Bancoestado Microempresas S.a. Asesorías Financieras
Diario Oficial
Información societaria
Texto oficial del extracto
MARIA PILAR GUTIÉRREZ RIVERA, abogado, Notario Público de Santiago, Titular de la 18° Notaría de Santiago, domiciliada en calle Huérfanos N° 669, octavo piso, Certifico que por escritura de fecha 20 de julio de 2021, Repertorio N° 18582-2021, otorgada ante mi Suplente Paula Andrea Luna Sáez, se redujo a escritura pública el Acta de Junta General Extraordinaria de Accionistas de BANCOESTADO MICROEMPRESAS S.A. ASESORÍAS FINANCIERAS, celebrada el 07 de junio de 2021, donde se acordó aprobar la modificación del plazo de duración del Directorio de tres a dos años. Consecuencia de lo anterior, se reforman los estatutos sociales en su artículo octavo: “ARTICULO OCTAVO: La sociedad será administrada por un directorio, sin perjuicio de las facultades de las Juntas de accionistas. Estará compuesto por tres miembros titulares, los que podrán no ser accionistas y ser reelegidos indefinidamente en sus funciones. El Directorio durará un período de dos años, al final del cual deberá renovarse totalmente. La capacidad, inhabilidad, incompatibilidad, derechos, obligaciones y responsabilidades de los Directores se regirán por las normas legales y reglamentarias del caso.” Demás estipulaciones en escritura que extracto. Santiago, 27 de julio de 2021.
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Texto oficial del extracto
PABLO ALBERTO GONZALEZ CAAMAÑO, Notario Público, Titular 9º Notaría Santiago, Teatinos 333, entrepiso, certifico: Por escritura de fecha 08 de octubre de 2018, ante mí, se redujo a escritura pública Acta Junta Extraordinaria de Accionistas de BANCOESTADO MICROEMPRESAS S.A. ASESORÍAS FINANCIERAS, celebrada el 7 de agosto de 2018, donde se acordó reducir el número de miembros del directorio de cuatro a tres. Consecuencia de lo anterior, se reforman los estatutos sociales en el artículo séptimo, quedando como sigue: “ARTICULO OCTAVO: La sociedad será administrada por un directorio, sin perjuicio de las facultades de las Juntas de accionistas. Estará compuesto por 3 miembros titulares, los que podrán no ser accionistas y ser reelegidos indefinidamente en sus funciones. El Directorio durará un período de tres años, al final del cual deberá renovarse totalmente. La capacidad, inhabilidad, incompatibilidad, derechos, obligaciones y responsabilidades de los Directores se regirán por las normas legales y reglamentarias del caso.” Demás estipulaciones en escritura que extracto.
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Texto oficial del extracto
PABLO ALBERTO GONZALEZ CAAMAÑO, Notario Público, Titular 9º Notaría Santiago, Teatinos 333, entrepiso, certifico: Por escritura de fecha 2 de septiembre de 2016, ante mí, se redujo a escritura pública Acta Junta Extraordinaria de Accionistas de BANCOESTADO MICROEMPRESAS S.A. ASESORÍAS FINANCIERAS, celebrada el 11 de agosto de 2016, donde se acordó reformar los estatutos sociales agregando un “Artículo Cuarto Bis”, y complementando el Artículo Décimo Noveno conforme el siguiente tenor: “ARTICULO CUARTO BIS: Los accionistas declaran su interés en que la Sociedad sea una empresa que en el desarrollo del giro de su negocio genere impactos positivos sociales y ambientales, considerando como un todo tanto el negocio como dichos impactos. Los accionistas acuerdan que, entre otros, forma parte del interés social: a) Favorecer los intereses y beneficios tanto de corto como de largo plazo de la Sociedad y de sus accionistas; y b) La debida consideración que los directores, gerentes, apoderados y trabajadores deben darle a aquellas materias que consideren importantes para la Sociedad, incluyendo sin limitación: 1) los intereses y beneficios indicados en el párrafo a) anterior; 2) los efectos sociales, económicos, legales y de otra índole que tenga cualquier acción respecto de accionistas, trabajadores, proveedores y demás personas y organizaciones a quienes la actividad de la Sociedad afecte directamente y de algún modo significativo; y 3) las áreas del medioambiente y la economía directamente afectadas por la actividad de la Sociedad, sea en el ámbito local, regional, nacional o internacional. Sólo los accionistas de la Sociedad tendrán derecho y las acciones para exigir el cumplimiento de lo dispuesto en el presente artículo y en cualquier otra disposición que haga referencia al mismo en estos estatutos o en otro instrumento. A mayor abundamiento, bajo ninguna circunstancia el presente artículo, y cualquier otra disposición de estos estatutos u otro instrumento que apliquen lo dispuesto en él, podrán entenderse, interpretarse y/o aplicarse de un modo que otorgue algún interés, derecho, pretensión, acción, recurso o remedio en favor de alguna persona, natural o jurídica, o entidad distinta de los accionistas. Asimismo, se acordó agregar dentro del Título Sexto de los estatutos sobre “Balance y de la Distribución de las Utilidades”, el siguiente párrafo al final al artículo Décimo Noveno: “Junto con el balance y estados financieros, la administración de la Sociedad deberá rendir cuenta a los accionistas sobre: a) El debido cumplimiento de lo dispuesto en el artículo cuarto bis anterior; y b) Las principales medidas que se han tomado para cumplir con lo establecido en el artículo cuarto bis anterior.” BANCOESTADO MICROEMPRESAS S.A. ASESORÍAS FINANCIERAS se encuentra inscrito a fojas 19225 N°14961 del Registro de Comercio de Santiago de 1996. Demás estipulaciones en escritura que extracto.
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