Agrícola Daka SpA
Diario Oficial
Información societaria
Objeto social
A) La explotación agrícola, ganadera, de arboricultura y forestal, por cuenta propia o ajena, de predios rústicos, que la sociedad posea o detente, a cualquier título; la avicultura, apicultura, horticultura, granja, semilleros, viveros, fruticultura; la cría, la invernada; la importación, exportación, transformación y comercialización de productos agrícolas, ganaderos o forestales y todo otro negocio o actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro con el agro; y cualquier otro negocio que acordaren los accionistas. B) La realización de toda clase de negocios relacionados con el agro, la producción agropecuaria, frutícola o maderera, la compra, venta y exportación de la producción, sea la propia o la ajena, servicios de embalaje, packing y de asesoría a productores, y la elaboración de alimentos, de toda clase, a partir de esa producción; actuar como comisionista o mandatario para la venta y comercio de productos agrarios; realizar inversiones de toda clase de bienes muebles o inmuebles, administrarlos y percibir sus frutos o rentas, y en general cualesquiera otros negocios, que estén, directa o indirectamente, en la actualidad o en el futuro, relacionados con la agricultura, la producción, transformación o comercialización de sus productos, y cualquier otro negocio que acordaren los accionistas. C) La explotación, estudio y asesoría en lo relacionado con la actividad frutícola; instalación y explotación, por cuenta propia o ajena, de viveros y plantas frutales; la compraventa, importación, exportación de semillas, almácigos, plantas, clones y árboles frutales; la compraventa, importación y exportación de vehículos, máquinas herramientas, herramientas, maquinaria, útiles, implementos y artefactos y otros relacionados con viveros, plantaciones, cosecha, secado y procesamiento de la fruta, en todas sus formas; compra y venta de frutas secas, en fundos, parcelas, hijuelas y plantaciones; y de cosechas; la cosecha propia y para terceros y el procesamiento de packing y exportación; y todo lo relacionado, en la actualidad, con la producción e industrialización de la fruta; o que lo esté en el futuro; y cualquier otro negocio que acordaren los accionistas. D) La constitución, integración o suscripción de acciones en su caso, de cualquier sociedad, cualquiera que sea su naturaleza u organización, con el objeto del desempeño de las actividades descritas en las letras A), B) y C) precedentes. E) Cualquiera otra actividad que acordaren los accionistas.
Capital
Capital total
$20.000.000
Capital pagado
$20.000.000
Acciones
1000
Socios (1)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
Accionista 8.xxx.xxx-4 | 8.xxx.xxx-4 | 100% | $20.000.000 |
Texto oficial del extracto
JUAN ESPINOSA BANCALARI, Notario Público de Concepción, oficio esta ciudad, calle O’Higgins 528, certifica: Por Escritura Pública de fecha 05 de marzo de 2018, ante mi, DARNEY ALFREDO ARANDA GOODAIR, chileno, Cédula nacional de identidad Nº 8.094.381-4, divorciado, ingeniero químico, con domicilio para estos efectos en los Helechos nº 6545 casa 12 condominio Pinares 3 , San Pedro de la Paz; constituyó Sociedad por acciones. Nombre o Razón Social: “AGRÍCOLA DAKA SpA”. Objeto social: A) La explotación agrícola, ganadera, de arboricultura y forestal, por cuenta propia o ajena, de predios rústicos, que la sociedad posea o detente, a cualquier título; la avicultura, apicultura, horticultura, granja, semilleros, viveros, fruticultura; la cría, la invernada; la importación, exportación, transformación y comercialización de productos agrícolas, ganaderos o forestales y todo otro negocio o actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro con el agro; y cualquier otro negocio que acordaren los accionistas. B) La realización de toda clase de negocios relacionados con el agro, la producción agropecuaria, frutícola o maderera, la compra, venta y exportación de la producción, sea la propia o la ajena, servicios de embalaje, packing y de asesoría a productores, y la elaboración de alimentos, de toda clase , a partir de esa producción ; actuar como comisionista o mandatario para la venta y comercio de productos agrarios; realizar inversiones de toda clase de bienes muebles o inmuebles, administrarlos y percibir sus frutos o rentas, y -en general- cualesquiera otros negocios, que estén, directa o indirectamente, en la actualidad o en el futuro, relacionados con la agricultura, la producción, transformación o comercialización de sus productos, y cualquier otro negocio que acordaren los accionistas. C) La explotación, estudio y asesoría en lo relacionado con la actividad frutícola; instalación y explotación, por cuenta propia o ajena, de viveros y plantas frutales; la compraventa, importación, exportación de semillas, almácigos, plantas, clones y arboles frutales; la compraventa, importación y exportación de vehículos, máquinas herramientas, herramientas, maquinaria, útiles, implementos y artefactos y otros relacionados con viveros, plantaciones, cosecha, secado y procesamiento de la fruta, en todas sus formas; compra y venta de frutas secas, en fundos, parcelas, hijuelas y plantaciones; y de cosechas; la cosecha propia y para terceros y el procesamiento de packing y exportación; y todo lo relacionado, en la actualidad, con la producción e industrialización de la fruta; o que lo esté en el futuro; y cualquier otro negocio que acordaren los accionistas. D) La Constitución, integración o suscripción de acciones en su caso, de cualquier sociedad, cualquiera que sea su naturaleza, u organización con el objeto del desempeño de las actividades descritas en las letras A), B) y C) precedentes y; E) Cualquiera otra actividad que acordaren los accionistas. Capital: El capital de la sociedad será la suma de VEINTE MILLONES DE PESOS CHILENOS que se divide en MIL ACCIONES, de una misma serie, de igual valor, sin valor nominal, que se suscribe y se paga en la forma que señala el artículo primero transitorio de escritura extractada que señala que el capital de la sociedad, ascendiente a la suma de VEINTE MILLONES DE PESOS CHILENOS , que se encuentra representado por MIL ACCIONES nominativas y sin valor nominal, las que se suscriben en este acto por el accionista DARNEY ALFREDO ARANDA GOODAIR quien suscribe en este acto la cantidad de VEINTE MILLONES DE PESOS, equivalentes a MIL ACCIONES, las cuales se pagan de la siguiente manera: Mediante el aporte en dominio de inmueble denominado Lote A proveniente de la subdivisión de una propiedad compuesta de seis cuadras más o menos ubicada en el titular Chupallar, subdelegación de Vegas de Itata de Tomé, de una superficie de cuatro coma ocho hectáreas, y los siguientes deslindes: NORTE, con Lote B en doscientos cuatro coma tres metros, en ochenta y tres coma un metros, y en ciento cuarenta coma ocho metros, línea quebrada de por medio; SUR, con Benito Reyes en cuatrocientos cincuenta y tres coma dos metros; ORIENTE, con Miguel Vergara en ciento setenta y tres coma tres metros y PONIENTE, con Santos Molina en sesenta y ocho coma ocho metros. El inmueble referido y que se aporta a la sociedad AGRÍCOLA DAKA SpA en este acto se encuentra inscrito a fojas dos mil cincuenta y uno bajo el número mil cincuenta y seis del registro de propiedad del año dos mil diecisiete del Conservador de Bienes Raíces de Tomé. Para los efectos del pago del impuesto territorial, la propiedad figura enrolada con el número mil doscientos veinticuatro guión setenta y cinco de la comuna de Tomé. El inmueble referido es valorado en la suma de veinte millones de pesos chilenos, que corresponde al valor de las mil acciones que se suscriben y pagan por el accionista DARNEY ALFREDO ARANDA GOODAIR, mediante el aporte del inmueble individualizado en la presente cláusula, de manera que el capital de la sociedad que se constituye en el presente instrumento queda totalmente suscrito y será pagado una vez inscrito a nombre de la sociedad el inmueble indicado en el respectivo registro de propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Tomé. El domicilio de la sociedad se establece en Tomé, sin perjuicio de las sucursales que puedan establecerse dentro del país o en el extranjero. La sociedad tendrá una duración de cinco años, plazo que comenzará a computarse desde esta fecha. Dicho plazo se entenderá prorrogado durante la vigencia de la sociedad, en forma automática, por períodos iguales, sucesivos y continuos de cinco años cada uno, salvo si cualquiera de los accionistas manifieste su voluntad de ponerle término a la sociedad por escritura pública anotada al margen de la inscripción del extracto de la presente escritura en el Registro de Comercio respectivo, todo con una anticipación mínima de tres meses al vencimiento del respectivo período o su prórroga. Demás estipulaciones escritura extractada. Demás Estipulaciones en escritura extractada. Concepción, 14 de marzo de 2018.
Información societaria
Objeto social
La explotación agrícola, ganadera, de arboricultura y forestal, por cuenta propia o ajena, de predios rústicos, que la sociedad posea o detente, a cualquier título; la avicultura, apicultura, horticultura, granja, semilleros, viveros, fruticultura; la cría, la invernada; la importación, exportación, transformación y comercialización de productos agrícolas, ganaderos o forestales y todo otro negocio o actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro con el agro; y cualquier otro negocio que acordaren los accionistas. La realización de toda clase de negocios relacionados con el agro, la producción agropecuaria, frutícola o maderera, la compra, venta y exportación de la producción, sea la propia o la ajena, servicios de embalaje, packing y de asesoría a productores, y la elaboración de alimentos, de toda clase, a partir de esa producción; actuar como comisionista o mandatario para la venta y comercio de productos agrarios; realizar inversiones de toda clase de bienes muebles o inmuebles, administrarlos y percibir sus frutos o rentas, y, en general, cualesquiera otros negocios, que estén, directa o indirectamente, en la actualidad o en el futuro, relacionados con la agricultura, la producción, transformación o comercialización de sus productos, y cualquier otro negocio que acordaren los accionistas. La explotación, estudio y asesoría en lo relacionado con la actividad frutícola; instalación y explotación, por cuenta propia o ajena, de viveros y plantas frutales; la compraventa, importación, exportación de semillas, almácigos, plantas, clones y árboles frutales; la compraventa, importación y exportación de vehículos, máquinas herramientas, herramientas, maquinaria, útiles, implementos y artefactos y otros relacionados con viveros, plantaciones, cosecha, secado y procesamiento de la fruta, en todas sus formas; compra y venta de frutas secas, en fundos, parcelas, hijuelas y plantaciones; y de cosechas; la cosecha propia y para terceros y el procesamiento de packing y exportación; y todo lo relacionado, en la actualidad, con la producción e industrialización de la fruta; o que lo esté en el futuro; y cualquier otro negocio que acordaren los accionistas. La constitución, integración o suscripción de acciones en su caso, de cualquier sociedad, cualquiera que sea su naturaleza u organización con el objeto del desempeño de las actividades descritas en las letras A), B) y C) precedentes. Cualquiera otra actividad que acordaren los accionistas.
Capital
Capital total
$20.000.000
Capital pagado
$20.000.000
Capital pendiente
$0
Acciones
1000
Socios (1)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
Accionista 8.xxx.xxx-4 | 8.xxx.xxx-4 | 100% | $20.000.000 |
Texto oficial del extracto
JUAN ESPINOSA BANCALARI, Notario Público de Concepción, oficio esta ciudad, calle O’Higgins 528, certifica: Por Escritura Pública de fecha 05 de marzo de 2018, ante mi, DARNEY ALFREDO ARANDA GOODAIR, Cédula nacional de identidad Nº 8.094.381-4, divorciado, ingeniero químico, con domicilio para estos efectos en los Helechos nº 6545 casa 12 condominio Pinares 3 , San Pedro de la Paz; constituyó Sociedad por acciones. Nombre o Razón Social: “AGRÍCOLA DAKA SpA”. Objeto social: A) La explotación agrícola, ganadera, de arboricultura y forestal, por cuenta propia o ajena, de predios rústicos, que la sociedad posea o detente, a cualquier título; la avicultura, apicultura, horticultura, granja, semilleros, viveros, fruticultura; la cría, la invernada; la importación, exportación, transformación y comercialización de productos agrícolas, ganaderos o forestales y todo otro negocio o actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro con el agro; y cualquier otro negocio que acordaren los accionistas. B) La realización de toda clase de negocios relacionados con el agro, la producción agropecuaria, frutícola o maderera, la compra, venta y exportación de la producción, sea la propia o la ajena, servicios de embalaje, packing y de asesoría a productores, y la elaboración de alimentos, de toda clase , a partir de esa producción ; actuar como comisionista o mandatario para la venta y comercio de productos agrarios; realizar inversiones de toda clase de bienes muebles o inmuebles, administrarlos y percibir sus frutos o rentas, y -en general- cualesquiera otros negocios, que estén, directa o indirectamente, en la actualidad o en el futuro, relacionados con la agricultura, la producción, transformación o comercialización de sus productos, y cualquier otro negocio que acordaren los accionistas. C) La explotación, estudio y asesoría en lo relacionado con la actividad frutícola; instalación y explotación, por cuenta propia o ajena, de viveros y plantas frutales; la compraventa, importación, exportación de semillas, almácigos, plantas, clones y arboles frutales; la compraventa, importación y exportación de vehículos, máquinas herramientas, herramientas, maquinaria, útiles, implementos y artefactos y otros relacionados con viveros, plantaciones, cosecha, secado y procesamiento de la fruta, en todas sus formas; compra y venta de frutas secas, en fundos, parcelas, hijuelas y plantaciones; y de cosechas; la cosecha propia y para terceros y el procesamiento de packing y exportación; y todo lo relacionado, en la actualidad, con la producción e industrialización de la fruta; o que lo esté en el futuro; y cualquier otro negocio que acordaren los accionistas. D) La Constitución, integración o suscripción de acciones en su caso, de cualquier sociedad, cualquiera que sea su naturaleza, u organización con el objeto del desempeño de las actividades descritas en las letras A), B) y C) precedentes y; E) Cualquiera otra actividad que acordaren los accionistas. Capital: El capital de la sociedad será la suma de VEINTE MILLONES DE PESOS CHILENOS que se divide en MIL ACCIONES, de una misma serie, de igual valor, sin valor nominal, que se suscribe y se paga en la forma que señala el artículo primero transitorio de escritura extractada que señala que capital de la sociedad, ascendiente a la suma de VEINTE MILLONES DE PESOS CHILENOS , que se encuentra representado por MIL ACCIONES nominativas y sin valor nominal, las que se suscriben en este acto por el accionista DARNEY ALFREDO ARANDA GOODAIR quien suscribe en este acto la cantidad de VEINTE MILLONES DE PESOS, equivalentes a MIL ACCIONES, las cuales se pagan de la siguiente manera: Mediante el aporte en dominio de inmueble denominado Lote A proveniente de la subdivisión de una propiedad compuesta de seis cuadras más o menos ubicada en el titular Chupallar, subdelegación de Vegas de Itata de Tomé, de una superficie de cuatro coma ocho hectáreas, y los siguientes deslindes: NORTE, con Lote B en doscientos cuatro coma tres metros, en ochenta y tres coma un metros, y en ciento cuarenta coma ocho metros, línea quebrada de por medio; SUR, con Benito Reyes en cuatrocientos cincuenta y tres coma dos metros; ORIENTE, con Miguel Vergara en ciento setenta y tres coma tres metros y PONIENTE, con Santos Molina en sesenta y ocho coma ocho metros. El inmueble referido y que se aporta a la sociedad AGRÍCOLA DAKA SpA en este acto se encuentra inscrito a fojas dos mil cincuenta y uno bajo el número mil cincuenta y seis del registro de propiedad del año dos mil diecisiete del Conservador de Bienes Raíces de Tomé. Para los efectos del pago del impuesto territorial, la propiedad figura enrolada con el número mil doscientos veinticuatro guión setenta y cinco de la comuna de Tomé. El inmueble referido es valorado en la suma de veinte millones de pesos chilenos, que corresponde al valor de las mil acciones que se suscriben y pagan por el accionista DARNEY ALFREDO ARANDA GOODAIR, mediante el aporte del inmueble individualizado en la presente cláusula, de manera que el capital de la sociedad que se constituye en el presente instrumento queda totalmente suscrito y será pagado una vez inscrito a nombre de la sociedad el inmueble indicado en el respectivo registro de propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Tomé. El domicilio de la sociedad se establece en Tomé, sin perjuicio de las sucursales que puedan establecerse dentro del país o en el extranjero. La sociedad tendrá una duración de cinco años, plazo que comenzará a computarse desde esta fecha. Dicho plazo se entenderá prorrogado durante la vigencia de la sociedad, en forma automática, por períodos iguales, sucesivos y continuos de cinco años cada uno, salvo si cualquiera de los accionistas manifieste su voluntad de ponerle término a la sociedad por escritura pública anotada al margen de la inscripción del extracto de la presente escritura en el Registro de Comercio respectivo, todo con una anticipación mínima de tres meses al vencimiento del respectivo período o su prórroga. Demás estipulaciones escritura extractada. Concepción, 06 de marzo de 2018.
Información societaria
Objeto social
A) La explotación agrícola, ganadera, de arboricultura y forestal, por cuenta propia o ajena, de predios rústicos, que la sociedad posea o detente, a cualquier título; la avicultura, apicultura, horticultura, granja, semilleros, viveros, fruticultura; la cría, la invernada; la importación, exportación, transformación y comercialización de productos agrícolas, ganaderos o forestales y todo otro negocio o actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro con el agro; y cualquier otro negocio que acordaren los accionistas. B) La realización de toda clase de negocios relacionados con el agro, la producción agropecuaria, frutícola o maderera, la compra, venta y exportación de la producción, sea la propia o la ajena, servicios de embalaje, packing y de asesoría a productores, y la elaboración de alimentos, de toda clase, a partir de esa producción; actuar como comisionista o mandatario para la venta y comercio de productos agrarios; realizar inversiones de toda clase de bienes muebles o inmuebles, administrarlos y percibir sus frutos o rentas, y -en general- cualesquiera otros negocios, que estén, directa o indirectamente, en la actualidad o en el futuro, relacionados con la agricultura, la producción, transformación o comercialización de sus productos, y cualquier otro negocio que acordaren los accionistas. C) La explotación, estudio y asesoría en lo relacionado con la actividad frutícola; instalación y explotación, por cuenta propia o ajena, de viveros y plantas frutales; la compraventa, importación, exportación de semillas, almácigos, plantas, clones y árboles frutales; la compraventa, importación y exportación de vehículos, máquinas herramientas, herramientas, maquinaria, útiles, implementos y artefactos y otros relacionados con viveros, plantaciones, cosecha, secado y procesamiento de la fruta, en todas sus formas; compra y venta de frutas secas, en fundos, parcelas, hijuelas y plantaciones; y de cosechas; la cosecha propia y para terceros y el procesamiento de packing y exportación; y todo lo relacionado, en la actualidad, con la producción e industrialización de la fruta; o que lo esté en el futuro; y cualquier otro negocio que acordaren los accionistas. D) La Constitución, integración o suscripción de acciones en su caso, de cualquier sociedad, cualquiera que sea su naturaleza, u organización con el objeto del desempeño de las actividades descritas en las letras A), B) y C) precedentes y; E) Cualquiera otra actividad que acordaren los accionistas.
Capital
Capital total
$20.000.000
Capital pagado
$20.000.000
Capital pendiente
$0
Acciones
1000
Socios (1)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
Accionista 8.xxx.xxx-4 | 8.xxx.xxx-4 | 100% | $20.000.000 |
Texto oficial del extracto
JUAN PABLO ESPNOSA SCHIAPPACASSE, Notario Público de Concepción con oficio en esta ciudad, calle O’Higgins 528, suplente del titular Juan Espinosa Bancalari, certifico: Por escritura de fecha de 21 de febrero de 2018, ante mí, DARNEY ALFREDO ARANDA GOODAIR, Cédula nacional de identidad Nº 8.094.381-4, chileno, divorciado, ingeniero químico, con domicilio para estos efectos en los Helechos nº 6545 casa 12 condominio Pinares 3 , San Pedro de la Paz; constituyó Sociedad por acciones. Nombre o Razón Social: “AGRÍCOLA DAKA SpA”. Objeto social: A) La explotación agrícola, ganadera, de arboricultura y forestal, por cuenta propia o ajena, de predios rústicos, que la sociedad posea o detente, a cualquier título; la avicultura, apicultura, horticultura, granja, semilleros, viveros, fruticultura; la cría, la invernada; la importación, exportación, transformación y comercialización de productos agrícolas, ganaderos o forestales y todo otro negocio o actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro con el agro; y cualquier otro negocio que acordaren los accionistas. B) La realización de toda clase de negocios relacionados con el agro, la producción agropecuaria, frutícola o maderera, la compra, venta y exportación de la producción, sea la propia o la ajena, servicios de embalaje, packing y de asesoría a productores, y la elaboración de alimentos, de toda clase , a partir de esa producción ; actuar como comisionista o mandatario para la venta y comercio de productos agrarios; realizar inversiones de toda clase de bienes muebles o inmuebles, administrarlos y percibir sus frutos o rentas, y -en general- cualesquiera otros negocios, que estén, directa o indirectamente, en la actualidad o en el futuro, relacionados con la agricultura, la producción, transformación o comercialización de sus productos, y cualquier otro negocio que acordaren los accionistas. C) La explotación, estudio y asesoría en lo relacionado con la actividad frutícola; instalación y explotación, por cuenta propia o ajena, de viveros y plantas frutales; la compraventa, importación, exportación de semillas, almácigos, plantas, clones y árboles frutales; la compraventa, importación y exportación de vehículos, máquinas herramientas, herramientas, maquinaria, útiles, implementos y artefactos y otros relacionados con viveros, plantaciones, cosecha, secado y procesamiento de la fruta, en todas sus formas; compra y venta de frutas secas, en fundos, parcelas, hijuelas y plantaciones; y de cosechas; la cosecha propia y para terceros y el procesamiento de packing y exportación; y todo lo relacionado, en la actualidad, con la producción e industrialización de la fruta; o que lo esté en el futuro; y cualquier otro negocio que acordaren los accionistas. D) La Constitución, integración o suscripción de acciones en su caso, de cualquier sociedad, cualquiera que sea su naturaleza, u organización con el objeto del desempeño de las actividades descritas en las letras A), B) y C) precedentes y; E) Cualquiera otra actividad que acordaren los accionistas.- Capital: El capital de la sociedad será la suma de VEINTE MILLONES DE PESOS CHILENOS que se divide en MIL ACCIONES, de una misma serie, de igual valor, sin valor nominal, que se suscribe y se paga en la forma que señala el artículo primero transitorio de escritura extractada que señala que el capital de la sociedad, ascendiente a la suma de VEINTE MILLONES DE PESOS CHILENOS , que se encuentra representado por MIL ACCIONES nominativas y sin valor nominal, las que se suscriben en este acto por el accionista DARNEY ALFREDO ARANDA GOODAIR quien suscribe en este acto la cantidad de VEINTE MILLONES DE PESOS, equivalentes a MIL ACCIONES, las cuales se pagan de la siguiente manera: Mediante el aporte en dominio de inmueble denominado Lote A proveniente de la subdivisión de una propiedad compuesta de seis cuadras más o menos ubicada en el titular Chupallar, subdelegación de Vegas de Itata de Tomé, de una superficie de cuatro coma ocho hectáreas, y los siguientes deslindes: NORTE, con Lote B en doscientos cuatro coma tres metros, en ochenta y tres coma un metros, y en ciento cuarenta coma ocho metros, línea quebrada de por medio; SUR, con Benito Reyes en cuatrocientos cincuenta y tres coma dos metros; ORIENTE, con Miguel Vergara en ciento setenta y tres coma tres metros y PONIENTE, con Santos Molina en sesenta y ocho coma ocho metros. El inmueble referido y que se aporta a la sociedad AGRÍCOLA DAKA SpA en este acto se encuentra inscrito a fojas dos mil cincuenta y uno bajo el número mil cincuenta y seis del registro de propiedad del año dos mil diecisiete del Conservador de Bienes Raíces de Tomé. Para los efectos del pago del impuesto territorial, la propiedad figura enrolada con el número mil doscientos veinticuatro guión veinte de la comuna de Tomé. El inmueble referido es valorado en la suma de veinte millones de pesos chilenos, que corresponde al valor de las mil acciones que se suscriben y pagan por el accionista DARNEY ALFREDO ARANDA GOODAIR, mediante el aporte del inmueble individualizado en la presente cláusula, de manera que el capital de la sociedad que se constituye en el presente instrumento queda totalmente suscrito y será pagado una vez inscrito a nombre de la sociedad el inmueble indicado en el respectivo registro de propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Tomé. El domicilio de la sociedad se establece en Tomé, sin perjuicio de las sucursales que puedan establecerse dentro del país o en el extranjero. La sociedad tendrá una duración de cinco años, plazo que comenzará a computarse desde esta fecha. Dicho plazo se entenderá prorrogado durante la vigencia de la sociedad, en forma automática, por períodos iguales, sucesivos y continuos de cinco años cada uno, salvo si cualquiera de los accionistas manifieste su voluntad de ponerle término a la sociedad por escritura pública anotada al margen de la inscripción del extracto de la presente escritura en el Registro de Comercio respectivo, todo con una anticipación mínima de tres meses al vencimiento del respectivo período o su prórroga. Demás estipulaciones escritura extractada. Demás Estipulaciones en escritura extractada. Concepción, 22 de febrero de 2018.
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