Inmobiliaria e Inversiones Ergosum Limitada
Información tributaria (SII)
Tipo de entidad
PERSONA JURIDICA COMERCIAL
Subtipo de sociedad
SOC. RESPONSABILIDAD LIMITADA
Inicio de actividades
Sin inicio de actividades informado por el SII
Actividades económicas
Sin actividades económicas registradas en el SII
Documentos timbrados
Sin documentos timbrados registrados en el SII
Diario Oficial
Información societaria
Capital
Capital total
$1.000.000
Capital pagado
$1.000.000
Capital pendiente
$0
Socios (4)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
Lucia del Carmen Flores Galmez Socio 3.xxx.xxx-9 | 3.xxx.xxx-9 | 70% | - |
Socio 9.xxx.xxx-1 | 9.xxx.xxx-1 | 10% | - |
Socio 9.xxx.xxx-1 | 9.xxx.xxx-1 | 10% | - |
Socio 9.xxx.xxx-9 | 9.xxx.xxx-9 | 10% | - |
Historia societaria relatada
- Fallecimiento· 28 de octubre de 2016
Fallece Eduardo Demetrio Jarry Richardson sin dejar testamento
- Sucesión· 8 de mayo de 2017
Se concede la posesión efectiva intestada de los bienes de Eduardo Demetrio Jarry Richardson
- Otro acto· 9 de mayo de 2019
Se amplía el inventario de la posesión efectiva incorporando los derechos sociales del socio fallecido
- Cambio de administrador· 21 de noviembre de 2019
Se modifica la administración para que actúen conjuntamente dos socios
Lucia del Carmen Flores Galmez · Vivian Jarry Flores · Carol Jarry Flores · Allan Jarry Flores
Texto oficial del extracto
Margarita Moreno Zamorano , abogado, Notario interino de la Vigésima Séptima Notaria de Santiago, Orrego Luco 0153, Providencia, Santiago, certifico que por escritura pública de fecha 10 de Octubre de 2019, ante mí, Doña Lucia del Carmen Flores Galmez ,empresaria , cédula nacional de identidad Nº 3.639.670-9 , San Damián número 521, Santiago; Doña Vivian Jarry Flores, profesora , cédula nacional de identidad número 9.093.918-1, La Golondrina 5122, Santiago; Doña Carol Jarry Flores , Pedagoga Básica, Camino La Bandurria 3460, Santiago , cédula nacional de identidad número 9.094.227-1,y don Allan Jarry Flores, ingeniero comercial, cédula nacional de identidad Nº 9.584.774-9, Paseo del Águila 5044, Santiago, todos los anteriores por sí , y en su calidad de únicos herederos e integrantes de la sucesión de Don Eduardo Demetrio Jarry Richardson, cédula nacional de identidad número 4.102.540-9, fallecido en Santiago, lugar de su último domicilio, a quien representan para todos los efectos legales en el carácter indicado , modificaron la sociedad de responsabilidad limitada “INMOBILIARIA E INVERSIONES ERGOSUM LIMITADA”, inscrita a fojas quince mil seiscientos sesenta y cuatro, número doce mil ciento sesenta y seis del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año mil novecientos noventa y seis, siguiente sentido: PRIMERO: Doña Lucia del Carmen Flores Galmez y don Eduardo Demetrio Jarry Richardson son los únicos socios, en las proporciones de un cincuenta por ciento cada uno de ellos, de INMOBILIARIA E INVERSIONES ERGOSUM LIMITADA, en adelante ERGOSUM. SEGUNDO: Con fecha 28 de octubre del año 2016, falleció en Santiago, lugar de su último domicilio, don Eduardo Demetrio Jarry Richardson, cédula nacional de identidad número 4.102.540-9, sin dejar testamento. Su defunción fue inscrita en la Circunscripción del Registro Civil de Las Condes, bajo el número de inscripción 1.488, Registro dos mil dieciséis.- TERCERO: Por tratarse de una sucesión intestada, la posesión efectiva de sus bienes se tramitó ante el Servicio de Registro Civil e Identificación, Solicitud Número 447 de fecha 13 de abril del año 2017, Folio 000411173055, Número de inscripción 28982 del año 2017.- La Posesión Efectiva fue concedida por el Director Regional de la Región Metropolitana de Santiago, según consta de Resolución Exenta número 32288 de fecha 08 de mayo de 2017, con fecha de Publicación 15 de mayo del año 2017.- CUARTO: Con posterioridad en el mes de mayo del año 2019, se amplió el inventario de dicha posesión efectiva de bienes incorporando los derechos sociales que pertenecían a don Eduardo Demetrio Jarry Richardson en INMOBILIARIA E INVERSIONES ERGOSUM LIMITADA, correspondientes al cincuenta por ciento del total de los derechos sociales, los cuales habían sido omitidos como bienes de la herencia en el primer inventario acompañado al Registro Civil. Esta ampliación de inventario fue autorizada por resolución del nueve de mayo de dos mil diecinueve por el Director Regional de la Región Metropolitana de Santiago, y se efectuó la respectiva publicación de esta ampliación o modificación de inventario el día quince de mayo de dos mil diecinueve en la sección avisos legales de www.cooperativa .cl.- Finalmente se pagó el impuesto de Herencia correspondiente, según formulario 4423 N° 231303, de fecha tres de septiembre de dos mil diecinueve. Otorgándose el Certificado de Pago Total del Impuesto de Herencias. QUINTO : Los comparecientes vienen en señalar que los actuales, y únicos socios de INMOBILIARIA E INVERSIONES ERGOSUM LIMITADA, son los señores: a) Doña Lucia del Carmen Flores Galmez , con un setenta por ciento de los derechos sociales; b) Doña Vivian Jarry Flores, con un diez por ciento de los derechos sociales; c) Doña Carol Jarry Flores con un diez por ciento de los derechos sociales; y d) don Allan Jarry Flores, con un diez por ciento de los derechos sociales.- Todo lo anterior conforme a las reglas hereditarias de la sucesión intestada , al ser estos los únicos herederos del socio fallecido, don Eduardo Demetrio Jarry Richardson. SEXTO: El capital social asciende a la suma de un millón de pesos completamente pagado. SEPTIMO: Se modifica el artículo relativo a la administración y uso de la razón social de la sociedad en el sentido de que la Administración y uso de la razón social corresponderá en el futuro a todos los socios, debiendo actuar cualquiera dos de ellos conjuntamente, con todas las facultades que se indican en los estatutos sociales sin limitación alguna, enumeración que no es taxativa sino meramente ejemplar, no siendo necesario acreditar frente a terceros si los actos o contratos, corresponden o no al giro social. Demás estipulaciones constan de escritura extractada. Santiago 21 de Noviembre de 2019.
Información societaria
Socios (2)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
Lucia del Carmen Flores Galmez Socio 3.xxx.xxx-9 | 3.xxx.xxx-9 | 50% | - |
Eduardo Demetrio Jarry Richardson Socio 4.xxx.xxx-9 | 4.xxx.xxx-9 | 50% | - |
Representación legal (4)
Lucia del Carmen Flores Galmez
Historia societaria relatada
- Cesión de derechos· 6 de octubre de 2016
Eduardo Demetrio Jarry Richardson cedió la totalidad de sus derechos sociales a Vivian Jarry Flores, Carol Jarry Flores y Allan Jarry Flores, ingresando ellos como nuevos socios.
Eduardo Demetrio Jarry Richardson · Vivian Jarry Flores · Carol Jarry Flores · Allan Jarry Flores
- Fallecimiento· 28 de octubre de 2017
Falleció Eduardo Demetrio Jarry Richardson sin dejar testamento.
- Cesión de derechos· 17 de octubre de 2017
Se resciliaron y dejaron sin efecto las cesiones de derechos sociales, retornando los derechos cedidos al patrimonio de Eduardo Demetrio Jarry Richardson.
Eduardo Demetrio Jarry Richardson · Vivian Jarry Flores · Carol Jarry Flores · Allan Jarry Flores
- Cambio de administrador· 17 de octubre de 2017
Se resciliaron las modificaciones relativas a la administración y al uso de la razón social, dejando vigente el régimen anterior.
Lucia del Carmen Flores Galmez · Eduardo Demetrio Jarry Richardson
Texto oficial del extracto
MARIA LORETO ZALDÍVAR GRASS, abogado, Notario suplente de don Patricio Zaldívar Mackenna, abogado, Notario Público Titular de la Décimo Octava Notaria de Santiago, Bandera número trescientos cuarenta y uno, octavo piso, oficina ochocientos cincuenta y siete, certifico que por escritura pública de hoy ante mí, Doña Lucia del Carmen Flores Galmez, empresaria, cédula nacional de identidad Nº 3.639.670-9, San Damián número 521, Las Condes, Santiago; Doña Vivian Jarry Flores, profesora, cédula nacional de identidad número 9.093.918-1, La Golondrina 5122, Lo Barnechea, Santiago; Doña Carol Jarry Flores, Pedagoga Básica, Camino La Bandurria 3460, Lo Barnechea, Santiago, cédula nacional de identidad número 9.094.227-1, y don Allan Jarry Flores, ingeniero comercial, cédula nacional de identidad Nº 9.584.744-9, Paseo del Águila 5044, Lo Barnechea, Santiago, todos los anteriores por sí, y en su calidad de únicos herederos e integrantes de la sucesión de Don Eduardo Demetrio Jarry Richardson, cédula nacional de identidad número 4.102.540-9, fallecido en Santiago, lugar de su último domicilio, San Damián número 521, Las Condes, Santiago, modificaron la sociedad de responsabilidad limitada “INMOBILIARIA E INVERSIONES ERGOSUM LIMITADA”, inscrita a fojas quince mil seiscientos sesenta y cuatro, número doce mil ciento sesenta y seis del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año mil novecientos noventa y seis, siguiente sentido: PRIMERO: Con fecha 28 de octubre del año 2016, falleció en Santiago, lugar de su último domicilio, don Eduardo Demetrio Jarry Richardson, cédula nacional de identidad número 4.102.540-9, sin dejar testamento. Su defunción fue inscrita en la Circunscripción del Registro Civil de Las Condes, bajo el número de inscripción 1.488, Registro dos mil dieciséis.- SEGUNDO: Por escritura pública de fecha seis de octubre del año 2016, otorgada ante don Cesar Ricardo Sanchez Garcia, suplente del titular don Patricio Zaldívar Mackenna, se modificó la sociedad INMOBILIARIA E INVERSIONES ERGOSUM LIMITADA. Dicha modificación societaria fue inscrita en extracto a fojas 85362 número 45975 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año dos mil dieciséis, y fue publicada con fecha 16 de noviembre del año dos mil dieciséis. TERCERO: En virtud de dicha modificación social don Eduardo Demetrio Jarry Richardson vendió, cedió y transfirió a doña Vivian Jarry Flores, a doña Carol Jarry Flores y a don Allan Jarry Flores, la totalidad de sus derechos sociales, equivalentes al cincuenta por ciento del total de los derechos de la sociedad INMOBILIARIA E INVERSIONES ERGOSUM LIMITADA, en un 17% para doña Vivian Jarry Flores, en un 17% para doña Carol Jarry Flores y en un 16% para don Allan Jarry Flores. De esta forma, se retiraba de la sociedad don Eduardo Demetrio Jarry Richardson, e ingresaban a ella, como nuevos socios, sus tres hijos ya individualizados. Como consecuencia de las cesiones de derechos precedentemente indicadas, la participación social de los socios de INMOBILIARIA E INVERSIONES ERGOSUM LIMITADA quedó distribuida de la siguiente forma: Doña Lucia del Carmen Flores Galmez, con un cincuenta por ciento de los derechos sociales; doña Vivian Jarry Flores, con un diecisiete por ciento de los derechos sociales ; doña Carol Jarry Flores, con un diecisiete por ciento de los derechos sociales; y don Allan Jarry Flores, con un dieciséis por ciento de los derechos sociales. Los socios limitaron su responsabilidad al monto de sus respectivos aportes. CUARTO: En virtud de la escritura que por este acto se extracta, todos los comparecientes actuando por si, y en representación del cedente, en calidad de sucesores o causahabientes del mismo, acuerdan resciliar y dejar sin efecto en todas sus partes la modificación de sociedad que consta de escritura pública de fecha seis de octubre del año 2016, otorgada ante don Cesar Ricardo Sanchez Garcia, suplente del titular don Patricio Zaldívar Mackenna, dejándose en consecuencia sin efecto todas las cesiones de derechos sociales más arriba indicadas , volviendo todos los derechos sociales cedidos al patrimonio de don Eduardo Demetrio Jarry Richardson , quién vuelve a recuperar para si el porcentaje de derechos sociales que cedió en su oportunidad , a doña Vivian Jarry Flores, a doña Carol Jarry y a don Allan Jarry Flores Flores. QUINTO: En virtud de la resciliación de modificación social de INMOBILIARIA E INVERSIONES ERGOSUM LIMITADA, el capital de la sociedad queda distribuido nuevamente en un cincuenta por ciento para doña Lucia del Carmen Flores Galmez y el otro cincuenta por ciento para don Eduardo Demetrio Jarry Richardson, hoy representado por su sucesión hereditaria conformada por doña Lucia del Carmen Flores Galmez , y sus tres hijos matrimoniales , Doña Vivian Jarry Flores; Doña Carol Jarry Flores, y don Allan Jarry Flores.- SEXTO: Del mismo modo , se rescilia y se deja sin efecto la modificación relativa a la administración y uso de la razón social de la sociedad. De esta forma, la administración y el uso de la razón social queda tal como se encontraba antes de la modificación de sociedad que se rescilia, la cual consta de escritura de escritura pública de fecha seis de octubre del año 2016, otorgada ante don Cesar Ricardo Sanchez Garcia, suplente del titular don Patricio Zaldívar Mackenna.- Demás estipulaciones constan de escritura extractada. Santiago 17 de octubre de 2017. Maria Loreto Zaldívar Grass, Notario Suplente.
Información societaria
Socios (4)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
Lucia del Carmen Flores Galmez Socio 3.xxx.xxx-9 | 3.xxx.xxx-9 | 50% | - |
Socio 9.xxx.xxx-1 | 9.xxx.xxx-1 | 17% | - |
Socio 9.xxx.xxx-1 | 9.xxx.xxx-1 | 17% | - |
Socio 9.xxx.xxx-9 | 9.xxx.xxx-9 | 16% | - |
Historia societaria relatada
- Cesión de derechos· 6 de octubre de 2016
Eduardo Demetrio Jarry Richardson cede sus derechos sociales a Vivian Jarry Flores, Carol Jarry Flores y Allan Jarry Flores
Eduardo Demetrio Jarry Richardson · Vivian Jarry Flores · Carol Jarry Flores · Allan Jarry Flores
- Retiro de socio· 6 de octubre de 2016
Se retira de la sociedad Eduardo Demetrio Jarry Richardson
- Incorporación de socio· 6 de octubre de 2016
Se incorporan como nuevos socios Vivian Jarry Flores, Carol Jarry Flores y Allan Jarry Flores
Vivian Jarry Flores · Carol Jarry Flores · Allan Jarry Flores
- Cambio de administrador· 6 de octubre de 2016
Se modifica la administración para que corresponda a todos los socios, actuando dos conjuntamente
Lucia del Carmen Flores Galmez · Vivian Jarry Flores · Carol Jarry Flores · Allan Jarry Flores
Texto oficial del extracto
PATRICIO ZALDIVAR MACKENNA, notario público de la 18ª Notaria de Santiago, con oficio en Bandera 341, oficina 857, de esta ciudad, certifico que por escritura pública de fecha 06 de Octubre de 2016, otorgada ante mi suplente don Cesar Ricardo Sanchez Garcia; Doña Lucia del Carmen Flores Galmez ,empresaria, cédula nacional de identidad Nº 3.639.670-9; Don Eduardo Demetrio Jarry Richardson ,Agente de la Propiedad Industrial, cédula nacional de identidad número 4.102.540- 9, ambos con domiciliado en esta ciudad en calle San Damián número 521; Doña Vivian Jarry Flores chilena, profesora, cédula nacional de identidad número 9.093.918-1, domiciliada en esta ciudad en calle La Golondrina 5122; Doña Carol Jarry Flores , Pedagoga Básica, domiciliada en esta ciudad en calle Camino La Bandurria 3460 Comuna de Lo Barnechea, cédula nacional de identidad número 9.094.227-1,y don Allan Jarry Flores, ingeniero comercial, cédula nacional de identidad Nº 9.584.744-9, domiciliado en esta ciudad en calle Paseo del Águila 5044, modificaron la sociedad de responsabilidad limitada “INMOBILIARIA E INVERSIONES ERGOSUM LIMITADA” , inscrita a fojas quince mil seiscientos sesenta y cuatro, número doce mil ciento sesenta y seis del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año mil novecientos noventa y seis, siguiente sentido: En este acto se retira de la sociedad, don Eduardo Demetrio Jarry Richardson quién vende, cede y transfiere ,a las siguientes personas, los derechos sociales que se indican en cada caso: a) A doña Vivian Jarry Flores, quien adquiere y acepta para sí, el diecisiete por ciento del total de los derechos de la sociedad. El precio de dicha cesión de derechos es la suma de doscientos millones de pesos, que la cesionaria pagará en dinero efectivo dentro del plazo de cinco años a contar de esta fecha, mediante cinco cuotas anuales sucesivas e iguales de cuarenta millones de pesos cada una de ellas, los días treinta de junio de cada año, comenzando el día treinta de junio del año dos mil diecisiete, con un interés anual del cuatro por ciento, lo que es aceptado por el cedente a su entera satisfacción.- b) A doña Carol Jarry Flores, quien adquiere y acepta para sí, el diecisiete por ciento del total de los derechos de la sociedad. El precio de dicha cesión de derechos es la suma de doscientos millones de pesos, que la cesionaria pagará en dinero efectivo dentro del plazo de cinco años a contar de esta fecha, mediante cinco cuotas anuales sucesivas e iguales de cuarenta millones de pesos cada una de ellas, los días treinta de junio de cada año, comenzando el día treinta de junio del año dos mil diecisiete, con un interés anual del cuatro por ciento, lo que es aceptado por el cedente a su entera satisfacción; y c) A don Allan Jarry Flores, quien adquiere y acepta para sí, el dieciséis por ciento del total de los derechos de la sociedad. El precio de dicha cesión de derechos es la suma de doscientos millones de pesos, que el cesionario pagará en dinero efectivo dentro del plazo de cinco años a contar de esta fecha, mediante cinco cuotas anuales sucesivas e iguales de cuarenta millones de pesos cada una de ellas, los días treinta de junio de cada año, comenzando el día treinta de junio del año dos mil diecisiete, con un Documento emitido con Firma Electrónica Avanzada.- Ley Nº 19.799 - Auto acordado de la Excma. Corte Suprema de Chile.- www.cbrchile.cl/notariosy conservadores/ interés anual del cuatro por ciento, lo que es aceptado por el cedente a su entera satisfacción.- Como consecuencia de las cesiones de derechos precedentemente señaladas se retira de la sociedad don Eduardo Demetrio Jarry Richardson, y se incorporan a la sociedad como nuevos socios, doña Vivian Jarry Flores, doña Carol Jarry Flores, y don Allan Jarry Flores, quedando la participación de los socios distribuidas en la siguiente forma: Doña Lucia del Carmen Flores Galmez, con un cincuenta por ciento de los derechos sociales; doña Vivian Jarry Flores, con un diecisiete por ciento de los derechos sociales ; doña Carol Jarry Flores, con un diecisiete por ciento de los derechos sociales ; y don Allan Jarry Flores, con un dieciséis por ciento de los derechos sociales. Los socios limitan su responsabilidad al monto de sus respectivos aportes.-Los nuevos socios de “INMOBILIARIA E INVERSIONES ERGOSUM LIMITADA” modifican el artículo relativo a la administración y uso de la razón social de la sociedad en el sentido de que la Administración y uso de la razón social corresponderá en el futuro a todos los socios, debiendo actuar cualquiera dos de ellos conjuntamente, con todas las facultades que se indican en los estatutos sociales sin limitación alguna, enumeración que no es taxativa sino meramente ejemplar, no siendo necesario acreditar frente a terceros si los actos o contratos, corresponden o no al giro social. En lo no modificado, se mantiene plenamente vigente el estatuto social original. Demás estipulaciones constan escritura extractada. Santiago 27 de octubre de 2016.
Actuaciones recientes
- MODIFICACIÓN
Inmobiliaria e Inversiones Ergosum Limitada
CVE 1689492
- MODIFICACIÓN
INMOBILIARIA E INVERSIONES ERGOSUM LIMITADA
CVE 1300405
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INMOBILIARIA E INVERSIONES ERGOSUM LIMITADA
CVE 1139836
- MODIFICACIÓN
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CVE 1136282
