Agrícola Sucesión Don Segundo Froilán Díaz Mendoza Responsabilidad Limitada
Diario Oficial
公司資料
公司目的
a) Según el Servicio de Impuestos Internos serían los siguientes giros: agricultura, cultivo de trigo, cultivo de maíz, cultivo de avena, cultivo de cebada, cultivo de otros cereales, cultivo de papas, cultivo de otros tubérculos, cultivo de semillas de hortalizas, cultivo de hortalizas y melones, cultivo de cítricos, cultivos forrajeros en praderas mejoradas o sembradas, cultivos suplementarios forrajeros, cultivo de otras plantas perennes, actividades de apoyo a la agricultura, cría de equinos y bovinos, actividades postcosecha, ventas al por mayor de frutas y verduras, alquiler de maquinaria y equipo agropecuario.- b) La explotación de predios agrícolas o rústicos de cualquiera clase, desarrollo, producción, transformación, comercialización, compra, venta, exportación, importación, conservación de todos los productos derivados de la actividad agrícola, procesamiento, distribución y compraventa de materias prima, alimentos concentrados, pudiendo actuar por cuenta propia como comisionista o mandataria de terceros, prestar asesoría técnica, ganadera, agropecuaria, forestal, lo que incluye el aprovechamiento y consumo de los frutos tanto civiles como naturales, obtenidos del ejercicio de dichas actividades y de productos del agro en general. Podrá dedicarse a la crianza, engorda y compraventa, por mayor y menor, de ganado; y toda actividad relacionada, directa o indirectamente, en la actualidad o en el futuro, con la agricultura y los animales del campo; c) Prestación de servicios agrícolas con maquinaria o equipos propios o ajenos, compra, venta y comercialización de maquinaria, vehículos, equipos, partes, piezas y equipos agrícolas y agroindustriales, útiles, enseres, herramientas, semillas, abonos, productos químicos y demás insumos para la agricultura e industria agrícola, importaciones o exportaciones, remates, licitaciones, parcelaciones, corretajes, comisión, asesorías y servicios técnicos, representaciones, consignaciones; d) Podrá constituir derechos de aprovechamiento de agua, en todos las formas establecidas en la Ley, especialmente lo dispuesto en el Código de Aguas y leyes especiales, pudiendo explotar este recurso natural, en todas sus formas, aprovechándose de sus frutos naturales como civiles. Y en general, ejecutar los actos necesarios para el funcionamiento del giro, pudiendo celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos civiles, mercantiles y administrativos, que sean conducentes al mejor cumplimiento de los fines sociales, sea directa o indirectamente y todo otro negocio o actividad conexa o relacionada, que los socios determinen de común acuerdo. No obstante, lo anterior, la sociedad podrá desarrollar otros giros u objetos que la Junta de Accionistas determine en forma unánime.
資本
總資本
$95.000.000
實繳資本
$95.000.000
待繳資本
$0
股東(8)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出資 |
|---|---|---|---|
MARÍA MICAELA ESCOBAR SEPÚLVEDA Socio 5.xxx.xxx-6 | 5.xxx.xxx-6 | 62.5% | - |
Socio 11.xxx.xxx-9 | 11.xxx.xxx-9 | 5.357% | - |
Socio 10.xxx.xxx-0 | 10.xxx.xxx-0 | 5.358% | - |
Socio 10.xxx.xxx-8 | 10.xxx.xxx-8 | 5.357% | - |
Socio 14.xxx.xxx-6 | 14.xxx.xxx-6 | 5.357% | - |
Socio 9.xxx.xxx-3 | 9.xxx.xxx-3 | 5.357% | - |
Socio 9.xxx.xxx-7 | 9.xxx.xxx-7 | 5.357% | - |
Socio 11.xxx.xxx-7 | 11.xxx.xxx-7 | 5.357% | - |
管理人(2)
摘要官方正文
DANIELA NANCY MUNIZAGA PÉNDOLA, Notario Interina de la Segunda Notaria de Casablanca con asiento en Curacaví, con oficio en Avda. Ambrosio O´Higgins N°1375, 1° piso, comuna de Curacaví Certifica que por escritura hoy, 04 de Mayo de 2022, doña GEMA DEL ROSARIO DÍAZ ESCOBAR, chilena, casada, funcionaria pública, C. I. N°11.391.252-9, domiciliada en Pasaje San Juan número doscientos veintiséis Villa San Pedro, Curacaví; doña ROSA DEL CARMEN DÍAZ ESCOBAR, chilena, empleada, soltera, C. I. N°10.356-758-0, domiciliada en Francisco Jofré número mil ochocientos veinticuatro, Villa Aires de Curacaví, Curacaví, doña MARÍA ANGÉLICA DÍAZ ESCOBAR, chilena, casada, labores, C.I.N°10.404.835-8, domiciliada en Pasaje Juan Parada número mil novecientos veintidós, Población Williams Rebolledo Dos, Curacaví; don FRANCISCO JAVIER DÍAZ ESCOBAR, chileno, casado, empleado, C.I.N°14.239.901-6, domiciliado en Sitio Siete, Sector El Ajial, Curacaví; doña MARÍA MICAELA ESCOBAR SEPÚLVEDA, chilena, viuda, labores, C.I.N°5.097.042-6; don SEGUNDO FROILÁN DÍAZ ESCOBAR, chileno, divorciado, empleado, C.I.N°9.030.512-3; don JUAN LUIS DÍAZ ESCOBAR, chileno, soltero, agricultor, C.I.N°9.614.888-7; don JULIO ENRIQUE DÍAZ ESCOBAR, chileno, casado, agricultor, C.I.N°11.971.344-7; los cuatro últimos todos domiciliados para estos efectos en Sitio Número Diecisiete, Sector Unión Miraflores, comuna de Curacaví, constituyen una Sociedad de Responsabilidad Limitada. Razón social: “AGRÍCOLA SUCESIÓN DON SEGUNDO FROILÁN DÍAZ MENDOZA RESPONSABILIDAD LIMITADA”, pudiendo usar como nombre de fantasía “AGRÍCOLA DON FROILÁN LIMITADA”. Objeto social: a) Según el Servicio de Impuestos Internos serían los siguientes giros: agricultura, cultivo de trigo, cultivo de maíz, cultivo de avena, cultivo de cebada, cultivo de otros cereales, cultivo de papas, cultivo de otros tubérculos, cultivo de semillas de hortalizas, cultivo de hortalizas y melones, cultivo de cítricos, cultivos forrajeros en praderas mejoradas o sembradas, cultivos suplementarios forrajeros, cultivo de otras plantas perennes, actividades de apoyo a la agricultura, cría de equinos y bovinos, actividades postcosecha, ventas al por mayor de frutas y verduras, alquiler de maquinaria y equipo agropecuario.- b) La explotación de predios agrícolas o rústicos de cualquiera clase, desarrollo, producción, transformación, comercialización, compra, venta, exportación, importación, conservación de todos los productos derivados de la actividad agrícola, procesamiento, distribución y compraventa de materias prima, alimentos concentrados, pudiendo actuar por cuenta propia como comisionista o mandataria de terceros, prestar asesoría técnica, ganadera, agropecuaria, forestal, lo que incluye el aprovechamiento y consumo de los frutos tanto civiles como naturales, obtenidos del ejercicio de dichas actividades y de productos del agro en general. Podrá dedicarse a la crianza, engorda y compraventa, por mayor y menor, de ganado; y toda actividad relacionada, directa o indirectamente, en la actualidad o en el futuro, con la agricultura y los animales del campo; c) Prestación de servicios agrícolas con maquinaria o equipos propios o ajenos, compra, venta y comercialización de maquinaria, vehículos, equipos, partes, piezas y equipos agrícolas y agroindustriales, útiles, enseres, herramientas, semillas, abonos, productos químicos y demás insumos para la agricultura e industria agrícola, importaciones o exportaciones, remates, licitaciones, parcelaciones, corretajes, comisión, asesorías y servicios técnicos, representaciones, consignaciones; d) Podrá constituir derechos de aprovechamiento de agua, en todos las formas establecidas en la Ley, especialmente lo dispuesto en el Código de Aguas y leyes especiales, pudiendo explotar este recurso natural, en todas sus formas, aprovechándose de sus frutos naturales como civiles. Y en general, ejecutar los actos necesarios para el funcionamiento del giro, pudiendo celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos civiles, mercantiles y administrativos, que sean conducentes al mejor cumplimiento de los fines sociales, sea directa o indirectamente y todo otro negocio o actividad conexa o relacionada, que los socios determinen de común acuerdo. No obstante, lo anterior, la sociedad podrá desarrollar otros giros u objetos que la Junta de Accionistas determine en forma unánime. Capital social: $95.000.000, en capital y en aporte en especies, que se suscriben y pagan íntegramente. Administración: La sociedad será administrada por un administrador, el que durará indefinidamente en su cargo, mientras que una Junta de Socios no revoque su nombramiento, lo que podrá efectuar en cualquier tiempo. Desde esta fecha y hasta que su nombramiento sea revocado por la Junta de Socios, la Sociedad será administrada por un Administradora, designándose en tal carácter a doña ROSA DEL CARMEN DÍAZ ESCOBAR y a don JULIO ENRIQUE DIAZ ESCOBAR, quienes actúan conjunta o separados indistintamente y todas las facultades contenidas en los Estatutos. Utilidades: Se distribuirán utilidades y pérdidas entre los socios de común acuerdo y a falta de tal acuerdo, en proporción a sus respectivas cuotas en el capital social. a) 62,5%, para socia MARÍA MICAELA ESCOBAR SEPÚLVEDA; b) 5,357%), para socia GEMA DEL ROSARIO DÍAZ ESCOBAR; c) 5,358% para socia ROSA DEL CARMEN DÍAZ ESCOBAR; d) 5,357% para socia MARÍA ANGÉLICA DÍAZ ESCOBAR; e) 5,357% para socio FRANCISCO JAVIER DÍAZ ESCOBAR; f) 5,357% para socio SEGUNDO FROILÁN DÍAZ ESCOBAR; g) 5,357% para socio JUAN LUIS DÍAZ ESCOBAR; h) 5,357% para socio JULIO ENRIQUE DÍAZ ESCOBAR. Domicilio Social: Curacaví.- Duración: Indefinida a contar de la fecha de la constitución de la sociedad.- Demás estipulaciones consta en escritura extractada. Curacaví, 04 de Mayo de 2022.
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AGRÍCOLA SUCESIÓN DON SEGUNDO FROILÁN DÍAZ MENDOZA RESPONSABILIDAD LIMITADA
CVE 2137019
