Sociedade de Responsabilidade Limitada

Agrícola Salamanca Limitada

CONSTITUCIÓN — 25 de ago. de 2023

Diario Oficial

ConstituiçãoDiario Oficial · 2023-08-25Ver PDF (CVE 2366519)

Informações societárias

Ltda
Santiago, Región Metropolitana
Duração: 5 años contados desde la fecha de escritura extractada, plazo que se entenderá tácita y automáticamente prorrogado por períodos iguales y sucesivos de 5 años cada uno, a menos que cualquiera de las partes manifieste su voluntad de ponerle término, mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción de la sociedad en el Registro de Comercio de Santiago, a lo menos con seis meses de anticipación a la fecha en que vaya a expirar el plazo o la prórroga que se encuentre vigente.
Administração: corresponderá a dos cualquiera de los socios actuando conjuntamente

Objeto social

el objeto de la sociedad es la adquisición de predios agrícolas; la administración y explotación de predios agrícolas de propiedad de la sociedad, de los socios y/o de terceros; y la comercialización interna y externa de los productos agrícolas provenientes de los predios que la sociedad administre o explote; y percibir e invertir los frutos que de ello provenga. Serán objeto social todos los actos y convenciones que acuerden o realicen los socios de consuno.

Capital

Capital total

$6.000.000

Sócios (3)

NomeParticipação

Ana María Vergara Irarrázaval

Socio

33%

Joaquín Lorenzo Vergara Irarrázaval

Socio

33%

José Antonio Vergara Irarrázaval

Socio

33%

Texto oficial do extrato

Andrés Felipe Rieutord Alvarado, Abogado, Notario Público, Titular de la Trigésima Sexta Notaría de Santiago, con oficio en La Concepción número sesenta y cinco, piso dos, comuna de Providencia, Santiago, certifico que, por escritura pública de fecha 10 de agosto de 2023, REPERTORIO 25.800 - 2023, ante mí, Ana María Vergara Irarrázaval, domiciliada en Av. El Huinganal 3556, Dpto. A 31, Lo Barnechea, Santiago; Joaquín Lorenzo Vergara Irarrázaval, domiciliado es Glamis 3241, Dpto. 401, Las Condes, Santiago; y José Antonio Vergara Irarrávaval, domiciliado en Los Sauzales 2792, Lo Barnechea, Santiago; constituyeron sociedad responsabilidad limitada cuya razón social es: "Agrícola Salamanca Limitada", pudiendo usar como sigla "Salamanca Ltda.". Objeto: el objeto de la sociedad es la adquisición de predios agrícolas; la administración y explotación de predios agrícolas de propiedad de la sociedad, de los socios y/o de terceros; y la comercialización interna y externa de los productos agrícolas provenientes de los predios que la sociedad administre o explote; y percibir e invertir los frutos que de ello provenga. Serán objeto social todos los actos y convenciones que acuerden o realicen los socios de consuno. Domicilio social: Santiago, Región Metropolitana, sin perjuicio agencias o sucursales otros puntos del país o extranjero. Capital social: $6.000.000, que los socios se obligan a enterar, en dinero efectivo, dentro del plazo de dos meses contados desde la fecha escritura extractada, en las siguientes proporciones: a) Ana María Vergara Irarrázaval la suma de $2.000.000, equivalente a un tercio de los derechos sociales; b) Joaquín Lorenzo Vergara Irarrázaval la suma de $2.000.000, equivalente a un tercio de los derechos sociales; c) José Antonio Vergara Irarrázaval la suma de $2.000.000, equivalente a un tercio de los derechos sociales. Administración, representación y uso razón social: corresponderá a dos cualquiera de los socios actuando conjuntamente. Duración: 5 años contados desde la fecha de escritura extractada, plazo que se entenderá tácita y automáticamente prorrogado por períodos iguales y sucesivos de 5 años cada uno, a menos que cualquiera de las partes manifieste su voluntad de ponerle término, mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción de la sociedad en el Registro de Comercio de Santiago, a lo menos con seis meses de anticipación a la fecha en que vaya a expirar el plazo o la prórroga que se encuentre vigente. Los socios limitan su responsabilidad hasta el monto de sus respectivos aportes. Se facultó portador de extracto para legalización. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 18 de Agosto, 2023.

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  1. CONSTITUCIÓN

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