Sociedad por Acciones99.514.020-9

Globalpesca SpA

MODIFICACIÓN — 8 jun 2019

Diario Oficial

ModificaciónDiario Oficial · 2019-06-08Ver PDF (CVE 1602530)

Información societaria

SpA

Objeto social

El desarrollo de la actividad pesquera en todas sus actividades y fases, comprendiendo la actividad pesquera extractiva de toda clase de recursos hidrobiológicos, ya sea dentro de la zona económica exclusiva chilena, inclusive aguas interiores continentales, como fuera de dichas aguas, tanto en la altamar como en aguas jurisdiccionales de terceros países. Se entienden comprendidas dentro del giro todas las actividades inherentes a esa explotación. La sociedad podrá efectuar total o parcialmente su giro, directamente o por medio de otra u otras sociedades de las que forme parte o constituya al efecto.

Socios (2)

NombreParticipación

Inversiones Globalpesca Limitada

Accionista

-

ACL Limited

Accionista

-

Texto oficial del extracto

ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Notario Público Titular, 36° Notaría de Santiago, La Concepción N° 65, piso 2, comuna de Providencia, certifica: que con fecha 17 de mayo de 2019 se redujo a escritura pública otorgada ante la Notario Suplente Karina Alejandra Flores Muñoz, con repertorio número 15.431-2019, acta de junta extraordinaria de accionistas de GLOBALPESCA SpA, en adelante la “Sociedad”, celebrada con fecha 17 de mayo de 2019, ante la señalada Notario Suplente, mediante la cual Inversiones Globalpesca Limitada y ACL Limited, en su calidad de únicos y actuales accionistas la Sociedad, acordaron modificar el objeto de la Sociedad, reemplazando el artículo Tercero por el siguiente: “Artículo Tercero: El objeto de la sociedad será el desarrollo de la actividad pesquera en todas sus actividades y fases, comprendiendo la actividad pesquera extractiva de toda clase de recursos hidrobiológicos, ya sea dentro de la zona económica exclusiva chilena, inclusive aguas interiores continentales, como fuera de dichas aguas, tanto en la altamar como en aguas jurisdiccionales de terceros países. Se entienden comprendidas dentro del giro todas las actividades inherentes a esa explotación. La sociedad podrá efectuar total o parcialmente su giro, directamente o por medio de otra u otras sociedades de las que forme parte o constituya al efecto.” Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 03 de junio de 2019.

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