Sociedad AnónimaDisuelta96.915.360-2

Turismo La Araucana S.A.

DISOLUCIÓN — 12 ene 2017

Diario Oficial

DisoluciónDiario Oficial · 2017-01-12Ver PDF (CVE 1166580)

Información societaria

S.A.

Representación legal (1)

Gonzalo Guevara Gimeno

En representación de Servicios Corporativos S.A.

Historia societaria relatada

  1. Cesión de derechos· 8 de noviembre de 2016

    Servicios de Cobranza Corporativos S.A. adquirió 176.302 acciones de Turismo La Araucana S.A.

    Servicios de Cobranza Corporativos S.A. · Corporación de Recreación La Araucana · Servicios Corporativos S.A.

Texto oficial del extracto

COSME FERNANDO GOMILA GATICA, Notario Público, Titular de la Cuarta Notaría de Santiago, Paseo Ahumada N°341, cuarto piso, Santiago, certifico: que por escritura pública de fecha 16 de Diciembre de 2016, Repertorio N° 24.381/2.016, ante don Jorge Lobos Díaz, Notario Suplente, se redujo a escritura pública el Acta de Directorio de la sociedad Turismo La Araucana S.A., celebrada el 24 de Noviembre de 2016, en la que se da cuenta de lo siguiente: I. DISOLUCIÓN DE PLENO DERECHO DE LA SOCIEDAD: El Presidente informó al Directorio que con el objeto de adoptar una estructura organizacional más eficiente, se ha estimado conveniente realizar una fusión entre la sociedad Servicios de Cobranza Corporativos S.A. y la sociedad Turismo La Araucana S.A., mediante la absorción de esta última sociedad por la sociedad de Servicios de Cobranza Corporativos S.A., la cual reunirá en sí la totalidad de los activos, pasivos, derechos, obligaciones, patrimonio y socios y/o accionistas de Turismo La Araucana S.A., la sucederá jurídicamente en todos sus derechos y obligaciones y asumirá la responsabilidad del pago de los impuestos adeudados por Turismo La Araucana S.A., disolviéndose esta última sociedad de pleno derecho. El Presidente dio cuenta a los señores directores que, para efectos de lo anterior, con fecha 08 de Noviembre de 2016, la sociedad Servicios de Cobranza Corporativos S.A., adquirió 176.302 acciones de Turismo La Araucana S.A. de propiedad de Corporación de Recreación La Araucana y de propiedad de la sociedad Servicios Corporativos S.A.. Se hace presente que en forma previa a la referida transferencia, los únicos accionistas de Turismo la Araucana S.A., eran la Corporación de Recreación La Araucana, titular de 38.000 acciones y la sociedad Servicios Corporativos S.A. titular de 138.302 acciones. Como consecuencia de lo anterior, Servicios de Cobranza Corporativos S.A., pasó a ser titular del 100% de las acciones de la Sociedad, cuestión que produce en forma automática y de pleno derecho, la disolución de la Sociedad, por la causal contemplada en el número 2 del artículo 103 de la Ley sobre Sociedades Anónimas, al reunirse, por un período ininterrumpido que exceda de 10 días, todas las acciones de la Sociedad en manos de una sola persona, plazo que se ha cumplido con esta fecha. El Presidente señaló que, en virtud de lo dispuesto en el artículo 108 de la Ley sobre Sociedades Anónimas, el Directorio de la Sociedad debe proceder a consignar el hecho de la disolución de la Sociedad por escritura pública dentro del plazo de treinta días a contar de esta fecha e inscribir en el Registro de Comercio y publicar en el Diario Oficial un extracto de dicha escritura pública y tomar nota al margen de la inscripción social. Por la unanimidad de los miembros del Directorio se acordó consignar por escritura pública, a la brevedad posible, la disolución de la Sociedad por la causal contemplada en el número 2 del artículo 103 de la Ley sobre Sociedades Anónimas, al reunirse todas las acciones en manos de una sola persona, solicitar la inscripción de un extracto de dicha escritura en el Registro de Comercio y la publicación del mismo en el Diario Oficial y finalmente solicitar que se tome nota de este hecho al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago. II. CONTINUADORA LEGAL: En virtud de la disolución de pleno derecho de la Sociedad, de acuerdo a lo consignado anteriormente, Servicios de Cobranza Corporativos S.A. sucederá a la Sociedad en todos sus derechos y obligaciones, continuando con su activo y pasivo, sin solución de continuidad ni necesidad de liquidar la sociedad disuelta, de acuerdo a lo prescrito en el artículo 110 de la Ley sobre Sociedades Anónimas. III. RESPONSABILIDAD DE SERVICIOS DE CBRANZA CORPORATIVOS S.A. DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 69 DEL CÓDIGO TRIBUTARIO: Presente en este acto, don Gonzalo Guevara Gimeno, en representación de la sociedad Servicios Corporativos S.A. y debidamente facultado para ello, declara para efectos de lo dispuesto en el artículo 69 del Código Tributario, que su representada se hace cargo de todos los impuestos que la Sociedad adeude o llegare a adeudar en el futuro, sin perjuicio de la obligación de la Sociedad de efectuar un balance de término de giro a la fecha de la disolución y pagar los impuestos correspondientes de la Ley sobre Impuesto a la Renta dentro del plazo establecido por la disposición legal antes citada. Demás estipulaciones constan en escritura extractada.-cbc.-

Actuaciones recientes

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Relaciones societarias

EmpresaPersonaRelación histórica (no vigente)