Empresa Individual de Responsabilidad Limitada

Agrícola Christian Marcelo Bolomey Schuster E.I.R.L..

CONSTITUCIÓN — 14 dic 2017

Diario Oficial

ConstituciónDiario Oficial · 2017-12-14Ver PDF (CVE 1318818)

Información societaria

E.I.R.L.
Temuco, Araucanía
Duración: cinco años
Administración: corresponderá exclusivamente al empresario

Objeto social

la explotación de predios agrícolas, propios o que la empresa posea o detente a cualquier título; la comercialización de sus productos, sea nacional o internacional y también agroindustria que de su manufactura o industrialización se derive; y todo otro negocio o actividad conexa o relacionada con la actividad agrícola

Capital

Capital total

$2.000.000

Capital pagado

$2.000.000

Capital pendiente

$0

Socios (1)

NombreParticipación

CHRISTIAN MARCELO BOLOMEY SCHUSTER

Titular

10.xxx.xxx-4

100%

Administradores (1)

Texto oficial del extracto

JORGE ELIAS TADRES HALES, Notario Público Temuco, oficio en esta ciudad A. Varas Nº 976, certifico: por escritura pública de fecha cinco de Diciembre de dos mil diecisiete, ante mí, don CHRISTIAN MARCELO BOLOMEY SCHUSTER, chileno, ingeniero agroindustrial, divorciado, cuarenta y nueve años de edad, cédula nacional de identidad número diez millones novecientos treinta y nueve mil seiscientos cincuenta y dos guión cuatro, domiciliado en Temuco, calle El Escorial número trescientos setenta, Departamento seiscientos cuatro, constituyó Empresa Individual de Responsabilidad Limitada.- NOMBRE EMPRESA: “AGRÍCOLA CHRISTIAN MARCELO BOLOMEY SCHUSTER E.I.R.L.”, nombre de fantasía “AGRICOLA DOÑA OLGA E.I.R.L.”.- ADMINISTRACION Y USO DEL NOMBRE: corresponderá exclusivamente al empresario don CHRISTIAN MARCELO BOLOMEY SCHUSTER.- CAPITAL: dos millones de pesos, que se entera en dinero efectivo al momento de firmarse escritura extractada.- El empresario limita su responsabilidad hasta el monto de su aporte.- OBJETO: será la explotación de predios agrícolas, propios o que la empresa posea o detente a cualquier título; la comercialización de sus productos, sea nacional o internacional y también agroindustria que de su manufactura o industrialización se derive; y todo otro negocio o actividad conexa o relacionada con la actividad agrícola. DURACION: empezará a regir a contar fecha escritura y durará cinco años. Con todo, la empresa se renovara automáticamente por otro período de cinco años, y así sucesivamente, salvo que el empresario manifieste su intención de ponerle término anticipadamente en los términos expresados en el artículo quince de la ley diecinueve mil ochocientos cincuenta y siete. DOMICILIO: Temuco, sin perjuicio de las sucursales o agencias que pudieran abrirse en cualquier otra ciudad o localidad del país o en el extranjero. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Temuco, 11 de Diciembre de 2017.

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