Aldebarán Servicios Médicos Limitada
Diario Oficial
Información societaria
Objeto social
La prestación de servicios profesionales médicos, por cuenta propia o ajena, en las diversas ramas o especialidades de la medicina, atención hospitalaria, móvil y domiciliaria, atención en unidades de cuidados intensivos y de atenciones médicas de urgencia; en forma directa o a través de convenios, sea a personas naturales y/o jurídicas y/o beneficiarios del Fondo Nacional de Salud o Instituciones de Salud Previsional, Servicios de Bienestar o de organismos del sector público, municipal o privado; desarrollar actividades, por cuenta propia o ajena, académicas, asesoramientos, capacitaciones para y con personas naturales y jurídicas en materias de salud individual, familiar y pública, en el ámbito de la educación superior de pregrado y/o post grado, sean orientadas a la investigación, difusión y/o científicas; compra, venta, distribución, arriendo, exportación e importación de implementos, insumos, instrumentos y equipamiento médico; representar a sociedades médicas, nacionales y extranjeras, y la contratación con ellas de licencias, marcas, asistencia técnica y afines; compra, venta y/o arrendamiento de consultas médicas; y la creación, administración y participación en centros médicos, laboratorios clínicos, consultas y clínicas, y de otras personas jurídicas que ejerzan la o las mismas actividades ya enunciadas y toda otra actividad conexa o relacionada directa o indirectamente con las anteriores, como asimismo, cualquier otra actividad que los socios acuerden
Capital
Capital total
$5.000.000
Capital pagado
$1.000.000
Capital pendiente
$4.000.000
Socios (2)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
Rolando del Rosario Robles Díaz Socio 7.xxx.xxx-k | 7.xxx.xxx-k | 60% | $3.000.000 |
Karime Alejandra Hemdan Krstulovic Socio 10.xxx.xxx-1 | 10.xxx.xxx-1 | 40% | $2.000.000 |
Administradores (1)
Rolando del Rosario Robles Díaz
Texto oficial del extracto
MARIA SOLEDAD LASCAR MERINO, Notario Público Titular 6° Notaría de Antofagasta, con oficio en Prat N°482, oficina of. N°25 interior, Antofagasta; certificar: Por escritura pública de esta fecha, Rolando del Rosario Robles Díaz, chileno, casado con separación total de bienes, médico cirujano, domiciliado en Antofagasta, calle Manuel Antonio Matta N°1957, oficina N°903, cédula nacional de identidad N°7.462.989-K; y Karime Alejandra Hemdan Krstulovic, chilena, casada con separación total de bienes, técnico paramédico, domiciliada en Antofagasta, en calle Ariel Santibáñez N°1531, sector Parque Inglés, cédula nacional de identidad N°10.508.402-1, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada. Razón Social: "Aldebarán Servicios Médicos Limitada", pudiendo usar para todos los efectos legales, la compañía podrá funcionar y actuar, inclusive con los bancos, con el nombre de fantasía de "Aldebarán Ltda.".- Objeto social: El objeto de la sociedad será el siguiente: a) La prestación de servicios profesionales médicos, por cuenta propia o ajena, en las diversas ramas o especialidades de la medicina, atención hospitalaria, móvil y domiciliaria, atención en unidades de cuidados intensivos y de atenciones médicas de urgencia; en forma directa o a través de convenios, sea a personas naturales y/o jurídicas y/o beneficiarios del Fondo Nacional de Salud o Instituciones de Salud Previsional, Servicios de Bienestar o de organismos del sector público, municipal o privado; b) Desarrollar actividades, por cuenta propia o ajena, académicas, asesoramientos, capacitaciones para y con personas naturales y jurídicas en materias de salud individual, familiar y pública, en el ámbito de la educación superior de pregrado y/o post grado, sean orientadas a la investigación, difusión y/o científicas; c) Compra, venta, distribución, arriendo, exportación e importación de implementos, insumos, instrumentos y equipamiento médico; d) Representar a sociedades médicas, nacionales y extranjeras, y la contratación con ellas de licencias, marcas , asistencia técnica y afines; e) Compra, venta y/o arrendamiento de consultas médicas; y f) La creación, administración y participación en centros médicos, laboratorios clínicos, consultas y clínicas, y de otras personas jurídicas que ejerzan, la o las mismas actividades ya enunciadas y toda otra actividad conexa o relacionada directa o indirectamente con las anteriores, como asimismo, cualquier otra actividad que los socios acuerden.- Domicilio: La sociedad tendrá como domicilio la comuna de Antofagasta, sin perjuicio de las agencias, representaciones o sucursales que pueda establecer en otros puntos del país, o en el extranjero.- Capital: El capital de la sociedad es de $5.000.000.-, que es aportado y pagado por los socios así: a) Rolando del Rosario Robles Díaz, aporta $3.000.000.-, lo que es 60 por ciento del capital, de los cuales paga $500.000.-, en este acto, al contado y en dinero efectivo que ingresa a la caja social de la sociedad. El saldo restante, que es $2.500.000.-, lo enterará en la medida que las necesidades sociales lo requieran, dentro del plazo máximo de tres años contados desde esta fecha. b) Karime Alejandra Hemdan Krstulovic, aporta $2.000.000.-, lo que es 40 por ciento del capital, de los cuales paga $500.000.-, en este acto, al contado y en dinero efectivo que ingresa a la caja social de la sociedad. El saldo restante, que es $1.500.000.-, lo enterará en la medida que las necesidades sociales lo requieran, dentro del plazo máximo de tres años contados desde esta fecha.- Administración: La administración y uso de la razón social corresponderá exclusivamente al socio don Rolando del Rosario Robles Díaz, anteponiendo su firma y rúbrica a la razón social, representará y obligará a la sociedad con las más amplias facultades, pudiendo ejecutar y convenir todos los actos, contratos, operaciones y negocios de cualquier índole, comprendidos en el giro de la Sociedad y que fueren conducentes al logro de sus fines, demás facultades en la escritura extractada.- Duración: Sociedad comenzará a regir a partir de la fecha del presente instrumento. Su duración será de 5 años. El plazo de vigencia de la compañía se prorrogará automáticamente por períodos sucesivos, ininterrumpidos, iguales y continuos de 5 años cada uno, salvo que ninguno de los socios ha dado aviso a los otros de su voluntad de no prorrogar la vigencia y duración de la compañía, de la forma que se señala en la escritura pública.- Demás estipulaciones escritura extractada. Antofagasta, 04 de septiembre de 2017.-
Actuaciones recientes
- CONSTITUCIÓN
Aldebarán Servicios Médicos Limitada
CVE 1274962
