Inversiones Humboldt SpA
Diario Oficial
Información societaria
Administradores (1)
Rodrigo Arturo López Pizarro
Texto oficial del extracto
JORGE FIGUEROA HERRERA, Notario Público Interino de la 29° Notaría de Santiago, con oficio en calle Mac - Iver N° 225, oficina 302, comuna de Santiago, certifica: Por escritura pública de fecha 31 de enero de 2022, repertorio 379-2022, ante mí, se redujo a escritura pública el acta de la junta extraordinaria de accionistas de INMOBILIARIA NAZCAR SpA, que acordó modificación sociedad inscrita a fojas 27.943, N° 19.257, Registro Comercio Santiago 2010, siguiente sentido: (Uno) Modificación de Estatutos - Administración: Se modificó el Artículo décimo cuarto relativo a la Administración de la Sociedad, facultades de Administración, Representación y Uso razón social; (Dos) Administrador Sociedad: Se designa como administrador de la Sociedad a Rodrigo Arturo López Pizarro. Demás estipulaciones constan escritura extractada. Santiago, 09 febrero de 2022.
Información societaria
Administradores (1)
Rodrigo Arturo López Pizarro
Texto oficial del extracto
JORGE FIGUEROA HERRERA, Notario Público Interino de la 29° Notaría de Santiago, con oficio en calle Mac - Iver N° 225, oficina 302, comuna de Santiago, certifica: Por escritura pública de fecha 31 de enero de 2022, repertorio 380-2022, ante mí, se redujo a escritura pública el acta de la junta extraordinaria de accionistas de INVERSIONES HUMBOLDT SpA, que acordó modificación sociedad inscrita a fojas 46.231, N° 32.942, Registro Comercio Santiago 2005, siguiente sentido: (Uno) Modificación de Estatutos - Administración: Se modificó el Artículo décimo cuarto relativo a la Administración de la Sociedad, facultades de Administración, Representación y Uso razón social; (Dos) Administrador Sociedad: Se designa como administrador de la Sociedad a Rodrigo Arturo López Pizarro. Demás estipulaciones constan escritura extractada. Santiago, 09 febrero de 2022.
Información societaria
Capital
Acciones
100
Socios (2)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
RODRIGO ARTURO LÓPEZ PIZARRO Accionista 12.xxx.xxx-8 | 12.xxx.xxx-8 | 99% | - |
Accionista 76.965.877-7 | 76.965.877-7 | 1% | - |
Administradores (1)
RODRIGO ARTURO LÓPEZ PIZARRO
Representación legal (1)
RODRIGO ARTURO LÓPEZ PIZARRO
Texto oficial del extracto
JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA, Titular 43ª Notaría, Huérfanos 835, piso 18, Santiago; certifico: Por escritura de 06 Octubre 2020, ante mí, RODRIGO ARTURO LÓPEZ PIZARRO, cirujano dentista, C.I. N° 12.479.578-8, por sí y en representación de “RALP SpA”, RUT N° 76.965.877-7, ambos Avda. Tobalaba N° 5299, comuna de Ñuñoa; modificaron estatutos “INSTITUTO NACIONAL DE ORTODONCIA SpA”, nombre de fantasía de “INO SpA”, RUT N° 99.583.690-4. El extracto de constitución se inscribió a fojas 38.775, N° 28.824, Registro Comercio Santiago, año 2004.- Los actuales y únicos socios accionistas de “INSTITUTO NACIONAL DE ORTODONCIA SpA” son las siguientes personas: a) don RODRIGO ARTURO LÓPEZ PIZARRO, Noventa y nueve acciones; y, b) la sociedad “RALP SpA”, Una Acción, según registro de accionistas que el Notario que autoriza certifica haber tenido a la vista y acordaron reformar pacto social en los siguientes términos: 1) Modificar Título Tercero estatutos sociales, sustituyéndolo por el siguiente: “TÍTULO TERCERO. ARTÍCULO DÉCIMO CUARTO (A): Administración: Sin perjuicio de las facultades que correspondan a las Juntas de Accionistas en conformidad a estos estatutos y a las normas legales y reglamentarias pertinentes, la sociedad será administrada por un Directorio compuesto por cinco miembros, sean o no accionistas, que serán elegidos por la Junta de Accionistas.- Los Directores durarán un año en sus funciones y se renovarán en su totalidad al final del período respectivo, pudiendo ser reelegidos indefinidamente.- ARTICULO DÉCIMO CUARTO (B): Los Directores continuarán en sus funciones después de expirado su período si se retrasare o no se celebrare la Junta de Accionistas llamada a efectuar la renovación.- En este último caso, el Directorio deberá convocar dentro del plazo de treinta días a una Junta para hacer los nombramientos correspondientes.- ARTÍCULO DÉCIMO CUARTO (C): Si se produjere la vacancia de un director, deberá procederse a la renovación total del Directorio en la próxima Junta de Accionistas que deba celebrar la sociedad, y en el intertanto, el Directorio deberá nombrar un reemplazante. ARTÍCULO DÉCIMO CUARTO (D): En su primera sesión después de cada elección, el Directorio elegirá de su seno un Presidente y un Vicepresidente.- A falta del Presidente, desempeñará su función el Vicepresidente.- Actuará de secretario del Directorio el Gerente o la persona especialmente designada al efecto.- ARTÍCULO DÉCIMO CUARTO (E): El Directorio determinará los días y horas en que deba reunirse en sesión ordinaria, las que se celebrarán, a lo menos, una vez cada tres meses, salvo que por acuerdo del Directorio se declare en receso por un período de vacaciones.- Habrá sesiones extraordinarias cada vez que las cite el Presidente por iniciativa propia o a petición de dos o más Directores.- No requerirá citación para las sesiones ordinarias del Directorio.- La citación a sesiones extraordinarias se practicará mediante un aviso enviado por medio de correo electrónico, debiendo en tanto sea posible utilizarse medios de certificación electrónica que garanticen la fidelidad en cuanto al origen de estos y certeza de la recepción de tales comunicaciones.- Este plazo podrá reducirse a veinticuatro horas de anticipación, si la comunicación fuere entregada personalmente al Director por el Gerente de la Sociedad.- La citación a sesión extraordinaria deberá contener una referencia de las materias a tratarse en ella, la cual podrá omitirse si a la sesión concurriere la unanimidad de los Directores de la sociedad.- No será necesario acreditar la citación ante terceros.- ARTÍCULO DÉCIMO CUARTO (F): El Directorio podrá celebrar sesiones con un quórum de tres miembros.- Los acuerdos deberán tomarse con y los votos conformes de, a lo menos, tres Directores.- El Presidente de la sociedad o el que presida la reunión de Directorio tendrá voto dirimente en caso de empate en las votaciones del mismo.- ARTÍCULO DÉCIMO CUARTO (G): Cuando algún Director tuviere interés por sí o como representante de otra persona en un acuerdo, acto o contrato determinados, las operaciones respectivas deberán ser informadas y conocidas y podrán ser aprobadas por el Directorio sólo si se ajustan a condiciones de equidad similares a las que sean habituales en el mercado.- Para determinar si un Director tiene interés en una negociación, acto, contrato u operación, se estará a lo que dispone la ley y el reglamento.- ARTÍCULO DÉCIMO CUARTO (H): Las deliberaciones y acuerdos del Directorio se escriturarán en un libro de actas por cualesquiera medios, siempre que estos ofrezcan seguridad de que no podrá haber intercalaciones, supresiones o cualesquiera otra adulteración que pueda afectar la fidelidad del acta.- El acta será firmada por los Directores que hubieren concurrido a la sesión.- Si alguno de ellos falleciere o se o imposibilitare por cualquier causa para firmar el acta correspondiente, se dejará constancia en la misma de la respectiva circunstancia o impedimento.- Se entenderá aprobada el acta desde el momento de su firma, conforme a lo expresado en los incisos precedentes.- El Director que o quiera salvar su responsabilidad por algún acto o acuerdo del Directorio, deberá hacer constar su oposición, debiendo o darse cuenta de ello en la próxima Junta Ordinaria de Accionistas por el que presida.- El Director que estimare que un acta adolece de inexactitudes u omisiones, tiene el derecho de estampar, antes de firmarla, las salvedades correspondientes.- ARTÍCULO DÉCIMO CUARTO (I): El Directorio representa a la sociedad judicial y extrajudicialmente y para el cumplimiento del objeto social, lo que no será necesario acreditar ante terceros.- Está investido de todas las facultades de administración y disposición que la ley o los estatutos no establezcan como privativas de la Junta de Accionistas, sin perjuicio de la representación legal que compete al Gerente o de las facultades que el propio Directorio le otorgue.- El Directorio podrá delegar parte de sus facultades en los gerentes, subgerentes o abogados de la sociedad, en un director o en una comisión de directores y, para objetos especialmente determinados, en otras personas.- ARTÍCULO DÉCIMO CUARTO (J): Los miembros del Directorio percibirán por el desempeño de sus funciones la remuneración que anualmente fije la Junta de Accionistas”.- 2) Modificar el Título Cuarto de los estatutos sociales, sustituyéndolo por el siguiente: “TÍTULO CUARTO.- Presidente, Vicepresidente y Gerente.- ARTÍCULO DÉCIMO QUINTO: El Presidente lo será del Directorio, de la Junta de Accionistas y de la sociedad y sus atribuciones serán las contempladas en la ley, en el Reglamento y en estos estatutos.- A falta del Presidente, este será reemplazado por el Vicepresidente.- ARTÍCULO DÉCIMO SEXTO: El Directorio designará un Gerente, quien a la vez será secretario de la Junta de Accionistas y del Directorio, salvo que designe especialmente a otra persona para estos efectos.- Son atribuciones y deberes del Gerente: a) Estudiar todos los negocios que convengan a la sociedad, gestionarlos y llevarlos a efecto con arreglo a las instrucciones y acuerdos del Directorio.- b) Servir de Secretario del Directorio y de las Juntas de Accionistas y llevar los correspondientes libros de actas de las sesiones,- c) Dirigir la marcha de todos los establecimientos de la sociedad y hacer valer los derechos de esta en los negocios con extraños en que tenga participación.- d) Representar judicialmente a la sociedad, en conformidad a la ley.- e) Tomar la representación extrajudicial de la sociedad en todos los actos y contratos o que haya necesidad de celebrar, de acuerdo con el mandato que le otorgue el Directorio.- f) Fiscalizar la conducta de todos los empleados de la sociedad, inspeccionar todos los negocios dentro y fuera del domicilio social, corregir los defectos que notare en su' funcionamiento y proponer al Directorio medidas de mayor importancia que el caso requiera.- g) En general, administrar los negocios sociales de acuerdo con las normas que imparta el Directorio y dar cumplimiento a los acuerdos que este adopte, pudiendo conferir poderes especiales para este objeto, previa autorización del Directorio.- Don RODRIGO ARTURO LÓPEZ PIZARRO, C.I. N° 12.479.578-8, renuncia al cargo de Adminis trador de “INSTITUTO NACIONAL DE ORTODONCIA SpA”.- Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 15 DE OCTUBRE DEL 2020.
Información societaria
Capital
Acciones
100
Socios (2)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
RODRIGO ARTURO LÓPEZ PIZARRO Accionista 12.xxx.xxx-8 | 12.xxx.xxx-8 | 99 acc. | - |
Accionista 76.965.877-7 | 76.965.877-7 | 1 acc. | - |
Administradores (5)
RODRIGO ARTURO LÓPEZ PIZARRO
Representación legal (1)
RODRIGO ARTURO LÓPEZ PIZARRO
Historia societaria relatada
- Constitución
Se deja constancia de la constitución original de la sociedad inscrita en el Registro de Comercio de Santiago en 2004.
- Cambio de administrador· 6 de octubre de 2020
Rodrigo Arturo López Pizarro renuncia al cargo de administrador.
RODRIGO ARTURO LÓPEZ PIZARRO
Texto oficial del extracto
JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA, Titular 43ª Notaría, Huérfanos 835, piso 18, Santiago; certifico: Por escritura de 06 Octubre 2020, ante mí, RODRIGO ARTURO LÓPEZ PIZARRO, cirujano dentista, C.I. N° 12.479.578-8, por sí y en representación de “RALP SpA”, RUT N° 76.965.877-7, ambos Avda. Tobalaba N° 5299, comuna de Ñuñoa; modificaron estatutos “INSTITUTO NACIONAL DE ORTODONCIA SpA”, nombre de fantasía de “INO SpA”, RUT N° 99.583.690-4. El extracto de constitución se inscribió a fojas 38.775, N° 28.824, Registro Comercio Santiago, año 2004.- Los actuales y únicos socios accionistas de “INSTITUTO NACIONAL DE ORTODONCIA SpA” son las siguientes personas: a) don RODRIGO ARTURO LÓPEZ PIZARRO, Noventa y nueve acciones; y, b) la sociedad “RALP SpA”, Una Acción, según registro de accionistas que el Notario que autoriza certifica haber tenido a la vista y acordaron reformar pacto social en los siguientes términos: 1) Modificar Título Tercero estatutos sociales, sustituyéndolo por el siguiente: “TÍTULO TERCERO. ARTÍCULO DÉCIMO CUARTO (A): Administración: Sin perjuicio de las facultades que correspondan a las Juntas de Accionistas en conformidad a estos estatutos y a las normas legales y reglamentarias pertinentes, la sociedad será administrada por un Directorio compuesto por cinco miembros, sean o no accionistas, que serán elegidos por la Junta de Accionistas.- Los Directores durarán un año en sus funciones y se renovarán en su totalidad al final del período respectivo, pudiendo ser reelegidos indefinidamente.- ARTICULO DÉCIMO CUARTO (B): Los Directores continuarán en sus funciones después de expirado su período si se retrasare o no se celebrare la Junta de Accionistas llamada a efectuar la renovación.- En este último caso, el Directorio deberá convocar dentro del plazo de treinta días a una Junta para hacer los nombramientos correspondientes.- ARTÍCULO DÉCIMO CUARTO (C): Si se produjere la vacancia de un director, deberá procederse a la renovación total del Directorio en la próxima Junta de Accionistas que deba celebrar la sociedad, y en el intertanto, el Directorio deberá nombrar un reemplazante. ARTÍCULO DÉCIMO CUARTO (D): En su primera sesión después de cada elección, el Directorio elegirá de su seno un Presidente y un Vicepresidente.- A falta del Presidente, desempeñará su función el Vicepresidente.- Actuará de secretario del Directorio el Gerente o la persona especialmente designada al efecto.- ARTÍCULO DÉCIMO CUARTO (E): El Directorio determinará los días y horas en que deba reunirse en sesión ordinaria, las que se celebrarán, a lo menos, una vez cada tres meses, salvo que por acuerdo del Directorio se declare en receso por un período de vacaciones.- Habrá sesiones extraordinarias cada vez que las cite el Presidente por iniciativa propia o a petición de dos o más Directores.- No requerirá citación para las sesiones ordinarias del Directorio.- La citación a sesiones extraordinarias se practicará mediante un aviso enviado por medio de correo electrónico, debiendo en tanto sea posible utilizarse medios de certificación electrónica que garanticen la fidelidad en cuanto al origen de estos y certeza de la recepción de tales comunicaciones.- Este plazo podrá reducirse a veinticuatro horas de anticipación, si la comunicación fuere entregada personalmente al Director por el Gerente de la Sociedad.- La citación a sesión extraordinaria deberá contener una referencia de las materias a tratarse en ella, la cual podrá omitirse si a la sesión concurriere la unanimidad de los Directores de la sociedad.- No será necesario acreditar la citación ante terceros.- ARTÍCULO DÉCIMO CUARTO (F): El Directorio podrá celebrar sesiones con un quórum de tres miembros.- Los acuerdos deberán tomarse con y los votos conformes de, a lo menos, tres Directores.- El Presidente de la sociedad o el que presida la reunión de Directorio tendrá voto dirimente en caso de empate en las votaciones del mismo.- ARTÍCULO DÉCIMO CUARTO (G): Cuando algún Director tuviere interés por sí o como representante de otra persona en un acuerdo, acto o contrato determinados, las operaciones respectivas deberán ser informadas y conocidas y podrán ser aprobadas por el Directorio sólo si se ajustan a condiciones de equidad similares a las que sean habituales en el mercado.- Para determinar si un Director tiene interés en una negociación, acto, contrato u operación, se estará a lo que dispone la ley y el reglamento.- ARTÍCULO DÉCIMO CUARTO (H): Las deliberaciones y acuerdos del Directorio se escriturarán en un libro de actas por cualesquiera medios, siempre que estos ofrezcan seguridad de que no podrá haber intercalaciones, supresiones o cualesquiera otra adulteración que pueda afectar la fidelidad del acta.- El acta será firmada por los Directores que hubieren concurrido a la sesión.- Si alguno de ellos falleciere o se o imposibilitare por cualquier causa para firmar el acta correspondiente, se dejará constancia en la misma de la respectiva circunstancia o impedimento.- Se entenderá aprobada el acta desde el momento de su firma, conforme a lo expresado en los incisos precedentes.- El Director que o quiera salvar su responsabilidad por algún acto o acuerdo del Directorio, deberá hacer constar su oposición, debiendo o darse cuenta de ello en la próxima Junta Ordinaria de Accionistas por el que presida.- El Director que estimare que un acta adolece de inexactitudes u omisiones, tiene el derecho de estampar, antes de firmarla, las salvedades correspondientes.- ARTÍCULO DÉCIMO CUARTO (I): El Directorio representa a la sociedad judicial y extrajudicialmente y para el cumplimiento del objeto social, lo que no será necesario acreditar ante terceros.- Está investido de todas las facultades de administración y disposición que la ley o los estatutos no establezcan como privativas de la Junta de Accionistas, sin perjuicio de la representación legal que compete al Gerente o de las facultades que el propio Directorio le otorgue.- El Directorio podrá delegar parte de sus facultades en los gerentes, subgerentes o abogados de la sociedad, en un director o en una comisión de directores y, para objetos especialmente determinados, en otras personas.- ARTÍCULO DÉCIMO CUARTO (J): Los miembros del Directorio percibirán por el desempeño de sus funciones la remuneración que anualmente fije la Junta de Accionistas”.- 2) Modificar el Título Cuarto de los estatutos sociales, sustituyéndolo por el siguiente: “TÍTULO CUARTO.- Presidente, Vicepresidente y Gerente.- ARTÍCULO DÉCIMO QUINTO: El Presidente lo será del Directorio, de la Junta de Accionistas y de la sociedad y sus atribuciones serán las contempladas en la ley, en el Reglamento y en estos estatutos.- A falta del Presidente, este será reemplazado por el Vicepresidente.- ARTÍCULO DÉCIMO SEXTO: El Directorio designará un Gerente, quien a la vez será secretario de la Junta de Accionistas y del Directorio, salvo que designe especialmente a otra persona para estos efectos.- Son atribuciones y deberes del Gerente: a) Estudiar todos los negocios que convengan a la sociedad, gestionarlos y llevarlos a efecto con arreglo a las instrucciones y acuerdos del Directorio.- b) Servir de Secretario del Directorio y de las Juntas de Accionistas y llevar los correspondientes libros de actas de las sesiones,- c) Dirigir la marcha de todos los establecimientos de la sociedad y hacer valer los derechos de esta en los negocios con extraños en que tenga participación.- d) Representar judicialmente a la sociedad, en conformidad a la ley.- e) Tomar la representación extrajudicial de la sociedad en todos los actos y contratos o que haya necesidad de celebrar, de acuerdo con el mandato que le otorgue el Directorio.- f) Fiscalizar la conducta de todos los empleados de la sociedad, inspeccionar todos los negocios dentro y fuera del domicilio social, corregir los defectos que notare en su funcionamiento y proponer al Directorio medidas de mayor importancia que el caso requiera.- g) En general, administrar los negocios sociales de acuerdo con las normas que imparta el Directorio y dar cumplimiento a los acuerdos que este adopte, pudiendo conferir poderes especiales para este objeto, previa autorización del Directorio.- 3) Agregar el siguiente Artículo Cuarto Transitorio al Artículo Trigésimo Sexto de estatutos sociales: “ARTÍCULO CUARTO TRANSITORIO: El Primer Directorio de la sociedad estará compuesto por siguientes directores RODRIGO ARTURO LÓPEZ PIZARRO, C.I. N° 12.479.578-8, RICARDO FONFRIA SALGADO, C.I. N° 11.639.238-0, MARÍA ISABEL PIZARRO PINEDA, C.I. N° 9.306.901.-3, CLAUDIO ALEJANDRO PÉREZ INDO, C.I. N° 12.853.013-4, y MARÍA JOSÉ MUÑOZ ORTEGA, C.I. N° 16.359.301-7”.- Don RODRIGO ARTURO LÓPEZ PIZARRO, C.I. N° 12.479.578-8, renuncia al cargo de Administrador de “INSTITUTO NACIONAL DE ORTODONCIA SpA”.- Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 09 Octubre 2020.
Información societaria
Objeto social
La prestación de servicios de capacitación
Texto oficial del extracto
RAÚL UNDURRAGA LASO, Notario Público, titular 29° Notaría Santiago, Mac Iver 225 oficina 302, Santiago, certifico: Que con fecha 20 de febrero de 2020, Repertorio N°899-2020, ante el Notario suplente don ENRIQUE MIRA GAZMURI, se redujo a escritura pública Junta Extraordinaria de Accionistas INSTITUTO NACIONAL DE ORTODONCIA CAPACITACIÓN SpA, inscrita a fojas 19.927, N° 13.080, Registro Comercio Santiago, 2013, siguiente sentido: A) Modifica Objeto: Accionistas acordaron modificar objeto de la sociedad en términos de indicar que el objeto será la prestación de servicios de capacitación B) Modificación Estatutos: En consecuencia, se modificó artículo cuarto estatutos como sigue: “ARTICULO CUARTO: Objeto social: el objeto de la sociedad será la prestación de servicios de capacitación”. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 28 de febrero de 2020.
Información societaria
Representación legal (4)
HERNAN FRANCISCO RODRÍGUEZ FLORES
HERNAN FRANCISCO RODRÍGUEZ FLORES
HERNAN FRANCISCO RODRÍGUEZ FLORES
HERNAN FRANCISCO RODRÍGUEZ FLORES
Historia societaria relatada
- Cambio de capital· 11 de octubre de 2019
Modificación de capital y compraventa de acciones de la sociedad.
Texto oficial del extracto
JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA, Notario Público, Titular 43° Notaría de Santiago, Huérfanos 835, piso 18, Santiago, certifico: Por escritura 11 Diciembre 2019, ante mí, HERNAN FRANCISCO RODRÍGUEZ FLORES, abogado, C.I. N° 12.256.998-5, Avenida Tobalaba 5299, Ñuñoa, en representación de ARTURO DEL CARMEN LÓPEZ SAAVEDRA, empleado, C.I. N° 5.763.043-4; de doña SARA DE LAS MERCEDES PIZARRO ÁVILA, pensionada, C.I. N° 5.101.655-6; de don RODRIGO ARTURO LÓPEZ PIZARRO, cirujano dentista, C.I. N° 12.479.578-8 y de “ RALP SpA”, RUT N° 76.965.877-7, todos Avda. Tobalaba 5299, Ñuñoa; sanea escritura de Modificación de Capital y Compraventa de Acciones de INSTITUTO NACIONAL DE ORTODONCIA SpA de fecha 11 Octubre 2019, otorgada ante el Notario de Santiago don JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA, con oficio en calle Huérfanos 835 - Piso 18, Santiago. Un extracto de dicha escritura se inscribió fuera de los plazos establecidos por la Ley a fojas 87.977, N° 43.252, en el Registro de Comercio de Santiago, correspondiente al año 2019; y no se publicó dentro de los plazos legales, incurriendo, de esa forma, en un vicio de nulidad absoluta.- Involuntariamente en el extracto inscrito a fojas 87.977, N° 43.252, Registro Comercio Santiago, 2019, se han cometido errores que se subsanan en esta escritura en el sentido que en las partes donde dice: “INVERSIONES HUMBOLDT SpA” debe decir: “INSTITUTO NACIONAL DE ORTODONCIA SpA”.- Al inscribir y publicar el presente extracto, se sanea de esa forma el vicio en el cual se incurrió.- SANTIAGO, 11 de Diciembre 2019.-
Información societaria
Capital
Capital total
$1.609.000
Capital pagado
$1.609.000
Capital pendiente
$0
Acciones
100
Socios (2)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
RODRIGO ARTURO LÓPEZ PIZARRO Accionista 12.xxx.xxx-8 | 12.xxx.xxx-8 | 99% | $1.593.000 |
Accionista 76.965.877-7 | 76.965.877-7 | 1% | $16.000 |
Representación legal (1)
RODRIGO ARTURO LÓPEZ PIZARRO
Historia societaria relatada
- Cambio de capital· 11 de octubre de 2019
Se modifica el artículo transitorio del capital social y la composición accionaria, quedando el capital en $1.609.000 dividido en 100 acciones.
RODRIGO ARTURO LÓPEZ PIZARRO · ARTURO DEL CARMEN LÓPEZ SAAVEDRA · SARA DE LAS MERCEDES PIZARRO ÁVILA · RALP SpA
- Cesión de derechos· 11 de octubre de 2019
Arturo del Carmen López Saavedra cede 5 acciones a Rodrigo Arturo López Pizarro.
ARTURO DEL CARMEN LÓPEZ SAAVEDRA · RODRIGO ARTURO LÓPEZ PIZARRO
- Cesión de derechos· 11 de octubre de 2019
Sara de las Mercedes Pizarro Ávila cede 4 acciones a Rodrigo Arturo López Pizarro.
SARA DE LAS MERCEDES PIZARRO ÁVILA · RODRIGO ARTURO LÓPEZ PIZARRO
- Cesión de derechos· 11 de octubre de 2019
Sara de las Mercedes Pizarro Ávila cede 1 acción a RALP SpA.
Texto oficial del extracto
JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA, Titular 43ª Notaría, Huérfanos 835, piso 18, Santiago; certifico: Por escritura 11 Octubre 2019, ante mí, ARTURO DEL CARMEN LÓPEZ SAAVEDRA, empleado, C.I. N° 5.763.043-4; SARA DE LAS MERCEDES PIZARRO ÁVILA, pensionada, C.I. N° 5.101.655-6, y RODRIGO ARTURO LÓPEZ PIZARRO, cirujano dentista, C.I. N° 12.479.578-8, por sí y en representación de “RALP SpA”, RUT N° 76.965.877-7, todos Avenida Tobalaba N° 5.29 9, comuna de Ñuñoa; modificaron Artículo Primero Transitorio estatutos “INSTITUTO NACIONAL DE ORTODONCIA SpA”, nombre de fantasía de “INO SpA”, RUT N° 99.583.690-4, sustituyéndolo por el siguiente: ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO. El capital social establecido en el artículo 5° asciende a $1.609.000 .- que se divide y representa en 100 acciones nominativas, ordinarias de una sola serie, sin valor nominal, que se suscriben y pagan de la siguiente manera: a) RODRIGO ARTURO LÓPEZ PIZARRO, 90 acciones, íntegramente suscritas y pagadas; b) ARTURO DEL CARMEN LÓPEZ SAAVEDRA, 5 acciones, íntegramente suscritas y pagadas; y, c) SARA DE LAS MERCEDES PIZARRO ÁVILA, 5 acciones, íntegramente suscritas y pagadas. COMPRAVENTA DE ACCIONES. ARTURO DEL CARMEN LÓPEZ SAAVEDRA, vendió, cedió y transfirió a RODRIGO ARTURO LÓPEZ PIZARRO, quien compró, aceptó y adquirió para sí, 5 Acciones de “INVERSIONES HUMBOLDT SpA”, y que representan el 5% del capital accionario. SARA DE LAS MERCEDES PIZARRO ÁVILA, vendió, cedió y transfirió a RODRIGO ARTURO LÓPEZ PIZARRO, quien compró, aceptó y adquirió para sí, 4 Acciones de “INVERSIONES HUMBOLDT SpA”, y que representan el 4% del capital accionario. SARA DE LAS MERCEDES PIZARRO ÁVILA, vendió, cedió y transfirió a “RALP SpA”, debidamente representada, cuyo representante compró, aceptó y adquirió para la sociedad, 1 Acción de “INSTITUTO NACIONAL DE ORTODONCIA SpA”, que representa el 1% del capital accionario. CAPITAL: $1.609.000.- dividido en 100 acciones nominativas, ordinarias, de una sola serie, sin valor nominal, totalmente suscrito y pagado por el accionista RODRIGO ARTURO LÓPEZ PIZARRO, 99 acciones, pagadas e ingresadas en este acto y en dinero efectivo a la caja social; y, por la accionista “RALP SpA”, 1 acción, pagados e ingresados en este acto y en dinero efectivo a la caja social. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 06 Noviembre 2019.
Información societaria
Socios (3)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
RODRIGO ARTURO LÓPEZ PIZARRO Accionista 12.xxx.xxx-8 | 12.xxx.xxx-8 | - | - |
ARTURO DEL CARMEN LÓPEZ SAAVEDRA Accionista 5.xxx.xxx-4 | 5.xxx.xxx-4 | - | - |
SARA DE LAS MERCEDES PIZARRO ÁVILA Accionista 5.xxx.xxx-6 | 5.xxx.xxx-6 | - | - |
Historia societaria relatada
- Transformación· 28 de diciembre de 2018
Se otorgó escritura de transformación de INVERSIONES HUMBOLDT LIMITADA a sociedad por acciones.
RODRIGO ARTURO LÓPEZ PIZARRO · ARTURO DEL CARMEN LÓPEZ SAAVEDRA · SARA DE LAS MERCEDES PIZARRO ÁVILA
Texto oficial del extracto
JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA, Abogado, Notario Público, Titular 43ª Notaría de Santiago, Huérfanos 835, piso 18, Santiago; certifico: Por escritura de 29 Enero 2019, ante mí, RODRIGO ARTURO LÓPEZ PIZARRO, chileno, casado, cirujano dentista, C.I. N° 12.479.578-8, ARTURO DEL CARMEN LÓPEZ SAAVEDRA, chileno, casado, empleado, C.I. N° 5.763.043-4, y SARA DE LAS MERCEDES PIZARRO ÁVILA, chilena, casada, actúa bajo articulo 150 Código Civil, pensionada, C.I. N° 5.101.655-6, todos Avda. Tobalaba 5299, Ñuñoa; conforme Ley Nº 19.499, corrigieron y sanearon con esta fecha, escritura pública de transformación de sociedad, otorgada con fecha 28 Diciembre 2018, ante el Notario Público de Santiago Juan Ricardo San Martín Urrejola, con oficio en calle Huérfanos número 835, piso 18, Santiago de la sociedad “INVERSIONES HUMBOLDT LIMITADA”, nombre de fantasía “HUMBOLDT LTDA.”, RUT N° 99.583.690-4, en sociedad por acciones, cuyo nombre será “INVERSIONES HUMBOLDT SpA”, nombre de fantasía “HUMBOLDT SpA”. Un extracto de la misma se inscribió a fojas 6.327, número 3.445, del Registro de Comercio del año 2019 del Conservador de Bienes Raíces de Santiago. Vicio consistió en no haberse publicado extracto de escritura de transformación social dentro de los plazos establecidos por la Ley.- Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 01 Febrero 2019.
Información societaria
Historia societaria relatada
- Transformación· 28 de diciembre de 2018
La sociedad INSTITUTO NACIONAL DE ORTODONCIA LIMITADA se transforma en sociedad por acciones.
INSTITUTO NACIONAL DE ORTODONCIA LIMITADA
Texto oficial del extracto
JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA, Abogado, Notario Público, Titular 43ª Notaría Huérfanos 835, piso 18, Santiago; certifico: Por escritura de 29 Enero 2019, ante mí, RODRIGO ARTURO LÓPEZ PIZARRO, chileno, casado, cirujano dentista, C.I. N° 12.479.578-8, ARTURO DEL CARMEN LÓPEZ SAAVEDRA, chileno, casado, empleado, C.I. N° 5.763.043-4, y SARA DE LAS MERCEDES PIZARRO ÁVILA, chilena, casada, actúa bajo articulo 150 Código Civil, pensionada, C.I. N° 5.101.655-6, todos Avda. Tobalaba 5299, Ñuñoa; conforme Ley Nº 19.499, corrigieron y sanearon con esta fecha, escritura pública de transformación otorgada con fecha 28 Diciembre 2018, ante el Notario Público de Santiago Juan Ricardo San Martín Urrejola, con oficio en calle Huérfanos número 835, piso 18, Santiago, de sociedad “INSTITUTO NACIONAL DE ORTODONCIA LIMITADA”, nombre de fantasía “INO LTDA.”, RUT N° 99.583.690-4, en sociedad por acciones, cuyo nombre será “INSTITUTO NACIONAL DE ORTODONCIA SpA”, nombre de fantasía “INO SpA”. Un extracto de la misma se inscribió a fojas 6.376, número 3.471, del Registro de Comercio del año 2019 del Conservador de Bienes Raíces de Santiago. Vicio consistió en no haberse publicado extracto de escritura de transformación social dentro de los plazos establecidos por la Ley.- Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 01 Febrero 2019.
Información societaria
Representación legal (3)
RODRIGO ARTURO LÓPEZ PIZARRO
ARTURO DEL CARMEN LÓPEZ SAAVEDRA
SARA DE LAS MERCEDES PIZARRO ÁVILA
Historia societaria relatada
- Transformación· 28 de diciembre de 2018
Se otorgó escritura de transformación de Inmobiliaria Nazcar Limitada a sociedad por acciones.
RODRIGO ARTURO LÓPEZ PIZARRO · ARTURO DEL CARMEN LÓPEZ SAAVEDRA · SARA DE LAS MERCEDES PIZARRO ÁVILA
Texto oficial del extracto
JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA, Abogado, Notario Público, Titular 43ª Notaría de Santiago, Huérfanos 835, piso 18, Santiago; certifico: Por escritura de 29 Enero 2019, ante mí, RODRIGO ARTURO LÓPEZ PIZARRO, chileno, casado, cirujano dentista, C.I. N° 12.479.578-8, ARTURO DEL CARMEN LÓPEZ SAAVEDRA, chileno, casado, empleado, C.I. N° 5.763.043-4, y SARA DE LAS MERCEDES PIZARRO ÁVILA, chilena, casada, actúa bajo articulo 150 Código Civil, pensionada, C.I. N° 5.101.655-6, todos Avda. Tobalaba 5299, Ñuñoa; conforme Ley Nº 19.499, corrigieron y sanearon con esta fecha, escritura pública de transformación otorgada con fecha 28 Diciembre 2018, ante el Notario Público de Santiago Juan Ricardo San Martín Urrejola, con oficio en calle Huérfanos número 835, piso 18, Santiago, de sociedad “INMOBILIARIA NAZCAR LIMITADA”, nombre de fantasía “NAZCAR LTDA.”, RUT N° 99.583.690-4, en sociedad por acciones, cuyo nombre será “INMOBILIARIA NAZCAR SpA”, nombre de fantasía “NAZCAR SpA”. Un extracto de la misma se inscribió a fojas 6.430, número 3.502, del Registro de Comercio del año 2019 del Conservador de Bienes Raíces de Santiago. Vicio consistió en no haberse publicado extracto de escritura de transformación social dentro de los plazos establecidos por la Ley.- Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 01 Febrero 2019.
Información societaria
Objeto social
La prestación de servicios profesionales, asesorías, educación y comercialización en las diversas ramas de la medicina y odontología y la realización de cualquiera otra actividad profesional derivada o relacionada, en la actualidad o en el futuro con ellas, en forma directa o mediante convenios, sea particulares o beneficiarios del Fondo de Salud o Institutos de Salud Previsional, Servicios de Bienestar o de Organismos del sector público, municipal o privado, nacionales o extranjeros. Se comprende también, dentro del objeto social, las actividades de los profesionales paramédicos y odontológicos, como asimismo toda otra actividad que se relacione directa o indirectamente con los objetos sociales y cualquier otro negocio que acordaren los socios incluida la compraventa, administración y comercialización de toda clase de bienes muebles, incluyendo toda forma de comunicación a distancia, electrónica o por internet, y la explotación en cualquiera de sus formas de bienes raíces, locales o establecimientos comerciales y predios agrícolas, y la ejecución de actos de comercio en general; la inversión en bienes raíces y muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, derechos en sociedades, bonos, debentures, títulos de crédito; la administración de inmuebles y la realización de cualquiera otra actividad civil o comercial relacionada con el giro ya mencionado que los socios acuerden.
Capital
Capital total
$1.000.000
Capital pagado
$1.000.000
Capital pendiente
$0
Acciones
100
Socios (3)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
RODRIGO ARTURO LÓPEZ PIZARRO Accionista 12.xxx.xxx-8 | 12.xxx.xxx-8 | 90% | $900.000 |
ARTURO DEL CARMEN LÓPEZ SAAVEDRA Accionista 5.xxx.xxx-4 | 5.xxx.xxx-4 | 5% | $50.000 |
SARA DE LAS MERCEDES PIZARRO ÁVILA Accionista 5.xxx.xxx-6 | 5.xxx.xxx-6 | 5% | $50.000 |
Administradores (1)
RODRIGO ARTURO LOPEZ PIZARRO
Historia societaria relatada
- Transformación· 28 de diciembre de 2018
La sociedad INSTITUTO NACIONAL DE ORTODONCIA LIMITADA se transforma en sociedad por acciones.
RODRIGO ARTURO LÓPEZ PIZARRO · ARTURO DEL CARMEN LÓPEZ SAAVEDRA · SARA DE LAS MERCEDES PIZARRO ÁVILA
Texto oficial del extracto
JUAN RICARDO SAN MARTIN URREJOLA, Titular 43ª Notaría, Huérfanos 835, piso 18, Santiago; certifico: Por escritura de 28 Diciembre 2018, ante mi Suplente HUMBERTO PRIETO CONCHA, RODRIGO ARTURO LÓPEZ PIZARRO, chileno, casado, cirujano dentista, C.I. N° 12.479.578-8, ARTURO DEL CARMEN LÓPEZ SAAVEDRA, chileno, casado, empleado, C.I. N° 5.763.043-4, y SARA DE LAS MERCEDES PIZARRO ÁVILA, chilena, casada, actúa bajo articulo 150 Código Civil, pensionada, C.I. N° 5.101.655-6, todos Avda. Tobalaba 5299, Ñuñoa; transformaron sociedad “INSTITUTO NACIONAL DE ORTODONCIA LIMITADA”, nombre de fantasía “INO LTDA.”, RUT N° 99.583.690-4, en sociedad por acciones, cuyo nombre será “INSTITUTO NACIONAL DE ORTODONCIA SpA”, nombre de fantasía “INO SpA”. DOMICILIO: La sociedad tendrá como domicilio la ciudad de Santiago, sin perjuicio de las sucursales, agencias o representaciones que se establezcan en otras ciudades del país y/o en el extranjero, previa autorización de los organismos competentes. DURACIÓN: Indefinida. OBJETOS: La prestación de servicios profesionales, asesorías, educación y comercialización en las diversas ramas de la medicina y odontología y la realización de cualquiera otra actividad profesional derivada o relacionada, en la actualidad o en el futuro con ellas, en forma directa o mediante convenios, sea particulares o beneficiarios del Fondo de Salud o Institutos de Salud Previsional, Servicios de Bienestar o de Organismos del sector público, municipal o privado, nacionales o extranjeros. Se comprende también, dentro del objeto social, las actividades de los profesionales paramédicos y odontológicos, como asimismo toda otra actividad que se relacione directa o indirectamente con los objetos sociales y cualquier otro negocio que acordaren los socios incluida la compraventa, administración y comercialización de toda clase de bienes muebles, incluyendo toda forma de comunicación a distancia, electrónica o por internet, y la explotación en cualquiera de sus formas de bienes raíces, locales o establecimientos comerciales y predios agrícolas, y la ejecución de actos de comercio en general; la inversión en bienes raíces y muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, derechos en sociedades, bonos, debentures, títulos de crédito; la administración de inmuebles y la realización de cualquiera otra actividad civil o comercial relacionada con el giro ya mencionado que los socios acuerden. CAPITAL: $1.000.000 dividido en 100 acciones nominativas, ordinarias, de una sola serie, sin valor nominal, se suscribe por el accionista RODRIGO ARTURO LÓPEZ PIZARRO, 90 acciones, pagados e ingresados en este acto y en dinero efectivo a la caja social; por el accionista ARTURO DEL CARMEN LÓPEZ SAAVEDRA, 5 acciones, pagados e ingresados en este acto y en dinero efectivo a la caja social; y, por la accionista SARA DE LAS MERCEDES PIZARRO ÁVILA, 5 acciones, pagados e ingresados en este acto y en dinero efectivo a la caja social. ADMINISTRACIÓN: La administración, representación de la sociedad y el uso de la razón social recaerán en un Administrador, cargo que será asumido por don RODRIGO ARTURO LOPEZ PIZARRO, con la totalidad de las facultades detalladas en escritura que extracto. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 21 Enero 2019.
Actuaciones recientes
- MODIFICACIÓN
INVERSIONES HUMBOLDT SpA
CVE 2086788
- MODIFICACIÓN
INMOBILIARIA NAZCAR SpA
CVE 2086786
- MODIFICACIÓN
INSTITUTO NACIONAL DE ORTODONCIA SpA
CVE 1835944
- MODIFICACIÓN
INSTITUTO NACIONAL DE ORTODONCIA SpA
CVE 1830143
- MODIFICACIÓN
INSTITUTO NACIONAL DE ORTODONCIA CAPACITACIÓN SpA
CVE 1735353
