Société à responsabilité limitée

Agrícola Norte Azul Limitada

CONSTITUCIÓN — 19 mars 2018

Diario Oficial

ConstitutionDiario Oficial · 2018-03-19Voir le PDF (CVE 1368481)

Informations sociétaires

Ltda
Salamanca, Coquimbo
Durée: 5 años a contar de la fecha de la escritura. Prorrogable tácita y automáticamente por períodos iguales y sucesivos de cinco años, salvo que alguno de los socios manifieste su voluntad de poner término a la Sociedad, mediante escritura pública de la que deberá tomarse nota en el Registro de Comercio al margen de la inscripción de la Sociedad, con seis meses de anticipación, a lo menos, al vencimiento del período original o al de la prórroga que estuviese vigente
Administration: La administración de la Sociedad y el uso de su razón social corresponderá en forma indistinta a RICARDO LEON ALCARRAZ HERRERA y a doña ANTONIETA DE LAS NIEVES ALCARRAZ LAFERTTE con las facultades y limitaciones indicadas en escritura

Objet social

explotación agrícola o agroindustrial, de predios rústicos por cuenta propia o ajena, transformación, comercialización, exportación, importación de los productos de dicha explotación, producción, procesamiento, distribución y compraventa de materias primas, alimentos concentrados y cualquier otro producto del agro, pudiendo actuar por cuenta propia o como comisionista o mandataria de terceros, prestar asesoría técnica relacionada con el agro, la compraventa, representación, importación o exportación de maquinaria, partes y piezas relacionadas con el agro; la prestación de servicios agrícolas con maquinarias y equipos propios o ajenos; y en general, la realización de cualquier actividad que tenga relación con la actividad agrícola

Capital

Capital total

$50.000.000

Capital libéré

$50.000.000

Capital restant dû

$0

Associés (2)

NomParticipation

ARAÚ S.A.

Socio

76.832.183-3

50%

INVERSIONES KATRAL S.A.

Socio

76.832.184-1

50%

Administrateurs (2)

RICARDO LEON ALCARRAZ HERRERA

6.xxx.xxx-7Administrador

Texte officiel de l’extrait

LUIS ENRIQUE FISCHER YAVAR, abogado, Notario Público de Viña del Mar, con oficio en calle Doce Norte 785, piso 3°, certifica que por escritura pública de 21 de febrero de 2018 ante mí, ARAÚ S.A.,RUT 76.832.183-3, representada legalmente por don GABRIEL ANDRÉS ALCARRAZ OSSANDÓN, ambos con domicilio en calle Limache número 1270 oficina 1204 comuna de Viña del Mare INVERSIONES KATRAL S.A.,RUT 76.832.184-1 representada legalmente por don RICARDO LEÓN ALCARRAZ HERRERA, ambos con domicilio en calle Limache número 1270 oficina 1204 comuna de Viña del Mar constituyen Sociedad de Responsabilidad Limitada, bajo la razón social de “AGRÍCOLA NORTE AZUL LIMITADA”, pudiendo usar como nombre de fantasía “AGRICOLA NORTE AZUL LTDA.”OBJETO: explotación agrícola o agroindustrial, de predios rústicos por cuenta propia o ajena, transformación, comercialización, exportación, importación de los productos de dicha explotación, producción, procesamiento, distribución y compraventa de materias primas, alimentos concentrados y cualquier otro producto del agro, pudiendo actuar por cuenta propia o como comisionista o mandataria de terceros, prestar asesoría técnica relacionada con el agro, la compraventa, representación, importación o exportación de maquinaria, partes y piezas relacionadas con el agro; la prestación de servicios agrícolas con maquinarias y equipos propios o ajenos; y en general, la realización de cualquier actividad que tenga relación con la actividad agrícola. CAPITAL SOCIAL: $50.000.000 que los socios aportan y pagan en partes iguales y que ingresan en este acto a la caja social. Socios limitan su responsabilidad hasta el monto de sus respectivos aportes.-ADMINISTRACIÓN:La administración de la Sociedad y el uso de su razón social corresponderá en forma indistinta a RICARDO LEON ALCARRAZ HERRERA, cédula nacional de identidad número 6.555.636-7 y a doña ANTONIETA DE LAS NIEVES ALCARRAZ LAFERTTE cédula nacional de identidad número doce 12.502.863-2 con las facultades y limitaciones indicadas en escritura DURACION: 5 años a contar de la fecha de la escritura. Prorrogable tácita y automáticamente por períodos iguales y sucesivos de cinco años, salvo que alguno de los socios manifieste su voluntad de poner término a la Sociedad, mediante escritura pública de la que deberá tomarse nota en el Registro de Comercio al margen de la inscripción de la Sociedad, con seis meses de anticipación, a lo menos, al vencimiento del período original o al de la prórroga que estuviese vigente; DOMICILIO: Salamanca, sin perjuicio de que pueda establecer agencias, sucursales o establecimientos en el resto del país o en el extranjero. Otras estipulaciones constan en escritura extractada. Viña del Mar, 09 de Marzo de 2018.

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  1. CONSTITUCIÓN

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