Agua De Mar SpA
Diario Oficial
Información societaria
Objeto social
comercialización de todas clase de productos del mar, ya sea al por mayor o menor, por cuenta propia o de terceros. El comercio de toda clase de productos muebles, al mayor o al por menor, por cuenta propia o de terceros. El transporte terreste de toda clase de bienes muebles.
Capital
Capital total
$24.000.000
Capital pagado
$24.000.000
Capital pendiente
$0
Acciones
240
Socios (2)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
Accionista 10.xxx.xxx-7 | 10.xxx.xxx-7 | 50% | $12.000.000 |
ALEJANDRO ENRIQUE MENA ALVAREZ Accionista 9.xxx.xxx-9 | 9.xxx.xxx-9 | 50% | $12.000.000 |
Administradores (1)
ALEJANDRO ENRIQUE MENA ALVAREZ
Texto oficial del extracto
MARTITA WÖRNER TAPIA, Notario Público Ancud, Chacabuco 750, certifica: Por escritura hoy ante mi, MARIA SOLEDAD GUARDA MARTINEZ,C.I. N° 10.611.783-7, comerciante, casada y separada de bienes, domiciliada en calle Arturo Prat 1290, Ancud, y ALEJANDRO ENRIQUE MENA ALVAREZ, C.N.N° 9.329.834-9, comerciante, casado y separado de bienes, domiciliado en calle Los Ciruelillos 832, Ancud; constituyeron sociedad responsabilidad limitada denominada “AGUA DE MAR SpA", además, podrá funcionar y actuar bajo sigla o nombre fantasía “Agua de Mar SpA.” Domicilio: Ancud, pudiendo establecer sucursales dentro del país o en el extranjero. Objeto: comercialización de todas clase de productos del mar, ya sea al por mayor o menor, por cuenta propia o de terceros. El comercio de toda clase de productos muebles, al mayor o al por menor, por cuenta propia o de terceros. El transporte terreste de toda clase de bienes muebles. Capital: $24.000.000; divididos en 240 acciones de igual valor y sin valor nominal, suscrito y pagado en su totalidad por los socios concurrentes de conformidad a lo establecido en artículo transitorio escritura extractada. Administración y representación La sociedad será administrada por un Gerente General, que será remunerado, quien sera el socio Alejandro Enrique Mena Álvarez, quien anteponiendo a su firma la razón social o nombre de fantasía, representará a la sociedad con las más amplias facultades administrativas y la obligarán en todos los actos, gestiones, negocios y contratos relativos a su objeto o giro ordinario. Demás cláusulas constan en escritura extractada. Ancud, 27 de septiembre de 2018.
Actuaciones recientes
- CONSTITUCIÓN
AGUA DE MAR SpA
CVE 1473226
