Agrícola Pidihuinco Limitada
Diario Oficial
Corporate information
Capital
Total capital
$500.000
Paid-in capital
$500.000
Pending capital
$0
Shareholders (2)
| Name | RUT | Participation | Contribution |
|---|---|---|---|
Socio | - | 1% | $5.000 |
INVERSIONES SANTA TERESITA LIMITADA Socio | - | 99% | $495.000 |
Official extract text
Luis Ignacio Manquehual Mery, abogado, Notario Público, titular de la Octava Notaría de Santiago, con domicilio en calle Huérfanos número 941, oficina 302, Pasaje Matte, comuna de Santiago, certifico que mediante escritura pública de fecha 29 de septiembre de 2020, otorgada ante mí, Inversiones Santa Teresita Limitada y don José Gerardo Valdés García, ambos con domicilio en Avenida Nueva Costanera N° 3.802, comuna de Vitacura, Santiago, rectificaron el Artículo Quinto de la escritura de constitución de la sociedad “Agrícola Pidihuinco Limitada”, otorgada ante mí, con fecha 5 de agosto de 2020, y cuyo extracto fue inscrito a fojas 53.145 Nº 25.145 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año 2020, y publicado en el Diario Oficial con fecha 28 de agosto de 2020, en el sentido de señalar que la suma del capital social enterada y pagada por Inversiones Santa Teresita Limitada en el acto de constitución de la sociedad, ascendente a la suma de 495.000 pesos, no eran equivalentes al 95% de los derechos sociales, como erróneamente se indicó, sino que dicha suma equivalía al 99% de los derechos sociales. En consideración a lo anterior, se rectificó y sustituyó el Artículo Quinto de los estatutos sociales por el siguiente nuevo texto: “Artículo Quinto: El capital de la sociedad es la suma de quinientos mil pesos, que los socios aportan de la siguiente manera: /a/ JOSÉ GERARDO VALDÉS GARCÍA aporta la suma de cinco mil pesos, equivalente al uno por ciento de los derechos sociales, el que se entera y paga en dinero efectivo, con esta fecha, en arcas sociales; y /b/ INVERSIONES SANTA TERESITA LIMITADA aporta la suma de cuatrocientos noventa y cinco mil pesos, equivalente al noventa y nueve por ciento de los derechos sociales el que se entera y paga en dinero efectivo, con esta fecha, en arcas sociales. De esta manera, el capital ha quedado íntegramente pagado.”. En todo lo no rectificado, se mantienen íntegramente vigentes todas y cada una de las estipulaciones contenidas en la escritura pública que se rectifica. Demás menciones constan en escritura extractada. Se facultó al portador de un extracto de la escritura citada para su legalización. Santiago, 29 de septiembre de 2020.- Luis Ignacio Manquehual Mery, Notario Público.-
Corporate information
Corporate purpose
La explotación, ya sea por sí o por medio de terceros, de predios agrícolas, el desarrollo de actividades agrícolas y agroindustriales, incluyendo el cultivo, plantación, cosecha y reproducción de frutas, verduras, semillas y plantas en general; la construcción, operación y/o mantención de frigoríficos, jardines, invernaderos y viveros; y la compra, venta, arrendamiento y otras actividades relativas a predios agrícolas; la explotación y comercialización de bosques y predios forestales, ya sea por sí o por medio de terceros; y el desarrollo de actividades forestales en general; la compra, venta, crianza, faena, reproducción y comercialización de ganado, y el desarrollo de actividades ganaderas, en general, ya sea por sí o por medio de terceros; la inversión en toda clase de bienes raíces, corporales o incorporales, en derechos en todo tipo de sociedades, ya sea concurriendo en su formación o adquiriendo derechos en ellas una vez constituidas; administrar tales inversiones y percibir todos los frutos provenientes de ellas; y todo otro acto, contrato, negocio, que directa o indirectamente se relacionen con los objetos anteriores que acuerden los socios
Capital
Total capital
$500.000
Paid-in capital
$500.000
Pending capital
$0
Shareholders (2)
| Name | RUT | Participation | Contribution |
|---|---|---|---|
Socio | - | 1% | $5.000 |
Inversiones Santa Teresita Limitada Socio | - | 95% | $495.000 |
Administrators (1)
Official extract text
Luis Ignacio Manquehual Mery, abogado, Notario Público, titular de la Octava Notaría de Santiago, con domicilio en calle Huérfanos número 941, oficina 302, Pasaje Matte, comuna de Santiago, certifico que mediante escritura pública de fecha 5 de agosto de 2020, otorgada ante mí, Inversiones Santa Teresita Limitada y don José Gerardo Valdés García, ambos con domicilio en Avenida Nueva Costanera N° 3.802, comuna de Vitacura, Santiago, constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada (la “Sociedad”) de cuyos estatutos extracto lo siguiente: Razón Social: “Agrícola Pidihuinco Limitada”. Objeto: El objeto de la Sociedad será: /a/ La explotación, ya sea por sí o por medio de terceros, de predios agrícolas, el desarrollo de actividades agrícolas y agroindustriales, incluyendo el cultivo, plantación, cosecha y reproducción de frutas, verduras, semillas y plantas en general; la construcción, operación y/o mantención de frigoríficos, jardines, invernaderos y viveros; y la compra, venta, arrendamiento y otras actividades relativas a predios agrícolas; /b/ La explotación y comercialización de bosques y predios forestales, ya sea por sí o por medio de terceros; y el desarrollo de actividades forestales en general; /c/ La compra, venta, crianza, faena, reproducción y comercialización de ganado, y el desarrollo de actividades ganaderas, en general, ya sea por sí o por medio de terceros; /d/ La inversión en toda clase de bienes raíces, corporales o incorporales, en derechos en todo tipo de sociedades, ya sea concurriendo en su formación o adquiriendo derechos en ellas una vez constituidas; administrar tales inversiones y percibir todos los frutos provenientes de ellas; y /e/ Todo otro acto, contrato, negocio, que directa o indirectamente se relacionen con los objetos anteriores que acuerden los socios. Domicilio: El domicilio de la Sociedad será la ciudad de Santiago, comuna de Vitacura, sin perjuicio que los socios acuerden establecer agencias o sucursales en otros puntos del país o del extranjero. Duración: La duración de la Sociedad será de diez años a contar de la fecha de la escritura de constitución, la que se prorrogará por períodos iguales y sucesivos de diez años cada uno, salvo que alguno de los socios, con no menos de seis meses de anticipación al vencimiento respectivo, manifieste su voluntad de no prorrogarla mediante una declaración efectuada por escritura pública anotada al margen de la inscripción social. Capital: El capital de la Sociedad es la suma de $500.000, que los socios aportaron de la siguiente forma: a) José Gerardo Valdés García aportó la suma de $5.000, equivalente a un 1% de los derechos sociales, el que se enteró en arcas sociales en dinero efectivo, en el acto de constitución de la Sociedad; y b) Inversiones Santa Teresita Limitada aportó la suma de $495.000, equivalente al 95% de los derechos sociales, el que se enteró en arcas sociales en dinero efectivo, en el acto de constitución de la Sociedad. Administración y Uso de la Razón Social: El uso de la razón social y la administración de la Sociedad corresponderá a los socios actuando indistintamente uno cualquiera de ellos, pudiendo ejercerla cada uno de ellos directamente o a través de uno o más delegados designados para estos efectos. Inversiones Santa Teresita Limitada designó como delegada de la administración a doña Ana María Domínguez Acuña. Demás menciones constan en escritura extractada. Se facultó al portador de un extracto de la escritura citada para su legalización. Luis Ignacio Manquehual Mery, Notario Público. Santiago, 24 de agosto de 2020.-
Recent filings
- CONSTITUCIÓN
Agrícola Pidihuinco Limitada
CVE 1825239
- CONSTITUCIÓN
Agrícola Pidihuinco Limitada
CVE 1807486
