Sociedad de Responsabilidad Limitada

Agrícola Pancracio Limitada

CONSTITUCIÓN — 11 feb 2017

Diario Oficial

ConstituciónDiario Oficial · 2017-02-11Ver PDF (CVE 1181712)

Información societaria

Ltda
Santiago, Región Metropolitana
Duración: Hasta el 31 de diciembre del año 2025, renovable sucesiva y tácitamente por períodos de 5 años cada uno
Administración: La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderán a Ignacio Patricio Zúñiga Bravo y Carol Constance Johnson Huerta, quienes podrán actuar conjunta o separadamente. Esta designación no es esencial.

Objeto social

La explotación agrícola, ganadera y forestal, en cualquiera de sus formas, de bienes raíces propios o ajenos, y la realización de cualesquiera otras actividades conexas o complementarias que los socios acuerden. La sociedad podrá participar en otras personas jurídicas de cualquier tipo y objeto, incluso sociedades, y ejercer todas las facultades que en ellas correspondan a los miembros, socios o accionistas, incluso asumiendo la administración de tales entidades.

Capital

Capital total

$1.000.000

Capital pagado

$1.000.000

Capital pendiente

$0

Socios (2)

NombreParticipación

Ignacio Patricio Zúñiga Bravo

Socio

50%

Carol Constance Johnson Huerta

Socio

50%

Administradores (2)

Texto oficial del extracto

GERMAN ROUSSEAU DEL RIO, notario público suplente del titular de la 22 Notaría de Santiago, don HUMBERTO SANTELICES NARDUCCI, con oficio en Avenida El Bosque Norte N° 047, Las Condes, certifico: Por escritura pública de fecha 27 de enero de 2017, otorgada ante mí, don Ignacio Patricio Zúñiga Bravo y doña Carol Constance Johnson Huerta, ambos domiciliados en Santiago, Camino Otoñal 1.452, comuna de Las Condes, constituyeron la sociedad denominada Agrícola Pancracio Limitada, con domicilio en Santiago y que podrá denominarse y ser denominada también con la sigla Agripan Limitada con los mismos efectos que al utilizar su razón social. El objeto de la sociedad será la explotación agrícola, ganadera y forestal, en cualquiera de sus formas, de bienes raíces propios o ajenos, y la realización de cualesquiera otras actividades conexas o complementarias que los socios acuerden. La sociedad podrá participar en otras personas jurídicas de cualquier tipo y objeto, incluso sociedades, y ejercer todas las facultades que en ellas correspondan a los miembros, socios o accionistas, incluso asumiendo la administración de tales entidades. La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderán a los señores Ignacio Patricio Zúñiga Bravo y Carol Constance Johnson Huerta, quienes podrán actuar conjunta o separadamente. Esta designación no es esencial. El capital de la sociedad es la suma de $1.000.000, que los socios aportan y enteran en este acto y en dinero efectivo como sigue: a) don Ignacio Patricio Zúñiga Bravo, $500.000; y b) doña Carol Constance Johnson Huerta, $500.000. La responsabilidad de cada socio queda limitada a su respectivo aporte. La sociedad rige desde esta fecha y durará hasta el 31 de diciembre del año 2.025, plazo que se renovará sucesiva y tácitamente por períodos de 5 años cada uno, salvo desahucio formulado por cualquiera de los socios al vencimiento del plazo inicial o de cualquiera de sus prórrogas, mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción social no menos de 6 meses antes del respectivo vencimiento.- Santiago, 30 de enero de 2017.-

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Relaciones societarias

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