股份公司

Agricola Berries Del Valle SpA

CONSTITUCIÓN — 2026年7月2日

Diario Oficial

公司資料

SpA
San Pedro, Región Metropolitana
期限: Indefinida
管理方式: Corresponderá individualmente a uno o más administradores generales que actuarán en la forma y según lo determinen de tiempo en tiempo los accionistas, que los podrán elegir y designar o remover, en cualquier tiempo y a su solo arbitrio, por acuerdo adoptado en junta de accionistas, por una mayoría no inferior a la mitad más uno del total de las acciones emitidas con derecho a voto, o mediante declaración de todos ellos que representen dicha mayoría y conste en escritura pública, de lo que deberá tomarse nota o subinscribirse al margen de la inscripción social, sin perjuicio de la designación que consta en las disposiciones transitorias de los estatutos.

公司目的

A) AGRICOLA Y GANADERO: la explotación de predios agrícolas propios o ajenos en cualquiera de sus formas; la comercialización de los frutos y productos que de ellos provengan, dentro de los cuales se incluye la crianza y engorda de todo tipo de animales; la compra y venta de insumos agrícolas; el arrendamiento, subarrendamiento y administración de predios agrícolas, la explotación de predios agrícolas y la comercialización de productos del agro en general, la crianza, engorda y compraventa, por mayor y menor de ganado; y toda actividad relacionada, directa o indirectamente, en la actualidad o en el futuro, con la agricultura y ganadería; la compra, venta, permuta, importación, producción y comercialización, por cuenta propia o ajena, de toda clase de productos agrícolas, frutícolas, ganadera, compra y producción de alfalfa y hortalizas, al por mayor y minorista; B) TRANSPORTE: La administración y la explotación comercial de la actividad del transporte, nacional e internacional, urbano, suburbano, interurbano, servicios de carga y fletes en camiones o vehículos propios o de terceros, el transporte de pasajeros, escolares, turismo, taxis, arriendos de vehículos, además, efectuar negocios relacionados con el comercio en general, por cuenta propia o de terceros, consignaciones, importaciones y/o exportaciones de vehículos y de repuestos para los mismos, reparaciones de vehículos, compra y venta de repuestos; Prestar toda clase de servicios y asesorías mecánicas y automotrices en general, así como propias de un taller mecánico, citando a vía ejemplar, la pintura, simunizado, desabolladuría, soldadura, lavado de vehículos, armaduría, fabricación, industrialización, reparación, transformación, mantención, lubricamiento, remolque, cambio de aceite, vulcanización, balanceo, instalación de accesorios, alarmas, radio, lonas, filtros, y demás actividades relacionadas, directa o indirectamente, con el giro; C) CONTRATISTA: La contratación y subcontratación de personal agrícola, ya sea obrero o especializado, permanente o transitorio para ponerlo a disposición de terceros ya sean éstos personas naturales o jurídicas, de acuerdo a la ley veinte mil ciento veintitrés; D) PRESTACIÓN DE SERVICIOS AGRICOLAS: la prestación de toda clase de servicios agrícolas, la contratación de servicios para terceros y la contratación de personal para terceros, y la asesoría en relación con tales labores; la contribución a la coordinación del mercado laboral agrícola; la intermediación para facilitar capital humano para la ejecución de obras de carácter agrícola; la coordinación entre los trabajadores subcontratados y la empresa principal que requiera de sus servicios; la supervisión del obrar de los trabajadores por parte de miembros de la empresa principal (subcontratista), la cual puede ser delegable en un ente fiscalizador propio de quien contrata los servicios; el facilitamiento del capital humano y su transporte hasta la zona de obras; la negociación con aquellas empresas que darán uso a los servicios de subcontratación; la evaluación del rendimiento del trabajador en sus determinadas labores; la entrevista y reclutamiento de trabajadores; la rotación del personal; disponer de trabajadores para la ejecución de obras tales como explotación de bosques, servicios forestales, forestación, actividades afines (incluye recolección de productos silvestres), corta de madera, desbaste, productos forestales cortados, leña, carbón vegetal (incluye contratistas de extracción de madera), recolección, empacado, trilla, descaramiento y desgrane, roturación y siembra, destrucción de plagas; fumigación y otros servicios que deriven o sean consecuencia necesaria del actuar propio de las labores agrícolas, pago de las imposiciones o cotizaciones previsionales a sus trabajadores; registrar en que obras o faenas son en las que interviene el trabajador; velar por la protección del trabajador subcontratista, determinado y explicándole las diversas situaciones de peligro a las que puede verse expuesto en realización de las obras, además de la entrega (acorde al caso) de implementos de seguridad, verificación de que la empresa que dará uso de este servicio cuente con los estándares propios para la ejecución de obras en un ambiente limpio y digno para los trabajadores; E) COMPRAVENTA DE INSUMOS AGRICOLAS: La compra, venta, comercialización, consignación, deposito, exportación, importación, distribución, traslado, procesamiento, y en general de todo tipo de frutos del país, de frutas y verduras, hortalizas y legumbres, por menor y por mayor, y de todos aquellos productos relacionados con el agro, ya sea por sí o por encargo de terceros, y así mismo la compra, venta, importación, exportación y distribución, y de todo lo que en la actualidad esté relacionado de cualquier manera, para la realización de la actividad señalada, y en general todos los servicios comerciales inherentes relacionados al ramo, y cualquier otro objeto y/o giro que estime realizar; F) PRODUCCION AGRICOLA: La siembra, plantación y cultivos de todos los tipos de frutos que deriven de la tierra, y en especial la plantación, cultivo y cosecha de árboles frutales cualquiera sea su especie, la siembra cultivo y cosecha de cualquier tipo de granos, cereales, camotes, tubérculos y cualquier tipo de verduras. La plantación de árboles Nativos o exóticos, sean estos con fines de explotación u ornamentales. La venta dentro o fuera del país, de los productos o subproductos que deriven de las actividades antes señaladas; y en general cualquier otra actividad que los socios constituyentes acuerden expresamente desarrollar.

資本

總資本

$8.000.000

實繳資本

$8.000.000

待繳資本

$0

股份

1,000

股東(1)

姓名持股比例

MARGARITA DEL CARMEN TAPIA PLAZA

Accionista

17.xxx.xxx-5

100%

管理人(1)

MARGARITA DEL CARMEN TAPIA PLAZA

17.xxx.xxx-5Administrador

摘要官方正文

Ministerio del Interior RENE A. MARTINEZ LOAIZA, Notario Público Melipilla, Avda Serrano 369, oficina 11, certifica por escritura pública fecha hoy ante mí. REPERTORIO N°1198-2026, doña MARGARITA DEL CARMEN TAPIA PLAZA, chilena, soltera, empresaria, C.N.I. N° 17.397.661-5, con domicilio en Loica bajo sin número, comuna de San Pedro, Provincia de Melipilla, constituye Sociedad por Acciones.- RAZON SOCIAL:- “AGRICOLA BERRIES DEL VALLE SpA”, sin perjuicio de ello, la sociedad podrá actuar y funcionar con el nombre de fantasía de “AGROBERRIES DEL VALLE SpA”.- DOMICILIO:- Comuna de San Pedro, Provincia de Melipilla, Región Metropolitana, pudiendo establecer agencias o sucursales en otros puntos del país o del extranjero. DURACION:- Indefinida, a contar de esta fecha.- OBJETO:- A) AGRICOLA Y GANADERO: la explotación de predios agrícolas propios o ajenos en cualquiera de sus formas; la comercialización de los frutos y productos que de ellos provengan, dentro de los cuales se incluye la crianza y engorda de todo tipo de animales; la compra y venta de insumos agrícolas; el arrendamiento, subarrendamiento y administración de predios agrícolas, la explotación de predios agrícolas y la comercialización de productos del agro en general, la crianza, engorda y compraventa, por mayor y menor de ganado; y toda actividad relacionada, directa o indirectamente, en la actualidad o en el futuro, con la agricultura y ganadería; la compra, venta, permuta, importación, producción y comercialización, por cuenta propia o ajena, de toda clase de productos agrícolas, frutícolas, ganadera, compra y producción de alfalfa y hortalizas, al por mayor y minorista; B) TRANSPORTE: La administración y la explotación comercial de la actividad del transporte, nacional e internacional, urbano, suburbano, interurbano, servicios de carga y fletes en camiones o vehículos propios o de terceros, el transporte de pasajeros, escolares, turismo, taxis, arriendos de vehículos, además, efectuar negocios relacionados con el comercio en general, por cuenta propia o de terceros, consignaciones, importaciones y/o exportaciones de vehículos y de repuestos para los mismos, reparaciones de vehículos, compra y venta de repuestos; Prestar toda clase de servicios y asesorías mecánicas y automotrices en general, así como propias de un taller mecánico, citando a vía ejemplar, la pintura, simunizado, desabolladuría, soldadura, lavado de vehículos, armaduría, fabricación, industrialización, reparación, transformación, mantención, lubricamiento, remolque, cambio de aceite, vulcanización, balanceo, instalación de accesorios, alarmas, radio, lonas, filtros, y demás actividades relacionadas, directa o indirectamente, con el giro; C) CONTRATISTA: La contratación y subcontratación de personal agrícola, ya sea obrero o especializado, permanente o transitorio para ponerlo a disposición de terceros ya sean éstos personas naturales o jurídicas, de acuerdo a la ley veinte mil ciento veintitrés; D) PRESTACIÓN DE SERVICIOS AGRICOLAS: la prestación de toda clase de servicios agrícolas, la contratación de servicios para terceros y la contratación de personal para terceros, y la asesoría en relación con tales labores; la contribución a la coordinación del mercado laboral agrícola; la intermediación para facilitar capital humano para la ejecución de obras de carácter agrícola; la coordinación entre los trabajadores subcontratados y la empresa principal que requiera de sus servicios; la supervisión del obrar de los trabajadores por parte de miembros de la empresa principal (subcontratista), la cual puede ser delegable en un ente fiscalizador propio de quien contrata los servicios; el facilitamiento del capital humano y su transporte hasta la zona de obras; la negociación con aquellas empresas que darán uso a los servicios de subcontratación; la evaluación del rendimiento del trabajador en sus determinadas labores; la entrevista y reclutamiento de trabajadores; la rotación del personal; disponer de trabajadores para la ejecución de obras tales como explotación de bosques, servicios forestales, forestación, actividades afines (incluye recolección de productos silvestres), corta de madera, desbaste, productos forestales cortados, leña, carbón vegetal (incluye contratistas de extracción de madera), recolección, empacado, trilla, descaramiento y desgrane, roturación y siembra, destrucción de plagas; fumigación y otros servicios que deriven o sean consecuencia necesaria del actuar propio de las labores agrícolas, pago de las imposiciones o cotizaciones previsionales a sus trabajadores; registrar en que obras o faenas son en las que interviene el trabajador; velar por la protección del trabajador subcontratista, determinado y explicándole las diversas situaciones de peligro a las que puede verse expuesto en realización de las obras, además de la entrega (acorde al caso) de implementos de seguridad, verificación de que la empresa que dará uso de este servicio cuente con los estándares propios para la ejecución de obras en un ambiente limpio y digno para los trabajadores; E) COMPRAVENTA DE INSUMOS AGRICOLAS: La compra, venta, comercialización, consignación, deposito, exportación, importación, distribución, traslado, procesamiento, y en general de todo tipo de frutos del país, de frutas y verduras, hortalizas y legumbres, por menor y por mayor, y de todos aquellos productos relacionados con el agro, ya sea por sí o por encargo de terceros, y así mismo la compra, venta, importación, exportación y distribución, y de todo lo que en la actualidad esté relacionado de cualquier manera, para la realización de la actividad señalada, y en general todos los servicios comerciales inherentes relacionados al ramo, y cualquier otro objeto y/o giro que estime realizar; F) PRODUCCION AGRICOLA: La siembra, plantación y cultivos de todos los tipos de frutos que deriven de la tierra, y en especial la plantación, cultivo y cosecha de árboles frutales cualquiera sea su especie, la siembra cultivo y cosecha de cualquier tipo de granos, cereales, camotes, tubérculos y cualquier tipo de verduras. La plantación de árboles Nativos o exóticos, sean estos con fines de explotación u ornamentales. La venta dentro o fuera del país, de los productos o subproductos que deriven de las actividades antes señaladas; y en general cualquier otra actividad que los socios constituyentes acuerden expresamente desarrollar.- CAPITAL:- $8.000.000, dividido en mil acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie, sin valor nominal, de tal manera que cada acción dará derecho a un voto.- La accionista doña MARGARITA DEL CARMEN TAPIA PLAZA, suscribe en este acto MIL ACCIONES, las que se encuentran enteradas y pagadas al contado, en dinero efectivo e ingresadas en la caja social.- ADMINISTRACIÓN:-Corresponderá individualmente a uno o más administradores generales que actuarán en la forma y según lo determinen de tiempo en tiempo los accionistas, que los podrán elegir y designar o remover, en cualquier tiempo y a su solo arbitrio, por acuerdo adoptado en junta de accionistas, por una mayoría no inferior a la mitad más uno del total de las acciones emitidas con derecho a voto, o mediante declaración de todos ellos que representen dicha mayoría y conste en escritura pública, de lo que deberá tomarse nota o subinscribirse al margen de la inscripción social, sin perjuicio de la designación que consta en las disposiciones transitorias de los estatutos.- El o los administradores generales actuarán en la forma ya indicada, representando a la sociedad judicial y extrajudicialmente y para el cumplimiento del objeto social, lo que no será necesario acreditar a terceros, estarán investidos de todas las facultades de administración y disposición que la ley o el estatuto no establezcan como privativas de la junta de accionistas, sin que sea necesario otorgarles poder alguno, inclusive para aquellos actos o contratos respecto de los cuales las leyes exijan esta circunstancia.- Se designa como único administrador de la sociedad a doña MARGARITA DEL CARMEN TAPIA PLAZA, C.N.I. N° 17.397.661-5, quien anteponiendo su nombre a la razón social podrá representar a la sociedad con las atribuciones establecidas en el artículo quinto de estatutos, por el período de un año calendario a partir de esta fecha, renovable previo acuerdo de la junta de accionistas, protocolizado y anotado en el Registro de Comercio respectivo.- Se establece en este acto, que por esta única vez, no será necesario anotar marginalmente en la inscripción social la designación de administrador general de la sociedad que da cuenta esta cláusula, bastando su designación en este acto.- Demás estipulaciones constan en escritura extractada.- Melipilla, 20/06/2026.-

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