Agrícola Fundo La Providencia Limitada
Diario Oficial
公司資料
公司目的
La explotación de predios agrícolas por cuenta propia o ajena, de los cuales sea propietaria, usufructuaria, o respecto de los cuales sea titular de toda clase de derechos, y de su posesión o mera tenencia, la administración de tales predios y la comercialización de su producción, la realización de actividades agrícolas, agropecuarias o forestales; la elaboración, producción, manejo, transformación, plantación, compra y venta, importación, exportación, distribución y comercialización de productos agrícolas, agropecuarios, de la madera, de la fruta y de sus derivados, así como de semillas, insumos, abonos o fertilizantes, la prestación de servicios en cualquiera de dichas materias, asesorías profesionales anexas al giro, como al arrendamiento de predios agrícolas, por cuenta propia o ajena, y su explotación ganadera en cualquiera de sus formas. La sociedad podrá asociarse con terceros y realizar cualquier otra actividad que acuerden sus socios.
資本
總資本
$5.000.000
實繳資本
$5.000.000
待繳資本
$0
股東(2)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出資 |
|---|---|---|---|
Socio 70.010.683-3 | 70.010.683-3 | 50% | $2.500.000 |
FELIPE ENRIQUE BASCUÑÁN NOGUERA Socio 7.xxx.xxx-0 | 7.xxx.xxx-0 | 50% | $2.500.000 |
管理人(2)
FELIPE ENRIQUE BASCUÑÁN NOGUERA
摘要官方正文
JUAN RAMON VENEGAS MORVAN, Notario Suplente de la Vigésima Sexta Notaría de Santiago, con Oficio en calle Huérfanos número ochocientos treinta y cinco, segundo piso, certifica: Que por escritura pública de 25 de Febrero de 2020, ante mí, Doña MARÍA MAGDALENA LIRA CORREA, quien declara ser chilena, casada y separada totalmente de bienes, profesora, cédula de identidad número siete millones diez mil seiscientos ochenta y tres guion tres; y Don FELIPE ENRIQUE BASCUÑÁN NOGUERA, quien declara ser chileno, casado y separado totalmente de bienes, Ingeniero Agrónomo, cédula de identidad número siete millones catorce mil quinientos cincuenta y uno guion cero, ambos domiciliados para estos efectos en Fundo La Providencia sin número comuna de Melipilla, Santiago, Región Metropolitana; constituyeron sociedad comercial de responsabilidad limitada. PRIMERO: OBJETO SOCIAL. El objeto de la sociedad será la explotación de predios agrícolas por cuenta propia o ajena, de los cuales sea propietaria, usufructuaria, o respecto de los cuales sea titular de toda clase de derechos, y de su posesión o mera tenencia, la administración de tales predios y la comercialización de su producción, la realización de actividades agrícolas, agropecuarias o forestales; la elaboración, producción, manejo, transformación, plantación, compra y venta, importación, exportación, distribución y comercialización de productos agrícolas, agropecuarios, de la madera, de la fruta y de sus derivados, así como de semillas, insumos, abonos o fertilizantes, la prestación de servicios en cualquiera de dichas materias, asesorías profesionales anexas al giro, como al arrendamiento de predios agrícolas, por cuenta propia o ajena, y su explotación ganadera en cualquiera de sus formas”. La sociedad podrá asociarse con terceros y realizar cualquier otra actividad que acuerden sus socios. SEGUNDO: RAZÓN SOCIAL. El nombre o razón social de la sociedad será AGRÍCOLA FUNDO LA PROVIDENCIA LIMITADA, sin embargo la sociedad podrá usar para fines comerciales, incluso con Bancos e Instituciones financieras, de propaganda y publicidad el nombre de fantasía "Agrícola Fundo La Providencia Ltda”. TERCERO: DOMICILIO. La sociedad tendrá como domicilio la ciudad de Melipilla, Región Metropolitana, sin perjuicio de las sucursales o agencias que establezca en el resto del país o en el extranjero. CUARTO: DURACIÓN. La duración de la sociedad será indefinida y comenzará a regir a contar desde esta fecha. QUINTO: ADMINISTRACIÓN Y USO DE LA RAZÓN SOCIAL. La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a doña MARIA MAGDALENA LIRA CORREA y don FELIPE ENRIQUE BASCUÑÁN NOGUERA, actuando personal e indistintamente, por la sociedad y anteponiendo la razón social a su firma. LIMITACIONES: Se requerirá la actuación conjunta de todos los administradores para vender o hipotecar, constituir prendas, usufructos, servidumbres, fideicomisos y censos, sobre bienes raíces sociales y/ derechos de aprovechamiento de derechos de aguas. Y para tomar créditos sobre cuatrocientas unidades de fomentos. SEXTO: CAPITAL. El capital de la sociedad será la suma de cinco millones de pesos. Queda totalmente suscrito y pagado el capital social. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 26 de febrero de 2020. JRVM.-
最近登記事項
- CONSTITUCIÓN
AGRÍCOLA FUNDO LA PROVIDENCIA LIMITADA
CVE 1738127
