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Sociedad Anónima96.999.640-5

Servicio Integral de Encargo S.A.

MODIFICACIÓN — 16 jun 2021

Diario Oficial

ModificaciónDiario Oficial · 2021-06-16Ver PDF (CVE 1961232)

Información societaria

S.A.

Objeto social

Dedicarse a la cobranza, normalización y regularización de créditos, efectuar evaluaciones y análisis comerciales de empresas y personas, prestación de servicios de distribución, logística, de especies y formación, cartas, actas, datos u otros, y de prestación de servicios de recaudación de valores, documentación y otros; prestación de servicios de recursos humanos de todo orden, servicios administrativos, o toda clase de gestiones, cualesquiera que sean y que tengan relación con las antes indicadas. Servicios veterinarios y sanitarios en general: asistencia veterinaria, aseo de animales, salón de belleza para animales, venta de suministros y medicamentos para animales, venta de comida para animales.

Texto oficial del extracto

JUAN LUIS SAIZ DEL CAMPO, Notario Público Titular de la Vigésima Octava Notaria de Santiago, con oficio en Avenida Recoleta 377, certifico que: por escritura hoy 31 de mayo 2021, otorgada ante mí, don MARCOS CASTRO WIREN, chileno, casado, empresario, C.I.6.062.587-5, domiciliado en calle El Roble N°865, Recoleta, reduce a escritura Acta de La Junta Extraordinaria de Accionistas de Servicio Integral de Encargo S.A. RUT 96.999.640-5, de fecha 31 de mayo de 2021, los accionistas acuerdan modificar el Artículo Primero del Estatuto Social por el siguiente: Artículo Primero. Se constituye una sociedad anónima cerrada con el nombre y razón social de “PetsBoy S.A.”, se modifica el Artículo Cuarto del Estatuto Social referido al Objeto Social por el siguiente: Artículo Cuarto: El objeto de la sociedad será: Dedicarse a la cobranza, normalización y regularización de créditos, efectuar evaluaciones y análisis comerciales de empresas y personas, prestación de servicios de distribución, logística, de especies y formación, cartas, actas, datos u otros, y de prestación de servicios de recaudación de valores, documentación y otros; prestación de servicios de recursos humanos de todo orden, servicios administrativos, o toda clase de gestiones, cualesquiera que sean y que tengan relación con las antes indicadas. Servicios veterinarios y sanitarios en general: asistencia veterinaria, aseo de animales, salón de belleza para animales, venta de suministros y medicamentos para animales, venta de comida para animales. Santiago, 31 mayo 2021. Juan Luis Saiz del Campo, Notario Público Titular de la Vigésima Octava Notaria de Santiago.

ModificaciónDiario Oficial · 2018-12-05Ver PDF (CVE 1506439)

Información societaria

S.A.
Administración: Directorio compuesto por cinco miembros titulares y cinco suplentes elegidos por la Junta de Accionistas

Socios (3)

NombreParticipación

Needish Limitada

Accionista

-

Inversiones San Francisco S.A.

Accionista

-

Inmobiliaria e Inversiones San Vicente SpA.

Accionista

-

Texto oficial del extracto

JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA, Notario Público Titular de la Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago, con oficio en Huérfanos 835, piso 18, comuna y ciudad de Santiago: Certifica que con fecha 21 de noviembre de 2018, ante mi se redujo a escritura pública Junta Extraordinaria de Accionistas de SERVICIOS DE ENCARGO Y DELIVERY S.A., sociedad inscrita a fojas 53.109 N° 39.072 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2011; junta celebrada el 16 de noviembre del 2018 con asistencia de las sociedades accionistas Needish Limitada, Inversiones San Francisco S.A, e Inmobiliaria e Inversiones San Vicente SpA., las que acordaron por unanimidad; entre otros: A) Modificar el Artículo Décimo de los Estatutos Sociales, en cuanto a la incorporación de la figura del Director suplente. Designación de los mismos, sustituyéndola por la siguiente: “ARTÍCULO DÉCIMO: La sociedad será administrada por un directorio compuesto por cinco miembros Titulares y cinco Suplentes, elegidos por la Junta de Accionistas, que podrán ser o no accionistas.”, y B) Modificar el Artículo Décimo Quinto de los Estatutos Sociales en el sentido de modificar los quorum para sesionar y adoptar acuerdos referidos a materias especiales y privativas del directorio, sustituyéndola por la siguiente: “ARTÍCULO DÉCIMO QUINTO: Para que el directorio pueda celebrar sesión, se requerirá la concurrencia de la mayoría absoluta de sus miembros. Los acuerdos del Directorio se adoptarán con el voto favorable de la mayoría absoluta de los Directores presentes, salvo los acuerdos que, según la Ley o estos estatutos, requieran de una mayoría Superior. Para aquellas materias que se indican a continuación se requerirá un quórum especial de a lo menos cuatro de los cinco directores tanto para celebrar la sesión como para adoptar los acuerdos: a) La aprobación de cualquier tipo de endeudamiento por parte de la Sociedad que implique comprometer o endeudar a la sociedad en un monto superior al 20% del patrimonio financiero de la sociedad, ni otorgar garantías reales o personales que excedan a dicho porcentaje; b) La aprobación de cualquier contrato con partes relacionadas; c) La formación de nuevas sociedades o filiales y la aprobación de acuerdos que impliquen adquirir acciones o derechos en otras sociedades; d) La aprobación de contratos fuera del curso ordinario del negocio de la Sociedad, cualquiera sea su monto; e) La contratación de los Gerentes de la Sociedad y la fijación de sus remuneraciones, beneficios y condiciones de trabajo, así como también la designación de los apoderados de la sociedad y sus facultades; f) La aprobación del presupuesto anual de la Sociedad; g) El nombramiento o cambio de los auditores externos de la Sociedad y la fijación de sus honorarios; h) La adopción, terminación o modificación de cualquier plan de beneficios laborales que otorgue beneficios que excedan de los que establece la ley; i) La aprobación de cualquier política tributaria, de tratamiento de gastos, de imputación de créditos fiscales, u otras similares, que difiera de la que haya estado en aplicación o de la propuesta por los Auditores de la Sociedad; j) La aprobación de la distribución de dividendos provisorios y el cambio en la política de distribución de dividendos. Para estos efectos los Accionistas acuerdan que la sociedad distribuirá anualmente dividendos equivalentes a un 30% de las utilidades de cada ejercicio, k) El pago de bonos o remuneraciones de los directores, l) La aprobación de contratos por los que se ceda toda o parte de la administración de la sociedad a terceras personas, m) La aprobación de nuevos proyectos que involucren una inversión superior a trescientos millones de pesos. n) La aprobación de aumentos del capital de la sociedad, aprobar la transformación, fusión, o cualquier tipo de reorganización corporativa de la misma.”; demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago 26 de noviembre de 2018.

Actuaciones recientes

  1. MODIFICACIÓN

    Servicio Integral de Encargo S.A.

    CVE 1961232

  2. MODIFICACIÓN

    SERVICIOS DE ENCARGO Y DELIVERY S.A.

    CVE 1506439

Relaciones societarias

EmpresaPersonaDiario Oficial