Instituto Profesional La Araucana SpA
Diario Oficial
Información societaria
Objeto social
Actividades de consultoría de gestión inmobiliaria; compraventa y arriendo de bienes muebles e inmuebles, tanto propios como por cuenta de un tercero; administración de centros recreativos, deportivos o vacacionales; arriendo de instalaciones deportivas; desarrollar planes o programas de carácter recreativo, deportivo, turístico o cultural; administrar becas entregadas por un tercero; prestación de servicios de cobranza judicial o extrajudicial de todo tipo de documentos bancarios, civiles y mercantiles; otras actividades de servicios de apoyo a las empresas NCP; y demás actividades relacionadas directa o indirectamente con el desarrollo del objeto social.
Capital
Capital total
$25.958.618.351
Capital pagado
$25.958.618.351
Capital pendiente
$0
Acciones
10.000
Socios (1)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
Caja de Compensación de Asignación Familiar La Araucana Accionista | - | 100% | - |
Texto oficial del extracto
LUIS IGNACIO MANQUEHUAL MERY, abogado, Notario Público, Titular de la Octava Notaría de Santiago, con oficio en Huérfanos novecientos cuarenta y uno, oficina trescientos dos, Comuna y ciudad de Santiago, certifico: Por Escritura Pública de fecha 27/12/2022, Repertorios 20429/2022 y 20430/2022, y rectificaciones de fecha 23/01/2023, repertorios 1201/2023 y 1202/2023, ante mi, se redujeron conjuntamente a escritura pública las atas de juntas de accionistas de las sociedades Pehuén SpA e Instituto Profesional La Araucana SpA, ambas celebradas en Santiago con fecha 27 de diciembre de 2022, ambas ante el Notario don Luis Ignacio Manquehual Mery. 1) En las Juntas extraordinarias de accionistas de las empresas Pehuén SpA e Instituto Profesional La Araucana se acordó: a) Por este los únicos accionista acuerdan fusionar Pehuén SpA por absorción con la sociedad Instituto Profesional La Araucana SpA RUT 96.635.520-4, de tal forma que la nueva empresa mantendrá el nombre de la sociedad absorbida, es decir Pehuén SpA, manteniendo el RUT de la sociedad absorbente es decir el N° 96.635.520-4. b) Se deja expresa constancia por ambas partes que, si bien la fusión de acuerda con esta fecha, esta se materializará a partir del 31 de diciembre de 2022. c) Que con motivo de la Fusión y en virtud de lo dispuesto en el artículo noventa y nueve de la ley dieciocho mil cuarenta y seis, sobre sociedades anónimas, y artículo cuatrocientos veinticuatro del Código de Comercio, que rigen supletoriamente a las sociedades por acciones Instituto Profesional La Araucana SpA, (la cual se pasará a llamar Pehuén SpA) es la sucesora y continuadora legal de Pehuén SpA, compañía a la que sucede en todos sus derechos y obligaciones, quedando incorporados en Instituto Profesional La Araucana SpA la totalidad del patrimonio y accionistas de Pehuén SpA. De esta forma, por el solo ministerio de la ley, se han incorporado a Instituto Profesional La Araucana SpA todos los activos, pasivos, patrimonio, bienes y derechos con sus correspondientes garantías, derechos accesorios y otros de Pehuén SpA, como asimismo sus permisos, autorizaciones, patentes, registros, inscripciones, beneficios de cualquier clase y créditos de cualquier naturaleza. Sin perjuicio de lo anterior, deberá solicitarse a las instituciones, servicios, organismos, registros y autoridades que correspondan, las autorizaciones, cambios de nombre, registros o inscripciones, modificaciones, anotaciones y demás actos y otros particulares que sean pertinentes, en todos aquellos casos que así se requieran, con el objeto de que todos los activos, pasivos, patrimonio, bienes y derechos con sus correspondientes garantías, sean debidamente inscritos, registrados, anotados u otorgados a nombre de Instituto Profesional La Araucana SpA, la cual según los nuevos estatutos se llamará Pehuén SpA. d) Como efecto de la Fusión por absorción, han quedado incorporados a Instituto Profesional La Araucana SpA, los accionistas de Pehuén SpA, quedando esta última disuelta con fecha 31 de diciembre de 2022, todo conforme a lo establecido en el artículo noventa y nueve de la Ley número dieciocho mil cuarenta y seis sobre Sociedades Anónimas. e) La sociedad que incorpora, Instituto Profesional La Araucana SpA, (la cual se pasará a llamar Pehuén SpA) representada por la compareciente, como sucesora y continuadora legal de Pehuén SpA, para efecto de lo dispuesto en el artículo sesenta y nueve del Código Tributario, se hace responsable y se obliga a pagar todos los impuestos que adeudare o pudiese llegar a adeudar Pehuén SpA, especialmente, aquellos impuestos que resultaren del respectivo balance de término que deberá confeccionar Pehuén SpA, en virtud del mencionado artículo sesenta y nueve del Código Tributario. La representante de Instituto Profesional La Araucana SpA (la cual se pasará a llamar Pehuén SpA), acepta la declaración de responsabilidad tributaria contenida en el presente numeral. f) En razón de la Fusión, Instituto Profesional La Araucana SpA, en este acto asume a su favor y de su cuenta todas las operaciones comerciales y contables relativas a los activos, pasivos, bienes, derechos, patentes, permisos y concesiones de Pehuén SpA, que en virtud de la Fusión se radican en ella. Instituto Profesional La Araucana SpA declara haber recibido materialmente con esta fecha los bienes, derechos, obligaciones, patentes, permisos y concesiones que conforman los activos y pasivos de Pehuén SpA, activos y pasivos que figuran en los libros de esta última al mes de diciembre de dos mil veintidós, como asimismo todos los activos y pasivos que Pehuén SpA adquirió o contrajo a la misma fecha antes señalada. g) Conforme a lo indicado en esta cláusula, el único accionista de Pehuén SpA, deja de en este acto de tener acciones en la sociedad fusionada, la cual son suscritas en su totalidad por Caja de Compensación de Asignación Familiar La Araucana, la cual incorporado a Instituto Profesional La Araucana SpA por efecto de la Fusión, con la cantidad de diez mil acciones, lo que constituye el 100% de la propiedad. h) Los comparecientes declaran que de acuerdo al artículo ciento cincuenta y seis del Reglamento de Sociedades Anónimas, no es necesaria la elaboración de informes de peritos, ya que las sociedades no están sujetas a la fiscalización de la Comisión para el Mercado Financiero y la fusión es aprobada por la unanimidad de los accionistas y socios de las sociedades fusionadas. i) En este acto, también se aprueban los nuevos estatutos de la empresa fusionada y el balance de la empresa fusionada. 2) Se acuerdan los nuevos estatutos de la sociedad fusionada Pehuen SpA, que son los siguientes: Razón Social. El nombre de la sociedad será “PEHUÉN SpA” pudiendo actuar para todos los efectos e incluso ante bancos, bajo el nombre de fantasía “Pehuén SpA”. Objeto. La Sociedad tiene por objeto: a) Actividades de consultoría de gestión inmobiliaria; b) compraventa y arriendo de bienes muebles e inmuebles, tanto ya sea estos sean propios o por cuenta de un tercero; c) Administración de centros recreativos, deportivos o vacacionales; d) Arriendo de instalaciones deportivas; e) Desarrollar planes o programas de carácter recreativo, deportivo, turístico o cultural, pudiendo organizar y llevar a la práctica su ejecución; f) Administrar becas que se le entreguen en administración por parte de un tercero, sea este persona natural o jurídica; g) La prestación de servicios de cobranza judicial o extrajudicial de todo tipo de documentos bancarios, civiles y mercantiles, o de cualquier clase de instrumento en que consten obligaciones; h) Otras actividades de servicios de apoyo a las empresas NCP; i) Las demás actividades relacionadas directa o indirectamente, en la actualidad o en el futuro, con el desarrollo del objeto social, pudiendo prestar servicios de cualquier naturaleza en relación con su giro social, celebrando toda clase de actos y contratos que conduzcan al cumplimiento de su objeto; Artículo Tercero. Domicilio. Provincia de Santiago, sin perjuicio del establecimiento de agencias, sucursales u oficinas en el resto del país o en el extranjero. Artículo Cuarto. Duración. La duración de la sociedad será indefinida. Capital, El capital de la sociedad será la suma de $25.958.618.351, dividido en diez mil acciones nominativas, de una sola serie, sin valor nominal, todas suscritas en un 100% por Caja de Compensación de Asignación Familiar La Araucana. Administración: directorio compuesto de cuatro miembros que no requerirán ser accionistas. Demás estipulaciones escritura extractada.
Información societaria
Capital
Capital total
$25.958.618.351
Acciones
522.639
Socios (1)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
Accionista | - | 100% | - |
Texto oficial del extracto
JUAN CRISTIAN BERRIOS CASTRO, abogado, Notario Suplente del Titular de la Octava Notaría de Santiago, señor Luís Ignacio Manquehual Mery, ambos domiciliados en calle Huérfanos 941, oficina 302, comuna y ciudad de Santiago; certifico: Que por escritura pública de fecha 22/06/2022, Repertorio N° 9633/2022, ante el titular, don Andro Piña Abarzúa redujo a reducir a escritura pública acta de Junta General Extraordinaria de Accionistas del Instituto Profesional La Araucana SpA. Asistencia: Se deja constancia que asiste la totalidad de los accionistas con derecho a voto de la sociedad: PEHUÉN SpA. En su representación concurre don Giovanni Figuerola Pollarolo. Verificado el quórum y los poderes respectivos por parte del señor Presidente, los que se calificaron como suficientes y conformes, se establece lo siguiente: Formalidades: Se deja constancia que no se efectuaron las formalidades de convocatoria por existir la certeza de que concurriría a la Junta la totalidad de las acciones con derecho a voto, como efectivamente ocurrió. Se acuerda asimismo que el acta de la presente sesión sea firmada por todos los accionistas asistentes. El señor Presidente señala que estando presente la totalidad de las acciones suscritas y pagadas, declara instalada la Junta y abierta la sesión. El señor Presidente, expresa que el objeto de la presente junta es evaluar la posibilidad de disolver anticipadamente la sociedad, nombrar una comisión liquidadora y aumentar el capital, con el objeto de provisionar recursos para el proceso de disolución. dos.- Tras considerar todas las variables que implica un acuerdo de disolución y liquidación, la administración propone que PEHUEN único accionista, a través de su administración realice un aumento de capital, con el objeto de cubrir todos aquellos gastos de cierre que se encuentran pendientes de ejecución, los cuales se encuentran provisionados en sus estados financieros, cantidad de dinero que ascienden a 3.788.900.000, Dividida en 378.890, esta cifra deberá ser enterada dentro del plazo de tres años, a contar de la fecha de la presente junta. ACUERDOS; B.- En relación con el precio de las nuevas acciones, el Presidente entregó a los accionistas información amplia y razonada de los elementos de valoración de las acciones y su tratamiento contable. El Presidente atendidas las condiciones de mercado a la fecha, propone a los accionistas un valor de colocación de diez mil pesos, por acción. En consecuencia, la Junta acuerda por unanimidad de sus acciones emitidas aprobar que el precio de colocación de las acciones de pago que deberá emitir la Sociedad, con ocasión del aumento de capital acordado en esta Junta, sea a un valor de diez mil pesos.- por valor unitario de la nueva acción. Adicionalmente, y considerando el hecho que se encuentra presente la totalidad de las acciones emitidas por la Sociedad con derecho a voto, se informó que no es necesario efectuar la publicación que se requiere de conformidad con la Ley y el artículo veintisiete del Reglamento de Sociedades Anónimas. En este sentido, se deja constancia que, al estar presentes la unanimidad de las acciones emitidas, el aviso de opción de suscripción preferente se entiende haber sido comunicado a los accionistas en la presente junta, por lo que el plazo de treinta días para ejercer la opción de suscripción preferente correrá desde la fecha de la asamblea. Se deja constancia que el accionista PEHUEN SpA, en su calidad de accionista unitario suscribirá el cien por ciento de las nuevas acciones. Sustituir el Artículo Cuarto de los Estatutos Sociales, referente al capital social, para adecuarlo al presente aumento de capital, quedando de la siguiente forma: “CAPITAL Y ACCIONES” ARTICULO CUARTO: El capital de la Compañía es la suma de $25.958.618.351.- dividido en 522.639, acciones nominativas, de una sola serie, sin valor nominal. En todo lo no modificado por la presente reforma de estatutos, los socios acuerdan dejar plenamente vigentes las demás estipulaciones del pacto social. Demás estipulaciones escritura extractada.
Información societaria
Objeto social
Crear, organizar, administrar, mantener y sostener un instituto profesional, denominado “Instituto Profesional La Araucana”; impartir enseñanza; otorgar títulos profesionales de aquellos que no requieran licenciatura y títulos técnicos de nivel superior; realizar capacitación educacional; formar centros de investigación, estudio o experimentación; desarrollar actos culturales, educacionales o de perfeccionamiento técnico y humanístico, y cualquier otra actividad que colabore o atienda a la consecución de este objeto, en ámbito nacional e internacional.
Capital
Capital total
$22.169.718.351
Capital pagado
$22.169.718.351
Capital pendiente
$0
Acciones
143.749
Administradores (3)
Andro Piña Abarzúa
Giovanni Figuerola Pollarolo
Francisco Javier Sepúlveda Ramírez
Texto oficial del extracto
LUÍS IGNACIO MANQUEHUAL MERY, abogado, Notario Público titular de la Octava Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos novecientos cuarenta y uno oficina trescientos dos, comuna y ciudad de Santiago, certifico que por escritura pública de fecha 17/01/2020, Repertorio N° 1029/2020, ante mi, se redujo a escritura pública el acta de la Junta General Extraordinaria de Accionistas de la sociedad INSTITUTO PROFESIONAL LA ARAUCANA S.A., celebrada el día 27 de diciembre de 2019, en la que los accionistas por unanimidad acordaron modificar la sociedad, en los siguientes términos 1) Aumentar el capital social en la suma de $1.829.818.247 (mil ochocientos veintinueve millones ochocientos dieciocho mil doscientos cuarenta y siete pesos) quedando el capital social en la suma de $22.169.718.351 (veintidós mil ciento sesenta y nueve millones setecientos dieciocho mil trescientos cincuenta y un pesos), divididos en 143.749 acciones nominativas sin valor nominal, por lo cual se emitirán 11.865 acciones nuevas de pago, sin valor nominal, de una sola serie. 2) Transformar la sociedad en una SpA (sociedad por acciones) en los siguientes términos: TITULO PRIMERO: Nombre, domicilio, objeto y duración; ARTICULO PRIMERO: Se constituye una sociedad por acciones con el nombre de “INSTITUTO PROFESIONAL LA ARAUCANA SpA.” que tendrá su domicilio en la comuna y ciudad de Santiago, sin perjuicio de los establecimientos, agencias, sucursales y representaciones que el Directorio acuerde establecer en otros puntos del país. ARTICULO SEGUNDO: El objeto de la sociedad será crear, organizar, administrar, mantener y sostener un instituto profesional, denominado “Instituto Profesional La Araucana”, domicilio ciudad de Santiago. Para tal efecto, podrá impartir enseñanza, otorgar títulos profesionales de aquellos que no requieran licenciatura, y títulos técnicos de nivel superior en la áreas en que otorgan los anteriores, realizar capacitación educacional, formar centros de investigación, estudio o experimentación, pudiendo además desarrollar toda clase de actos culturales y educacionales o de perfeccionamiento técnico y humanístico, sin perjuicio de la realización de cualquier otra actividad que colabore o atienda a la consecución de este objeto. Estas actividades las podrá desarrollar en el ámbito nacional e internacional, y deberán siempre y exclusivamente tender a la consecución del objeto del Instituto Profesional. ARTICULO TERCERO: Su duración será indefinida. TITULO SEGUNDO: Capital y Acciones. ARTÍCULO CUARTO: El capital de la compañía es la suma de $22.169.718.351, divididos en 143.749 acciones nominativas, de una sola serie, sin valor nominal. Capital que se encuentra suscrito y pagado en su totalidad. TITULO TERCERO: Administración y Estructura. ARTICULO DUODECIMO: La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a don Andro Piña Abarzúa, cédula de identidad N° 13.273.041-5, Giovanni Figuerola Pollarolo, cédula de identidad N°13.524.679-4 y Francisco Javier Sepúlveda Ramírez, cédula de identidad N° 16.604.111-2 quienes podrán, actuando siempre dos de ellos en conjunto, obligar a la sociedad, sin que la enumeración que sigue sea limitativa o taxativa de sus facultades, sino meramente enunciativa.Demás estipulaciones constan en escritura extractada.
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Capital
Capital total
$20.339.900.104
Capital pagado
$20.339.900.104
Acciones
131.884
Texto oficial del extracto
COSME FERNANDO GOMILA GATICA, Notario Titular de la Cuarta Notaría de Santiago, con oficio en Paseo Ahumada N° 341, piso cuarto, de Santiago, certifico que por escritura pública de fecha 03/05/2018, Repertorio N° 5.826/2018, ante mi, se redujo a escritura pública el acta de la Junta General Extraordinaria de Accionistas de la sociedad INSTITUTO PROFESIONAL LA ARAUCANA S.A., celebrada el día 26 de abril de 2018, en la que los accionistas por unanimidad acordaron modificar: 1) El artículo cuarto del estatuto social por el siguiente: ARTICULO CUARTO: Se modifica el capital social de dieciocho mil trescientos sesenta y seis millones setecientos quince mil ochocientos cincuenta y seis pesos divididos en ciento diecinueve mil noventa acciones a veinte mil trescientos treinta y nueve millones novecientos mil ciento cuatro pesos, dividido en ciento treinta y un mil ochocientos ochenta y cuatro acciones, nominativas y sin valor nominal; el capital se encuentra suscrito y pagado 2) El artículo quinto del estatuto social por el siguiente: ARTICULO QUINTO: La sociedad será administrada por un directorio compuesto por 3 miembros, que no requerirán ser accionistas. La renovación del directorio será total y se efectuará al final del período de su mandato que será de 3 años. Los directores podrán ser reelegidos indefinidamente en sus funciones. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. CBC.
Información societaria
Texto oficial del extracto
VERONICA TORREALBA COSTABAL, Notario Público Suplente del Titular 33 Notaría de Santiago Iván Torrealba Acevedo, con oficio en Calle Huérfanos Nº 979, oficina 501, Santiago, certifica que según escritura pública de fecha 15 de marzo de 2018, otorgada ante Notario Titular Iván Torrealba Acevedo, por reducción acta de Junta Extraordinaria de Accionistas del 12 de marzo del año 2018 de sociedad “INSTITUTO PROFESIONAL LA ARAUCANA S.A.”, inscrita a fojas 13.789 Nº 6.967 del Registro de Comercio del año 1992, del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, acordaron por el 100% de los accionistas presentes que representan dicho porcentaje de las acciones suscritas y pagadas la siguiente modificación estatuto social: MODIFICACION CONSISTE: Adecuar los estatutos a lo establecido en la ley N° 20.843, agregando la siguiente cláusula: DECIMO PRIMERO TER: Ninguna normativa interna ni ningún acto ni contrato entre el Instituto Profesional La Araucana y sus estudiantes, o personal académico y no académico podrá contener disposiciones que prohíban, limiten u obstaculicen la libre organización de estos. Santiago, 21 de marzo de 2018.
Información societaria
Capital
Capital total
$18.366.715.856
Acciones
119.090
Texto oficial del extracto
JORGE LOBOS DIAZ, Abogado, Notario Suplente de don COSME FERNANDO GOMILA GATICA, Notario Titular de la Cuarta Notaría de Santiago, ambos con oficio en Paseo Ahumada N° 341, piso cuarto, de Santiago, certifico que por escritura pública de fecha 10 de enero del año 2018, Repertorio N° 438/2018, ante el titular, se redujo a escritura pública el acta de la Junta General Extraordinaria de Accionistas de la sociedad INSTITUTO PROFESIONAL LA ARAUCANA S.A., celebrada el día tres de enero de 2018, en la que los accionistas por unanimidad acordaron modificar el artículo cuarto por el siguiente: “ARTICULO CUARTO: Se modifica el capital social de diecisiete mil veintiséis millones setecientos quince mil ochocientos cincuenta y seis pesos divididos en ciento diez mil cuatrocientos un acciones a dieciocho mil trescientos sesenta y seis millones setecientos quince mil ochocientos cincuenta y seis pesos divididos en ciento diecinueve mil noventa acciones, nominativas y sin valor nominal”.- Demás estipulaciones constan en escritura extractada.- CBC.
Información societaria
Capital
Capital total
$17.026.715.856
Acciones
110.401
Texto oficial del extracto
JORGE LOBOS DIAZ, Abogado, Notario Suplente del Titular de la Cuarta Notaría de Santiago, don COSME FERNANDO GOMILA GATICA ambos domiciliados en calle Paseo Ahumada N° 341, 4° piso, Santiago, certifico que por escritura pública de fecha 28 de septiembre del año 2017, Repertorio N° 16.077/2017, ante el titular, se redujo a escritura pública el acta de la Junta General Extraordinaria de Accionistas de la sociedad INSTITUTO PROFESIONAL LA ARAUCANA S.A., celebrada el día 25 de septiembre de 2017, ante el titular, en la que los accionistas por unanimidad acordaron modificar: 1) el artículo Décimo Primero de los Estatutos Sociales por el siguiente: “ARTICULO DECIMO PRIMERO: El artículo sesenta y siete letra e) del Decreto con Fuerza de Ley número dos, promulgado el dieciséis de diciembre del año dos mil nueve y publicado el dos de julio del año dos mil diez, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley número veinte mil trescientos setenta con las normas no derogadas del Decreto con Fuerza de Ley número uno, del año dos mil cinco, dispone que los instrumentos constitutivos de las personas jurídicas organizadoras de institutos profesionales deberán contemplar disposiciones que establezcan la estructura de la entidad, quienes la integran, sus atribuciones y duración de los respectivos cargos. De acuerdo a lo anterior se establece la siguiente estructura organizativa del “Instituto Profesional La Araucana”, que respeta íntegramente lo dispuesto en la letra e) del artículo sesenta y siete de la ley referida en el inciso anterior. I.- DEL DIRECTORIO.- El directorio establecido en el artículo quinto de estos estatutos, es el órgano colegiado del Instituto Profesional que administra la sociedad, la representa judicial y extrajudicialmente, y esta investido de todas las facultades de administración y disposición de conformidad a lo establecido en el artículo cuarenta de la ley dieciocho mil cuarenta y seis sobre sociedades anónimas. El directorio fija, asimismo, las grandes orientaciones del Instituto y tiene la supervisión superior de éste. Dentro de este contexto, aprueba el presupuesto, balance y memoria, la apertura de nuevas sedes, los cambios organizacionales, la apertura de nuevas áreas del conocimiento y carreras, y la fijación de cupos y aranceles. Le corresponde además la designación del Rector del Instituto Profesional La Araucana. II.- DE LAS AUTORIDADES UNIPERSONALES. Las autoridades unipersonales de primer nivel del Instituto Profesional La Araucana, son el Rector, el Vicerrector Académico, el Vicerrector de Administración y Finanzas, el Vicerrector de Aseguramiento de la Calidad, el Vicerrector Nacional de Sedes, la Gerencia de Auditoría Interna, la Dirección de Planificación y Control Estratégico, el Secretario General y los Directores de Sede. Las autoridades antes indicadas, con excepción del Rector, permanecerán en sus cargos mientras cuenten con la confianza de este último. III. DEL RECTOR.- El Rector es la máxima autoridad unipersonal académica y administrativa del Instituto, a quien le corresponderá la dirección, organización, planificación, coordinación y control de todas las actividades necesarias para cumplir el Proyecto de Desarrollo Institucional del Instituto. Asimismo, deberá fiscalizar la correcta utilización de los recursos docentes técnico-pedagógicos, didácticos, económicos, financieros y físicos destinados al cumplimiento de los fines institucionales, y cumplir las demás funciones que contribuyan a cumplir su rol como máxima autoridad del Instituto. Todo ello, sin perjuicio de las atribuciones del Directorio y de las otras autoridades del Instituto Profesional, que establece este Estatuto. Es designado por el Directorio, dura cuatro años en su cargo y podrá ser reelegido indefinidamente. De acuerdo a lo anterior, le corresponde en términos generales: a) Proponer al Directorio las políticas, programas de actividades, presupuesto, memoria, balance y planes de trabajo generales del Instituto y rendir cuenta de su gestión; b) Designar las autoridades unipersonales y contratar al personal académico y administrativo; c) Dirigir, supervisar y coordinar las unidades de su dependencia en las áreas de tecnología, capacitación, admisión y comunicaciones y formación virtual; d) Conferir los títulos que otorgue el Instituto, con arreglo a las disposiciones vigentes y con la fe del Secretario General; e) Proponer al directorio el cupo y aranceles anual de estudiantes; f) Proponer al Directorio la apertura de nuevas áreas del conocimiento, carreras y sedes; g) Delegar sus atribuciones específicas, con expresión de los fundamentos de esta decisión, en otra u otras de las autoridades unipersonales; en cuanto esta facultad no aparezca limitada por otros preceptos de este Estatuto; y, h) Toda otra función que le asigne el Directorio, relacionada con la actividad del Instituto. El Reglamento General especificará las atribuciones correspondientes a lo establecido en este Estatuto. Especialmente será responsable de la aplicación de las normas contenidas en los artículos ciento seis, ciento siete y ciento ocho del Decreto con Fuerza de Ley número dos, promulgado el dieciséis de diciembre del año dos mil nueve y publicado el dos de julio del año dos mil diez que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley número veinte mil trescientos setenta, con las normas no derogadas del Decreto con Fuerza de Ley número uno, del año dos mil cinco. IV.- LAS DEMAS AUTORIDADES UNIPERSONALES.- El Vicerrector Académico depende directamente del Rector, y lo subroga en caso de ausencia o impedimento de éste. Es el encargado y responsable del desarrollo de los asuntos académicos del Instituto, supervisando el cumplimiento cabal de los planes de estudio, de las normas, reglamentos y procedimientos establecidos propiciando con esto el cumplimiento de los perfiles de ingreso. De acuerdo a lo anterior le corresponde en términos generales: a) Velar por el desarrollo docente y el aporte de éste a la academia y la formación entregada. b) Cautelar el correcto desarrollo de la docencia como función sustantiva, en lo vinculado con la creación, transformación, actualización e implementación de los programas de formación y sus currículos. c)programas de formación y sus currículos, con énfasis en el desarrollo docente d) Responsabilizarse de la vida estudiantil y su adecuado fomento, permitiendo con ello apoyar el desarrollo integral de los estudiantes, e) Responsabilizarse de la vinculación con el medio, velando por el desarrollo de mecanismos que permitan evaluar la pertinencia de la formación entregada y apoyar el posicionamiento institucional, f) Dirigir, supervisar y coordinar las unidades de su dependencia en las áreas de docencia, biblioteca, vinculación y asuntos estudiantiles y con el medio. g) Planificar, organizar, dirigir y controlar la correcta ejecución de las actividades de las unidades a su cargo, cautelando el cumplimiento de las disposiciones generales del Instituto y h) Toda otra función que le asigne el Rector, relacionada con la actividad académica del Instituto. El Reglamento General especificará las atribuciones correspondientes a lo establecido en este Estatuto. El Vicerrector de Administración y Finanzas depende directamente del Rector y es el encargado y responsable de la planificación, organización, dirección y supervisión de los asuntos económicos, administrativos y financieros del Instituto, diseñando y proponiendo políticas, normas, procedimientos y reglamentos que aseguren un eficiente manejo de las finanzas. De acuerdo a lo anterior le corresponde en términos generales: a) Velar por la mantención actualizada de la contabilidad que permita conocer exactamente la situación financiera del Instituto. b) Participar en la formulación del presupuesto de todas las sedes y unidades del Instituto, proponiendo al Rector el presupuesto institucional anual, c) Gestionar los procesos de Becas y Créditos estatales y los mecanismos que permitan asesorar integralmente a la institución de estos procesos. d) Planificar de manera proyectiva la infraestructura física de la institución y su mantenimiento, de manera de asegurar el buen funcionamiento de los recintos y el crecimiento del Instituto e) Generar información relevante para la toma de decisiones Institucionales, a través de la elaboración de informes de gestión, formulados en función de las necesidades de información de los usuarios, f) Dirigir, supervisar y coordinar las unidades de su dependencia en las finanzas, becas y crédito y proyectos e inversión y otras de su competencia, g) Apoyar la gestión académica, suministrando los recursos para el desarrollo de las actividades previamente presupuestadas y aprobadas, y h) Toda otra función que le asigne el Rector, relacionada con la actividad administrativa de apoyo a la actividad económica, administrativa y financiera del Instituto. El Reglamento General especificará las atribuciones correspondientes a lo establecido en este Estatuto. El Vicerrector de Aseguramiento de la Calidad depende directamente del Rector y es el encargado y tiene por principal responsabilidad, diseñar e implementar políticas y mecanismos eficaces de autorregulación que aseguren el cumplimiento del proyecto institucional entregando recomendaciones para su mejoramiento continuo y tiene como tarea dirigir los procesos de acreditación institucional y de las carreras del IPLA. La Vicerrectoría cuenta con tres unidades de coordinación técnica: Coordinación de Autorregulación; Coordinación de Acreditación Institucional y de Carreras; y, Secretaria Técnica. Toda otra función que le asigne el Rector relacionada con la actividad de Calidad. El Reglamento General Especificará las atribuciones correspondientes a lo establecido en estos Estatutos. El Vicerrector Nacional de Sedes depende directamente del Rector y reportará directamente a él, y será miembro del Comité de Rectoría. Es el encargado y responsable de la dirección y control de actividades del Instituto en sus sedes, incluyendo la ejecución de los programas de pregrado, capacitación y educación continua. Asimismo, tendrá dentro de sus funciones implementar e impartir los programas de estudio, según los estándares y especificaciones definidas por la Vicerrectoría Académica y áreas afines. Reportarán a esta Vicerrectoría todas las Sedes, la Dirección de Admisión Comunicaciones y Marketing y la Dirección de Capacitación. Toda otra función que le asigne el Rector relacionada con la actividad de Calidad. El Reglamento General Especificará las atribuciones correspondientes a lo establecido en estos Estatutos. Gerencia de Auditoria Interna. El Gerente de Auditoría Interna es el responsable de la función de auditoría del Instituto. Desempeña una actividad independiente y objetiva de aseguramiento y consulta, promoviendo la adecuada existencia y funcionamiento de procesos de gestión de riesgos, control interno y gobierno, que permitan la protección de los recursos del Instituto, la existencia de información confiable, la eficiencia operacional, la adhesión a las políticas establecidas y el cumplimiento normativo. Depende funcionalmente del Directorio y administrativamente del Rector. El reporte de su actividad lo hace a través del Comité de Auditoría, instancia a la que apoya en el cumplimiento de su misión. Son obligaciones especiales del Gerente de Auditoría Interna: a) Desarrollar e implementar un plan anual de auditoría interna, enlazado con los riesgos relacionados con la actividad del Instituto, informar sobre su avance y respecto del seguimiento de las situaciones observadas de mayor exposición; b) Emitir informes de auditoría interna mediante los cuales comunicará oportunamente el resultado de las revisiones efectuadas; c) Coordinar internamente las auditorías externas que el Instituto contrate. En ese mismo ámbito, analizar y sugerir las acciones preventivas y correctivas que se deduzcan del informe anual de control interno y realizar el seguimiento de los planes de acción respectivos, comprometidos por el Instituto; d) Definir anualmente un plan de complementariedad que considere la actividad de los auditores externos de estados financieros, de la Contraloría de la Caja La Araucana y de su propia área, a objeto de lograr mayor eficiencia en las auditorías internas y externas que se realicen en el Instituto; e) En relación con los procesos estratégicos, misionales y de soporte que involucran a las distintas áreas del instituto, deberá dar un servicio de consultoría interna para la alta dirección, ayudando a mejorar la eficacia de los distintos procesos al analizarlos con perspectiva y objetividad, dando una opinión de contraste e independiente. f) Asimismo, deberá evaluar la aplicación y efectividad de los métodos de control y gestión de los diferentes riesgos con impacto sobre la institución, asociados a los procesos señalados; g) Verificar que se ha dado cumplimiento a las normas, políticas de gestión, instructivos y requerimientos de información establecidos por los organismos reguladores; h) Verificar la existencia de procedimientos y normativas internas en todas las funciones críticas del Instituto y la suficiencia y cumplimiento de ellas; i) Desarrollar metodología de auditoría interna y procurar su permanente actualización, en concordancia con lo establecido por los órganos y entidades de referencia para la práctica de la auditoría interna. El Reglamento General Especificará las atribuciones correspondientes a lo establecido en estos Estatutos. La Dirección de Planificación y Control Estratégico. El Director de Planificación y Control Estratégico depende directamente del Rector, y es el responsable de coordinar la formulación, desarrollo, seguimiento y ajustes del plan de desarrollo estratégico de la Institución. Dado lo anterior le corresponde en términos generales: a) Dirigir y coordinar los procesos de formulación del plan de desarrollo estratégico; b) Informar al Rector del estado de avance del plan, realizando seguimiento y control sistemático y generando propuesta de ajustes en caso de ser necesarios según los cambios del entorno interno y externo; c) Generar indicadores de impacto que permitan medir el resultado y avance del plan de desarrollo estratégico en los distintivos niveles de la institución; d) Apoyar a las unidades y sedes en el desarrollo de planes y programas resguardando el alineamiento con el plan de desarrollo estratégico; y, e) Toda otra función que Ie asigne el Rector, relacionada con las materias propias de su competencia. El Reglamento General Especificará las atribuciones correspondientes a lo establecido en estos Estatutos. . El Secretario General depende directamente del Rector y brinda apoyo a las labores de la Rectoría y demás autoridades superiores. Atiende la coordinación jurídica de la gestión institucional. De acuerdo a lo anterior le corresponde en términos generales: a) Certificar los procesos académicos institucionales realizados por los estudiantes. b) Responsabilizarse de las políticas y procedimientos de registro y archivo de la documentación oficial de las actividades curriculares de los estudiantes, coordinación de información y de certificación de acuerdo a las normas y reglamentos generales y académicos de la institución. c) Supervisar las unidades de registro curricular y de títulos y toda otra que lleve registros de datos del Instituto. d) Responsabilizarse del resguardo y conservación de las actas y archivos de la institución. f) Encargarse de la entrega oportuna y veraz de la información institucional a los distintos organismos externos; g) Suscribir con el Rector los títulos del Instituto. h) Actuar como Ministro de Fe del Instituto y i) Toda otra actividad que le asigne el Rector dentro del ámbito de sus funciones. El Reglamento General especificará las atribuciones correspondientes a lo establecido en este Estatuto. V.- DE LA CASA CENTRAL, SEDES Y CARRERAS.- Uno. La Casa Central y las Sedes. El Instituto Profesional La Araucana se organiza: académica y administrativamente a través de una Casa Central ubicada en Santiago, y de sedes ubicadas en los emplazamientos que determine el Directorio. Cada sede estará a cargo de un Director de Sede, quien es nombrado por el Rector y permanece en su cargo mientras cuente con su confianza. Dos. De los Directores de Sede. El Director de Sede es la máxima autoridad académica y administrativa de la Sede, ejerciendo su gobierno, dirección y gestión en conformidad con las políticas generales emanadas del Rector. De acuerdo a lo anterior, lidera el proceso de análisis, formulación y ejecución de los planes de la Sede, dentro del marco del Proyecto Institucional y plan estratégico del Instituto. El Director de Sede depende directamente del Rector, y reporta al Vicerrector Nacional de Sedes, y representa al Instituto ante los organismos regionales, académicos o de otra naturaleza. De acuerdo a lo anterior le corresponde en términos generales: a) Velar por el mantenimiento de la identidad del Instituto en la región del país que corresponda a su Sede. b)- Velar por el cumplimiento en la Sede de las disposiciones legales y reglamentarias del Instituto. c) Proponer al Rector la dotación de personal docente de la Sede; y d) Toda otra función que le asigne el Rector, relacionada con la actividad de apoyo a la actividad docente del Instituto. El Reglamento General especificará las atribuciones correspondientes a las funciones que le asig
Información societaria
Capital
Capital total
$14.426.715.856
Capital pagado
$10.913.715.856
Capital pendiente
$3.513.000.000
Acciones
93.543
Socios (3)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
Corporación de Educación La Araucana Accionista | - | 91.98% | - |
Corporación de Salud La Araucana Accionista | - | 3.11% | - |
Cámara Nacional de Comercio, Servicios y Turismo de Chile F.G.N. Accionista | - | 4.91% | - |
Administradores (1)
Representación legal (4)
Francisco Sepúlveda Ramírez
Francisco Valdivia Hepp
Luis Urrutia Salazar
Andro Piña Abarzúa
Texto oficial del extracto
Francisco Javier Leiva Carvajal, Abogado, Notario Santiago, Amunategui 73, Santiago Centro, Certifico: Por escritura fecha 17-07-2017, ante Felipe Leiva Ilabaca, Notario Público Suplente de este oficio: Comparece don Andro Piña Abarzúa a reducir a escritura pública acta de Junta General Extraordinaria de Accionistas del Instituto Profesional La Araucana S.A. Asistieron; La Corporación de Educación La Araucana, representada por su presidente don Francisco Sepúlveda Ramírez, la Corporación de Salud La Araucana, representada por don Francisco Valdivia Hepp y la Cámara de Comercio, Servicios y Turismo de Chile F.G.N., representada por don Luis Urrutia Salazar, vienen en modificar el artículo cuarto y primero transitorio de los estatutos sociales y autorizar la venta de activo fijo, en el siguiente tenor: Sustituir el Artículo Cuarto de los Estatutos Sociales, referente al capital social, para adecuarlo al presente aumento de capital, quedando de la siguiente forma: “CAPITAL Y ACCIONES. ARTICULO CUARTO: El capital de la Compañía es la suma de $14.426.715.856.- dividido en 93.543 acciones nominativas, de una sola serie, sin valor nominal.” Sustituir el en el siguiente tenor; ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO para regular la forma en que se enterará el capital social, el cual queda de la siguiente forma: “ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO: El capital social ascendente a la suma de $14.426.715.856.- dividido en 93.543 acciones nominativas, de una misma serie, y sin valor nominal, se encuentra suscrito y pagado o se pagará de la siguiente forma: (i) Con la suma de $10.913.715.856.- dividido en 70.765 acciones nominativas, sin valor nominal y de una misma serie, ya pagado por los accionistas con anterioridad a esta fecha; y (ii) con la suma de $3.513.000.000.- dividido en 22.778 nuevas acciones de pago, nominativas, sin valor nominal y de una misma serie, el cual se encuentra suscrito y pagadas en el primer semestre del año 2017. Por la unanimidad de los accionistas, se aprueba la venta del derecho de opción de compra del inmueble de calle Sazié 1902, comuna de Santiago Centro, o bien la venta de la propiedad en el evento que el “Instituto Profesional La Araucana” haga efectivo su derecho a su opción de compra, a la Cámara de Comercio de Santiago A.G. (CCS) y/o cualquier entidad relacionada con la Cámara de Comercio de Santiago A.G.; y facultar al gerente general Matías Acevedo Ferrer, para que en representación de la sociedad concurra a la suscripción de todos los documentos necesarios para la materialización de la operación, en particular los contratos respectivos promesa de compraventa y compraventa. Se deja constancia que, en virtud de lo anterior, a la fecha los accionistas de la Sociedad son los siguientes: Corporación de Educación La Araucana es titular de 86.023 acciones, correspondiente al 91,98%, del porcentaje de participación accionaria en la sociedad; Corporación de Salud La Araucana, es titular de 2.896, acciones correspondiente al 3,11%, del porcentaje de participación accionaria en la sociedad; y Cámara Nacional de Comercio, Servicios y Turismo de Chile F.G.N., es titular de 4.584, correspondiente al 4,91%, del porcentaje de participación accionaria en la sociedad. En todo lo no modificado por la presente reforma de estatutos, los socios acuerdan dejar plenamente vigentes las demás estipulaciones del pacto social. Demás estipulaciones escritura extractada. 14-09-2017.
Información societaria
Capital
Capital total
$10.913.715.856
Acciones
70.765
Texto oficial del extracto
COSME FERNANDO GOMILA GATICA, Notario Público Titular de la 4 Notaría de Santiago, Ahumada 341, piso 4, Santiago, certifica: Por escritura pública de fecha 19 de octubre de 2016, Repertorio N° 20.063/2016, ante don Jorge Lobos Díaz, Notario Reemplazante, se redujo escritura pública el acta de junta extraordinaria de accionistas de Instituto Profesional La Araucana S.A. (“la Sociedad”), celebrada el 19 de agosto de 2016, en la cual se acordó: 1) Aprobar la capitalización de la suma de $898.677.419 contenida en la cuenta “Superávit por Revaluación” del Patrimonio, con lo cual el Capital de la Sociedad asciende al monto de $5.768.037.938, dividido en 37.400 acciones nominativas, sin valor nominal. 2) Aumentar el capital social que actualmente asciende a la suma de $5.768.037.938.-, dividido en 37.400 acciones nominativas, sin valor nominal y de una misma serie, en $5.145.677.918.- quedando el capital social en el monto de $10.913.715.856.- dividido en 70.765 acciones nominativas, sin valor nominal y de una misma serie. De esta forma, el aumento de capital ascendería a la suma de $5.145.677.918.-, mediante la emisión de 33.365 nuevas acciones de pago, nominativas, sin valor nominal y de una misma serie, siendo el precio de colocación de estas acciones la suma de $154.225,613 cada una. 3) Demás estipulaciones y modificaciones que no son materia de extracto constan de escritura extractada. La Sociedad está inscrita a fs. 13.789, Nº 6.967, del Registro de Comercio de Santiago del año. 1992.- Demás estipulaciones escritura extractada.- cbc.-
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