Société par actions

Agricola Las Carmelitas SpA

CONSTITUCIÓN — 22 mai 2026

Diario Oficial

ConstitutionDiario Oficial · 2026-05-22Voir le PDF (CVE 2813620)

Informations sociétaires

SpA
Chimbarongo, O'Higgins
Durée: Comenzará a regir desde fecha escritura social, y tendrá una duración indefinida
Administration: Inicialmente y hasta que se revoque su nombramiento por la Junta de Accionistas, la Administradora, gerente y representante de la sociedad será doña IVONNE DEL CARMEN YAÑEZ PIÑA, quien podrá actuar con todas las facultades señaladas en los presentes estatutos, especialmente aquellas indicadas en el Artículo Noveno

Objet social

prestación de servicios de apoyo agrícola ? mano de obra, ya sea en estructuras de parronales, viñas y frutales, cosecha, poda, amarre y labores de adecuación de la planta u otras; trazados, limpia de canales, confección de cercos, etc.; explotación agrícola de predios rústicos propios o ajenos y la comercialización de los productos agrícolas que generen dichos predios, pudiendo desarrollar la actividad agrícola en el área de agricultura tradicional, frutícola en todas sus ramas, ganadera, forestal, comercial e industrial; viveros ?plantas frutales, flores, hasta su comercialización-; compra y venta de frutas; la prestación de toda clase de servicios relacionados con el agro; servicios de transporte de trabajadores, productos agrícolas, frutícola, forestal, etc., en vehículos propios, tomados en arrendamiento o en leasing o encomendado a terceros; servicios de maquinaria agrícola y pesada; arriendo de escaleras; el ejercicio de la actividad comercial en sus formas más amplias y, en especial, la compraventa, importación, exportación, distribución y comercialización de toda clase de bienes, por cuenta propia o ajena, la representación de empresas nacionales y extranjeras y demás relacionadas, en la actualidad o en el futuro; el transporte terrestre, nacional e internacional, para todo tipo de carga, áridos, mercadería y toda clase de bienes muebles, por cuenta propia o ajena, ya sea en vehículos propios o de terceros, tomados en arrendamiento o en leasing o encomendado a terceros, traslado y transporte de bienes de toda clase y su embalaje, incluyendo las gestiones portuarias y aduaneras, en su caso; ejecución de todo tipo de obras y de proyectos de Ingeniería y Construcción, por cuenta propia o ajena; pudiendo la sociedad desarrollar válidamente cualquiera otra actividad que acuerden los socios o accionistas, tendiente o necesaria a la consecución de su objeto social

Capital

Capital total

$2.000.000

Capital libéré

$2.000.000

Capital restant dû

$0

Actions

100

Associés (1)

NomParticipation

IVONNE DEL CARMEN YAÑEZ PIÑA

Accionista

12.xxx.xxx-8

100%

Administrateurs (1)

IVONNE DEL CARMEN YAÑEZ PIÑA

12.xxx.xxx-8Administrador

Représentants auprès du SII (1)

IVONNE DEL CARMEN YAÑEZ PIÑA

12.xxx.xxx-8Representante

Texte officiel de l’extrait

Ministerio del Interior ALBERTO ORTEGA JIRON, abogado, Notario Público Titular, 1ra. Notaria San Fernando, con oficio calle Chillán 620 de esta ciudad, certifica: Que por escritura pública de fecha 12-05-2026, IVONNE DEL CARMEN YAÑEZ PIÑA, chilena, agricultora, viuda, C.I.N°12.369.601-8, domiciliada en Sitio 3, Sector La Platina, comuna Chimbarongo, constituyó sociedad por acciones. NOMBRE O RAZÓN SOCIAL: AGRICOLA LAS CARMELITAS SpA.- DOMICILIO: Comuna de Chimbarongo, sin perjuicio de agencias, sucursales o representaciones que Directorio acuerde establecer, en el país o extranjero. PLAZO: Comenzará a regir desde fecha escritura social, y tendrá una duración indefinida.- OBJETO: prestación de servicios de apoyo agrícola ? mano de obra, ya sea en estructuras de parronales, viñas y frutales, cosecha, poda, amarre y labores de adecuación de la planta u otras; trazados, limpia de canales, confección de cercos, etc.; explotación agrícola de predios rústicos propios o ajenos y la comercialización de los productos agrícolas que generen dichos predios, pudiendo desarrollar la actividad agrícola en el área de agricultura tradicional, frutícola en todas sus ramas, ganadera, forestal, comercial e industrial; viveros ?plantas frutales, flores, hasta su comercialización-; compra y venta de frutas; la prestación de toda clase de servicios relacionados con el agro; servicios de transporte de trabajadores, productos agrícolas, frutícola, forestal, etc., en vehículos propios, tomados en arrendamiento o en leasing o encomendado a terceros; servicios de maquinaria agrícola y pesada; arriendo de escaleras; el ejercicio de la actividad comercial en sus formas más amplias y, en especial, la compraventa, importación, exportación, distribución y comercialización de toda clase de bienes, por cuenta propia o ajena, la representación de empresas nacionales y extranjeras y demás relacionadas, en la actualidad o en el futuro; el transporte terrestre, nacional e internacional, para todo tipo de carga, áridos, mercadería y toda clase de bienes muebles, por cuenta propia o ajena, ya sea en vehículos propios o de terceros, tomados en arrendamiento o en leasing o encomendado a terceros, traslado y transporte de bienes de toda clase y su embalaje, incluyendo las gestiones portuarias y aduaneras, en su caso; ejecución de todo tipo de obras y de proyectos de Ingeniería y Construcción, por cuenta propia o ajena; pudiendo la sociedad desarrollar válidamente cualquiera otra actividad que acuerden los socios o accionistas, tendiente o necesaria a la consecución de su objeto social.- CAPITAL: $2.000.000, dividido en 100 acciones nominativas de una misma serie y sin valor nominal, totalmente suscrito, enterado y pagado en este acto por la única accionista, en la forma que se expresa en las disposiciones transitorias del estatuto. ADMINISTRACIÓN: Inicialmente y hasta que se revoque su nombramiento por la Junta de Accionistas, la Administradora, gerente y representante de la sociedad será doña IVONNE DEL CARMEN YAÑEZ PIÑA, quien podrá actuar con todas las facultades señaladas en los presentes estatutos, especialmente aquellas indicadas en el Artículo Noveno.- El reemplazo del administrador provisional no será necesario mientras toda la propiedad accionaria se encuentre en poder de su único accionista.- Demás estipulaciones en escritura extractada. San Fernando, 18 de Mayo de 2026.-

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