Société à responsabilité limitée

Alianza Pedro de Valdivia Limitada

CONSTITUCIÓN — 13 juil. 2019

Diario Oficial

ConstitutionDiario Oficial · 2019-07-13Voir le PDF (CVE 1621501)

Informations sociétaires

Ltda
Santiago, Región Metropolitana
Durée: 50 años desde la fecha de la escritura, renovables automáticamente por otros 50 años, salvo que los socios manifiesten expresamente su voluntad de ponerle término mediante otorgamiento de escritura pública anotada al margen de la inscripción social con al menos 6 meses de anticipación al vencimiento del plazo
Administration: La administración de la Sociedad, su representación y uso de la razón social corresponderá a la sociedad DESARROLLO EDUCACIONAL PPV LIMITADA, quien a través de sus apoderados actuarán con las más amplias facultades, pudiendo obligarla en la ejecución de toda clase de actos y celebración de todo tipo de contratos

Objet social

Creación, implementación y producción de programas, material educativo, material de evaluación, que tiendan a contribuir de manera sostenida con el proceso de aprendizaje permanente que abarca las distintas etapas de la vida de las personas, con el objeto de alcanzar un desarrollo intelectual, artístico y físico, con énfasis en carrera docente y gestión educativa de los diferentes actores de la educación formal y no formal, que sin ser taxativas, comprenderán las siguientes áreas de gestión: consultoría, asesoría, capacitación técnica, gestión de proyectos educativos, investigación en temas educativos, charlas y seminarios, a desarrollar tanto en el país como en el extranjero, de manera presencial o a través de distintos formatos y soportes digitales o virtuales, existentes o que puedan existir a futuro. b) Importación, exportación, compra y venta de software, hardware, material educativo digital y análogo. c) Producción, desarrollo, creación, ampliación, implementación y mejoramiento, de material educativo digital y análogo; d) Soporte, mantención, capacitación, implementación, corrección, y actualización de software, hardware y aplicaciones móviles; otorgar licencias de uso de cualquier sistema o plataforma digital, de creación propia o por cuenta de terceros. e) soporte y mantención de hardware. La sociedad podrá dedicarse además a las funciones que los socios acuerden dentro del giro principal indicado

Capital

Capital total

$20.000.000

Capital libéré

$20.000

Capital restant dû

$19.980.000

Associés (2)

NomParticipation

INVERSIONES PPV SpA

Socio

0.1%

DESARROLLO PPV LIMITADA

Socio

99.9%

Représentation légale (2)

ENRIQUE FERNANDO RODRÍGUEZ VILLA

7.xxx.xxx-1En représentation de INVERSIONES PPV SpA

ÁNGEL CUSTODIO MAULÉN RÍOS

6.xxx.xxx-kEn représentation de DESARROLLO EDUCACIONAL PPV LIMITADA

Texte officiel de l’extrait

COSME FERNANDO GOMILA GATICA, Abogado, Notario Público Titular de la Cuarta Notaría de Santiago, con oficio en Paseo Ahumada número trescientos cuarenta y uno, cuarto piso, Comuna de Santiago, certifica que por escritura pública de fecha 19/06/2019 Repertorio número 9375 / 2019, ante mi, INVERSIONES PPV SpA y DESARROLLO EDUCACIONAL PPV LIMITADA, ambas representadas por don ENRIQUE FERNANDO RODRÍGUEZ VILLA, chileno, casado y separado de bienes, ingeniero civil, cédula de identidad número 7.367.783-1 y por don ÁNGEL CUSTODIO MAULÉN RÍOS, chileno, casado y separado de bienes, ingeniero civil, cédula de identidad número 6.617.400-K, todos con domicilio en Avenida Apoquindo N° 5142, comuna de Las Condes Región Metropolitana; constituyeron sociedad de responsabilidad limitada, cuyos estatutos se extractan: Razón social: ALIANZA PEDRO DE VALDIVIA LIMITADA, pudiendo usar el nombre de fantasía “ALIANZA PDV LTDA.”. Administración: La administración de la Sociedad, su representación y uso de la razón social corresponderá a la sociedad DESARROLLO EDUCACIONAL PPV LIMITADA, quien a través de sus apoderados actuarán con las más amplias facultades, pudiendo obligarla en la ejecución de toda clase de actos y celebración de todo tipo de contratos. Capital: El capital es la suma de $20.000.000.- que los socios aportan y pagan de la siguiente manera: a) INVERSIONES PPV SpA aporta la suma de $20.000.- correspondiente a un 0,1% de los derechos sociales, que se aporta y paga en el acto; b) DESARROLLO PPV LIMITADA, aporta la suma de $19.980.000.-, correspondiente a un 99,9% de los derechos sociales, que se aportará y enterará en un plazo de un año a contar de fecha de la escritura. Objeto: El objeto de la sociedad será: a) Creación, implementación y producción de programas, material educativo, material de evaluación, que tiendan a contribuir de manera sostenida con el proceso de aprendizaje permanente que abarca las distintas etapas de la vida de las personas, con el objeto de alcanzar un desarrollo intelectual, artístico y físico, con énfasis en carrera docente y gestión educativa de los diferentes actores de la educación formal y no formal, que sin ser taxativas, comprenderán las siguientes áreas de gestión: consultoría, asesoría, capacitación técnica, gestión de proyectos educativos, investigación en temas educativos, charlas y seminarios, a desarrollar tanto en el país como en el extranjero, de manera presencial o a través de distintos formatos y soportes digitales o virtuales, existentes o que puedan existir a futuro. b) Importación, exportación, compra y venta de software, hardware, material educativo digital y análogo. c) Producción, desarrollo, creación, ampliación, implementación y mejoramiento, de material educativo digital y análogo; d) Soporte, mantención, capacitación, implementación, corrección, y actualización de software, hardware y aplicaciones móviles; otorgar licencias de uso de cualquier sistema o plataforma digital, de creación propia o por cuenta de terceros. e) soporte y mantención de hardware. La sociedad podrá dedicarse además a las funciones que los socios acuerden dentro del giro principal indicado. Domicilio: La ciudad de Santiago, sin perjuicio de agencias o sucursales que pueda establecer en otras partes del país o el extranjero. Duración: 50 años desde la fecha de la escritura, renovables automáticamente por otros 50 años, salvo que los socios manifiesten expresamente su voluntad de ponerle término mediante otorgamiento de escritura pública anotada al margen de la inscripción social con al menos 6 meses de anticipación al vencimiento del plazo.- Demás estipulaciones en escritura extractada. PAM

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