Ajo N Propiedades SpA
Diario Oficial
公司資料
公司目的
La Sociedad tendrá por objeto: la adquisición, enajenación, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento u otra forma de explotación, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces, por cuenta propia o ajena; la adquisición y enajenación de efectos de comercio y valores mobiliarios; la formación y la participación en sociedades, comunidades y asociaciones, cualquiera que sea su naturaleza o giro.- La sociedad podrá, además, invertir en bienes muebles, corporales o incorporases de toda clase, como ser: acciones, bonos, debentures; y, en general, invertir en cualquiera clase de valores mobiliarios, efectos públicos o de comercio, derechos en sociedades y demás bienes incorporases muebles, pudiendo adquirir y enajenar, a cualquier título, los señalados bienes y valores, administrarlos y percibir sus frutos. Para el cumplimiento de los objetos señalados la sociedad podrá actuar por cuenta propia, ajena y/o asociada o en coparticipación con terceros.
資本
總資本
$10.000.000
實繳資本
$10.000.000
股份
10,000
股東(2)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出資 |
|---|---|---|---|
Accionista 7.xxx.xxx-k | 7.xxx.xxx-k | 50% | $5.000.000 |
Accionista 9.xxx.xxx-0 | 9.xxx.xxx-0 | 50% | $5.000.000 |
管理人(2)
摘要官方正文
ANTONIETA MARINA ROJAS PONTIGO, abogado, Notario Público Interino de la Cuadragésimo Octava Notaría de Santiago, con oficio en esta ciudad, Avenida Apoquindo N°3.076, oficina 601, 6to piso, Comuna de Las Condes, certifico que, ante mí, por Escritura Pública de fecha 28 de julio de 2022, de Repertorio 8709-2022, doña CARMEN XIMENA LAGOS WEBER, chilena, C.I. N° 7.938.108-K; y doña MATILDE RIVAS LAGOS, chilena C.I N° 19.244.822-0, en representación de don CARLOS GONZALO RIVAS GÓMEZ, chileno, C.I N° 9.189.458-0, todos domiciliados para estos efectos en Avenida Nueva Tajamar número 481, Torre Sur, oficina 1.101, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, quienes constituyeron Sociedad por Acciones: Razón Social: “AJO N PROPIEDADES SpA”. Domicilio: Ciudad de Santiago, sin perjuicio de las agencias, sucursales o representaciones que pueda establecer en otros puntos del país o del extranjero. Objeto: La Sociedad tendrá por objeto: la adquisición, enajenación, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento u otra forma de explotación, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces, por cuenta propia o ajena; la adquisición y enajenación de efectos de comercio y valores mobiliarios; la formación y la participación en sociedades, comunidades y asociaciones, cualquiera que sea su naturaleza o giro.- La sociedad podrá, además, invertir en bienes muebles, corporales o incorporases de toda clase, como ser: acciones, bonos, debentures; y, en general, invertir en cualquiera clase de valores mobiliarios, efectos públicos o de comercio, derechos en sociedades y demás bienes incorporases muebles, pudiendo adquirir y enajenar, a cualquier título, los señalados bienes y valores, administrarlos y percibir sus frutos. Para el cumplimiento de los objetos señalados la sociedad podrá actuar por cuenta propia, ajena y/o asociada o en coparticipación con terceros. Duración: Indefinida. Capital: $10.000.000, dividido en 10.000 acciones, nominativas, de igual valor, de una misma clase y sin valor nominal suscritas y pagadas en el mismo acto. Por disposición transitoria, el capital de la Sociedad que asciende a $10.000.000, dividido en 10.000 acciones, nominativas, de una misma clase y sin valor nominal, las que se suscriben y pagan de la siguiente forma: a) doña CARMEN XIMENA LAGOS WEBER ha suscrito y pagado 5.000 acciones nominativas, de única serie y sin valor nominal, por la suma de $5.000.000, suma que se paga íntegramente en este acto, ingresando a la caja social; y, b) don CARLOS GONZALO RIVAS GÓMEZ ha suscrito y pagado 5.000 acciones nominativas, de única serie y sin valor nominal, por la suma de $5.000.000, suma que se paga íntegramente en este acto, ingresando a la caja social. Administración y uso de la razón social: Por disposición transitoria corresponderá a doña CARMEN XIMENA LAGOS WEBER y, a don CARLOS GONZALO RIVAS GÓMEZ, quienes, actuando separada e indistintamente, anteponiendo la razón social a sus firmas, administrarán y representarán a la sociedad con las facultades señaladas en la escritura extractada. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 02 de agosto de 2022. Antonieta Marina Rojas Pontigo. Notario Público Interino.-
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