Sociedad Anónima96.670.540-K

Mks Sociedad S.a.

MODIFICACIÓN — 13 jul 2017

Diario Oficial

ModificaciónDiario Oficial · 2017-07-13Ver PDF (CVE 1240349)

Información societaria

S.A.
Administración: Directorio

Representación legal (1)

David Morales Fuenzalida

En representación de MKS SOCIEDAD S.A.

Historia societaria relatada

  1. Cambio de administrador· 31 de marzo de 2017

    Sesión extraordinaria de directorio en que se trata la renuncia del presidente del directorio, la designación de nuevo presidente, la designación de gerente general y el otorgamiento y revocación de poderes.

    José Demesio Barrueto Barrueto · Pedro Claudio Belmar Stegmann · Alfredo Enrique Palomera García de la Pastora · Gabriel Contesse

  2. Cambio de administrador· 20 de abril de 2015

    Junta ordinaria de accionistas designa al directorio mencionado en el extracto.

    José Demesio Barrueto Barrueto · Pedro Claudio Belmar Stegmann · Alfredo Enrique Palomera García de la Pastora

Texto oficial del extracto

Juan Ricardo San Martín Urrejola, Notario Público, Santiago, Titular 43ª Notaría, Huérfanos 835 piso 18, Santiago certifica, por escritura de fecha 21 de Junio de 2017, ante mí, comparece: Don DAVID MORALES FUENZALIDA, Que debidamente facultado redujo a escritura pública el acta de Sesión Extraordinaria de Directorio de MKS SOCIEDAD S.A., según consta en acuerdo sexto y demás estipulaciones de escritura extractada y celebrada con fecha treinta y uno de marzo de dos mil diecisiete, y declara que se encuentra adherida al Libro de Actas de la sociedad, cuyo tenor es el siguiente: FORMALIDADES DE LA CONVOCATORIA: El Presidente señaló que encontrándose asegurada la asistencia a la sesión, de la totalidad de los directores designados por el acuerdo tercero de la Junta Ordinaria de Accionistas del veinte de abril de dos mil quince, se han omitido las formalidades necesarias para la celebración de la sesión, establecidas por el artículo décimo cuarto de los Estatutos Sociales. REGISTRO DE ASISTENCIA: De acuerdo al Registro respectivo concurrieron a esta Sesión los siguientes directores: uno Don José Demesio Barrueto Barrueto. dos Don Pedro Claudio Belmar Stegmann, y tres Don Alfredo Enrique Palomera García de la Pastora. En consecuencia, se encuentran presentes en la sesión, la totalidad de los directores de la compañía. Además se encuentra presente el Abogado de la empresa Sr. David Morales Fuenzalida. INSTALACION DE LA SESION: Señaló el señor Presidente, que habiéndose completado el quórum necesario, declaraba iniciada la reunión e instalada la Sesión. FIRMA DEL ACTA: Se acordó que el Acta de la presente Sesión sea firmada por todos los asistentes. LECTURA DEL ACTA ANTERIOR. El abogado de la empresa, Sr. Morales hace lectura del acta de la Sesión anterior del pasado trece de enero de dos mil quince, la que es aprobada por unanimidad y sin reparo alguno, sin perjuicio de la validez de sus acuerdos que se produce desde la misma fecha de la sesión aludida. MATERIAS A TRATAR EN LA PRESENTE SESION. Elección de Presidente del Directorio. Designación de Gerente General, y Revocación y otorgamiento de poderes. PUNTO UNO Se señala que el Sr. Presidente del Directorio don José Demesio Barrueto Barrueto ha presentado su renuncia a dicho cargo por razones de carácter personal, por lo cual solicita se acepte tal renuncia y se designe un reemplazante para dicho cargo ACUERDO PRIMERO Tras un breve debate el Directorio expresa que lamenta que el Sr. Barrueto no pueda seguir ejerciendo la Presidencia del Directorio, lo que tan dignamente ha hecho, y expresan su agradecimiento por su abnegada labor en el cargo. Tras votar a viva voz, se designa por unanimidad como Presidente del Directorio a don Pedro Claudio Belmar Stegmann, quien agradece a sus colegas tal designación. PUNTO DOS Se señala que asumiendo la Presidencia de la Compañía el Sr. Belmar, se hace imposible su permanencia en la Gerencia General de la empresa por ser estos cargos incompatibles de acuerdo a la ley y a los Estatutos. De este modo se hace imprescindible la designación de un nuevo Gerente General. ACUERDO SEGUNDO. Tras un breve debate se procede a votar a viva voz y se designa por unanimidad como Gerente General de la Compañía a don Gabriel Contesse, a fin de que asuma este cargo desde hoy. PUNTO TRES. El Sr Presidente explica a la Asamblea que el Gerente General y los demás mandatarios que se designen, cuentan con los poderes, facultades y atribuciones que el Directorio acuerde otorgarle, como lo indica textualmente el artículo vigésimo primero de los Estatutos, por lo que corresponde conferir dichos poderes, facultades y atribuciones. ACUERDO TERCERO: El Directorio unánimemente acuerda revocar los poderes anteriormente otorgados y conferir los siguientes poderes, facultades y atribuciones: ACUERDO CUARTO: El Directorio acuerda unánimemente conferir poder al Gerente General de la empresa Sr. Gabriel Contesse, a fin de que actuando en forma individual y anteponiendo su firma a la razón social, represente a la sociedad con las siguientes facultades: Uno) Concurrir ante toda clase de autoridades, políticas, administrativas, incluso de orden tributario, en especial ante el Servicio de Impuestos Internos, y/o ante la Tesorería General de la República, pudiendo solicitar timbraje de documentación tributaria, suscribir formularios y en general efectuar toda clase de presentaciones, declaraciones, aún obligatorias, peticiones, etcétera, y modificarlas o desistirse de ellas; También podrá comparecer ante autoridades de orden municipal, aduanero, de comercio exterior, etcétera, y en general, ante toda persona de derecho público o privado o instituciones fiscales, semifiscales, de administración autónoma, de previsión, organismos dependientes del Estado o las Municipalidades y de servicios que forman parte de ellos, con toda clase de presentaciones, declaraciones, aún obligatorias, peticiones, etcétera, y modificarlas o desistirse de ellas. El Gerente General podrá delegar todas o algunas de las facultades de este numerando por medio de instrumento privado suscrito ante Notario. Dos) Celebrar contratos de trabajo, colectivos o individuales, contratar y despedir trabajadores, contratar servicios profesionales o técnicos y ponerles término, otorgar finiquitos, pagar sueldos, salarios, gratificaciones, bonificaciones, conceder anticipos, estipular las remuneraciones en moneda nacional o extranjera, pactar viáticos, traslados y demás condiciones que estime convenientes. Tres) Dar y tomar en arrendamiento, administración y concesión de toda clase de bienes corporales o incorporales, raíces o muebles, incluso valores mobiliarios. Cuatro) Celebrar contratos de seguro, pudiendo acordar primas, riesgos, plazos y demás condiciones, cobrar pólizas, endosarlas, cancelarlas, aprobar o impugnar liquidaciones de siniestros, etcétera. Cinco) Recibir en donación, incluso bienes raíces. Seis) Entregar y recibir a/y de las Oficinas de Correos, telégrafos, aduanas o empresas estatales o particulares, de transporte terrestre, marítimo o aéreo, toda clase de correspondencia, certificada o no, piezas postales, giros, reembolsos, cargas, encomiendas, mercaderías, etcétera, dirigidas o consignadas a la sociedad o expeditas por ella. Siete) Representar a la sociedad en todos los juicios y gestiones judiciales en que ésta tenga interés o pueda llegar a tenerlos, ante cualquier Tribunal Ordinario, especial, arbitral o administrativo o de cualquier naturaleza, así intervenga la sociedad como demandada, demandante o tercero, de cualquier especie, pudiendo ejercer toda clase de acciones, sean ellas ordinarias, ejecutivas, especiales, de jurisdicción no contenciosa o de cualquier otra naturaleza, en el ejercicio de este poder judicial queda facultado el mandatario para representar a la sociedad con todas las facultades ordinarias y extraordinarias del mandato judicial, pudiendo desistirse en primera instancia de la acción entablada, contestar demandas, aceptar la demanda contraria, renunciar los recursos o los términos legales, absolver posiciones, transigir, comprometer, otorgar a los árbitros facultades de arbitrador, prorrogar jurisdicción, intervenir en gestiones de conciliación o avenimiento, cobrar y percibir. Ocho) Firmar recibos de dinero y cobrar y percibir cuanto se adeude o se adeudare a la sociedad; endosar y retirar documentos de embarque, pólizas de aduana, certificados consulares, manifiestos y cualquier otro documento que diga relación con la sociedad. Nueve) Celebrar contrato de cuenta corriente mercantil, imponerse de sus movimientos y aprobar y rechazar sus saldos. Diez) Celebrar contratos de transporte, de fletamento, de cambio y de correduría. Once) Celebrar contratos para constituir agentes, comisionistas, distribuidores y concesionarios. Doce) Comprar, vender, permutar y, en general, adquirir y enajenar a cualquier título, toda clase de bienes corporales o incorporales muebles, propios del giro de la empresa. Trece) Dar y tomar bienes en comodato. Catorce) Dar y tomar bienes en mutuo. Quince) Dar y recibir dinero y otros bienes en depósito, sea necesario o voluntario y en secuestro. Dieciséis) Recibir bienes en hipoteca, posponer, alzar y limitar hipotecas constituidas a favor de la sociedad, incluso con cláusula de garantía general. Diecisiete) Recibir en prenda, muebles, valores mobiliarios, derechos, acciones y demás cosas corporales o incorporales, sean en prenda civil, mercantil, warrants de cosas muebles, y otras especiales, y cancelarlas. Dieciocho) Celebrar contratos de transacción, aún respecto de cosa no disputada, incluso inmuebles, ya sea esta judicial o extrajudicialmente. Diecinueve) Celebrar contratos de censo, de renta vitalicia, de avío, de iguala y de anticresis. Veinte) Celebrar contratos de sociedad de cualquier clase u objeto, sean civiles, comerciales, colectivas, anónimas, en comandita, de responsabilidad limitada o de otras especies, constituir o formar parte de comunidades, asociaciones, cuentas en participación, cooperativas u otras; representar a la sociedad con voz y voto en unas y otras, con facultad para modificarlas, ampliarlas, formar otras nuevas de cualquier forma, alterarlas, pedir su disolución o terminación, incluso anticipada, expresar su intención de no continuarla, pedir su liquidación o partición, llevar a cabo una y otra cosa, intervenir en su desarrollo, designar o concurrir a la designación de uno o m s liquidadores, jueces compromisarios, partidores, peritos tasadores, depositarios, síndicos, administradores y demás funcionarios que fueran necesarios, pudiendo señalarles a todos aquellos facultades, obligaciones, remuneraciones, plazos, condiciones, modo de efectuar las liquidaciones o particiones, autorizar a los liquidadores para enajenar y gravar toda clase de bienes sociales, corporales o incorporales, raíces o muebles, incluso valores mobiliarios, actuar como liquidadores o partidores, someter a arbitraje y, en general, ejercitar y renunciar todas las acciones y cumplir todas las obligaciones que a la sociedad correspondan como socia, comunera o accionista de tales sociedades, comunidades, asociaciones, cooperativas, u otras. Veintiuno) Celebrar cualquier otro contrato, nominado o no. Veintidós) Representar a la sociedad en todo lo relacionado con las actuaciones que deban cumplirse ante el Banco Central de Chile y otras autoridades en relación con la importación o exportación de mercaderías. Veintitrés) Solicitar para la sociedad, concesiones administrativas de cualquier naturaleza u objeto. Veinticuatro) Inscribir propiedad intelectual, industrial, nombres comerciales, marcas comerciales y modelos industriales, patentar inventos, deducir oposición o solicitar nulidades y, en general efectuar todas las tramitaciones y actuaciones que sean procedentes en esta materia. Veinticinco) Concurrir ante toda clase de autoridades políticas, administrativas, de orden tributario, aduaneras, municipales, judiciales, o cualquier persona de derecho público o privado, instituciones fiscales, semifiscales, de administración autónoma, organismos, servicios u otros, con toda clase de presentaciones, declaraciones, incluso obligatorias, modificarlas o desistirse de ellas, y Veintiséis) Actuar en licitaciones públicas y/o privadas /las Licitaciones/ con las atribuciones que se enumeran a continuación: /I/ Preparar y presentar ofertas elaboradas de acuerdo con los Pliegos de Bases y Condiciones respectivos, circulares aclaratorias, etc. /en adelante los Documentos de las Licitaciones/; Realizar todas las presentaciones, declaraciones y trámites que sean necesarios ante los Comitentes; Aceptar en forma expresa e incondicional, las cláusulas de los Documentos de las Licitaciones, tomar vista de impugnaciones y/u observaciones de la oferta y contestar las mismas, y en particular firmar la oferta; /II/ Representar a la Sociedad ante cualquier autoridad administrativa con competencia en las Licitaciones sin limitación alguna, con expresa facultad de obligar a la Sociedad; Asumir en forma expresa los compromisos establecidos en los Documentos de las Licitaciones; /III/ Intervenir en todos los actos, etapas y trámites relacionados con las Licitaciones, de acuerdo a los Documentos de las Licitaciones, formular las declaraciones y formalidades necesarias, presentar informes y formularios de todo tipo, declaraciones juradas, cartas, etc; /IV/ Asumir en su caso, junto a las demás personas jurídicas con las que participe en forma solidaria frente a los Comitentes el cumplimiento de las obligaciones contenidas en los Documentos de las licitaciones y el cumplimiento de todas las obligaciones emergentes del Contrato de la Adjudicación en los términos y con los alcances exigidos en los Documentos de las Licitaciones; Unificar personería; Aceptar en forma expresa la jurisdicción que requieran las Licitaciones. /V/ Suscribir Contratos Constitutivos de Sociedad Anónima, Contratos de Unión Transitoria de Empresas, Consorcios, cualquier compromiso de asociación o cuentas en participación y/o acuerdos de vinculación y/o de consorcios y/o compromisos de constitución de unión transitoria de empresas con terceras personas fijando sus términos y condiciones, en los términos exigidos por los Documentos de la Licitaciones, quedando a tal fin facultados para fijar todos sus términos e inclusive para designar y/o aceptar la designación del representante legal de la Sociedad y/o de la Unión Transitoria de Empresas y/o de la Asociación para otorgarle los poderes necesarios, suscribiendo a tal fin todos los instrumentos públicos y/o privados que sean necesarios, realizar todos los trámites y gestiones tendientes a obtener la inscripción y legitimación de la misma ante los registros correspondientes; Negociar, concertar y celebrar todo tipo de compromisos y/o acuerdos con entidades financieras a los fines de estructurar las facilidades crediticias que fueren necesarias a los fines de ejecutar las Licitaciones o los proyecto; Suscribir los documentos necesarios para el otorgamiento, presentación, solicitud, retiro o cancelación de garantías, fianzas y seguros de caución referidos a las Licitaciones, así como los demás instrumentos que requieran los Pliegos y los Documentos de las Licitaciones; Aceptar las adjudicaciones de las Licitaciones, suscribir los contratos de adjudicación, incluyendo sus anexos y modificaciones y actuar en contiendas administrativas y/o judiciales. ACUERDO QUINTO. El Directorio acuerda unánimemente conferir poder al Presidente de la Compañía Sr. Pedro Claudio Belmar Stegmann y al director don Alfredo Enrique Palomera García de la Pastora a fin de que actuando en forma individual, separada e indistinta y anteponiendo su firma a la razón social, represente a la sociedad con las siguientes facultades: Uno) Comprar, vender, permutar y, en general, adquirir y enajenar a cualquier título, toda clase de bienes corporales o incorporales, raíces o muebles, incluso valores mobiliarios. Dos) Dar y recibir bienes en hipoteca, posponer, alzar y limitar hipotecas constituidas a favor de la sociedad, incluso con cláusula de garantía general. Tres) Dar y recibir en prenda, muebles, valores mobiliarios, derechos, acciones y demás cosas corporales o incorporales, sean en prenda civil, mercantil, warrants de cosas muebles, y otras especiales, y cancelarlas, y Cuatro) Caucionar cualquier clase de obligaciones propias o ajenas, sean civiles, naturales, mercantiles, tributarias o de cualquier otra naturaleza, con garantías reales o personales y aceptar toda clase de garantías en beneficio de la sociedad. ACUERDO SEXTO. El Directorio acuerda unánimemente conferir poder al Gerente General don Gabriel Contesse a fin de que actuando en forma conjunta con uno cualquiera de los señores don Rodrigo Henríquez Bascuñán o con doña Javiera Belmar Arancibia y anteponiendo sus firmas a la razón social, representen a la sociedad con las siguientes facultades: Representar a la sociedad ante los Bancos Comerciales o de Fomento, nacionales o extranjeros, estatales o particulares, con las más amplias facultades que puedan necesitarse, darles instrucciones y cometerles comisiones de confianza, abrir cuentas corrientes bancarias de depósito y/o crédito, depositar, girar y sobregirar en ellas, imponerse de sus movimientos y cerrar unas y otras; todo ello tanto en moneda nacional como extranjera; aprobar y objetar sus saldos, retirar talonarios de cheques o cheques sueltos; contratar préstamos, sean como créditos documentarios, avances contra aceptación, sobregiros, créditos en cuentas especiales y otros; arrendar cajas de seguridad, abrirlas y poner término a su arrendamiento, colocar y retirar dineros y valores y/o títulos de cualquier naturaleza tales como, sin que la enumeración sea taxativa, vales vista, certificados de depósito, suscribir pagarés, aceptar letras de cambio, acciones, certificados de participación en fondos mutuos, sea en moneda nacional o extranjeras, en depósito, custodia o garantía y cancelar los certificados respectivos; efectuar operaciones de factoring; efectuar operaciones de leasing; abrir acreditivos en moneda nacional o extranjera; efectuar operaciones de cambio; tomar boletas de garantía y, en general, efectuar toda clase de operaciones bancarias, en moneda nacional o extranjera. ACUERDO SEXTO: Los directores facultan al Asesor Jurídico de la empresa, abogado don David Morales Fuenzalida para que actuando individualmente proceda a re

Actuaciones recientes

  1. MODIFICACIÓN

    MKS SOCIEDAD S.A.

    CVE 1240349

Relaciones societarias

EmpresaPersonaDiario OficialRelación histórica (no vigente)