquier clase de bienes; y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden. La sociedad podrá por cuenta propia o ajena prestar servicios de outsourcing, servicios de apoyo, fiscalización, estudios, asesorías y consultorías en materias financieras, legales, de ingeniería, en materia de gestión e informática, comerciales en términos amplios, y en general realizar cualquier actividad tendiente a la consecución del objeto social.- La administración: Corresponderá a ambos socios, quienes actuarán conjuntamente con las facultades que se indican en escritura. Salvas excepciones indicadas en escritura.- El capital social: es la cantidad de un millón de pesos, que los socios aportan y pagan en las siguientes proporciones: a) doña Alfonsina de las Mercedes Rojas Villalobos, la cantidad de quinientos mil pesos, que corresponde al cincuenta por ciento del capital social, que paga de contado en este acto y en dinero efectivo; y, b) doña María José Jiménez Soto la cantidad de quinientos mil pesos, que corresponde al cincuenta por ciento del capital social, que paga de contado en este acto y en dinero efectivo. Duración: Será de 5 años prorrogables automáticamente por periodos de 5 años desde la fecha de la presente escritura.-salvo que alguno de los socios manifestare voluntad de ponerle término con a lo menos 6 meses de anticipación a la fecha de término Socios limitan su responsabilidad al monto de sus aportes. Demás estipulaciones en escritura extractada. En Santiago a 24 de octubre de 2016.

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