Sociedad AnónimaDisuelta96.520.100-9

Inversiones Loma Colorada S.a.

DISOLUCIÓN — 3 dic 2016

Información tributaria (SII)

Tipo de entidad

PERSONA JURIDICA COMERCIAL

Subtipo de sociedad

SOCIEDADES ANONIMAS CERRADAS

Inicio de actividades

Sin inicio de actividades informado por el SII

Término de giro

22 de marzo de 2018

Actividades económicas

Sin actividades económicas registradas en el SII

Documentos timbrados

Sin documentos timbrados registrados en el SII

Diario Oficial

DisoluciónDiario Oficial · 2016-12-03Ver PDF (CVE 1145464)

Información societaria

S.A.
Providencia, Región Metropolitana
Administración: Comisión Liquidadora

Historia societaria relatada

  1. Otro acto· 4 de noviembre de 2016

    La junta extraordinaria de accionistas acuerda la disolución anticipada de la sociedad y su liquidación por comisión liquidadora.

    Axel Timmermann Wormull · Elio Ortiz Garrido · Raúl Ojeda Vidaurre-Leal

Texto oficial del extracto

Fernando Celis Urrutia, Notario de Santiago, Titular de la Segunda Notaría de Providencia, con oficio en Paseo Presidente Errázuriz Echaurren 2615, Providencia, Certifica: Por escritura pública hoy ante mí, se redujo a escritura pública Acta Junta Extraordinaria Accionistas “INVERSIONES LOMA COLORADA S.A.” celebrada con fecha 04 de Noviembre de 2016, con presencia del Notario Titular y totalidad acciones, en la cual se acordó lo siguiente: Uno) Se acuerda la disolución anticipada de la sociedad y su consiguiente liquidación. Dos) Fecha para producir efectos: Se acuerda por unanimidad que la disolución de la sociedad surta efecto a contar del día cuatro de Noviembre de dos mil dieciséis. Tres) Se revoca al actual Directorio de la sociedad a partir del día en que entre en funciones la Comisión Liquidadora. Cuatro) Se aprueba, conforme a los Estatutos Sociales y la Ley dieciocho mil cuarenta y seis sobre Sociedades Anónimas, que con posterioridad al acuerdo de disolución de la sociedad se practique su liquidación, la cual se aprueba se efectúe por una Comisión Liquidadora la que deberá favorecer exclusivamente el proceso de liquidación encomendado y entrará en funciones a partir del día en que se cumplan las solemnidades legales de la disolución. Cinco) Respecto a la manera de practicar dicha liquidación, la Junta, aprueba que la liquidación de “INVERSIONES LOMA COLORADA S.A.” se practique por una Comisión Liquidadora la que estará compuesta por tres miembros, quien sesionará y actuará con a lo menos dos de sus tres miembros y deberá informar a los socios a intervalos de dos meses. Se acuerda que tal designación será materia de la Junta que disuelva la sociedad, y desde ya acuerdan designar a los señores don Axel Timmermann Wormull, don Elio Ortiz Garrido y don Raúl Ojeda Vidaurre-Leal, sin perjuicio que dichos miembros sólo funcionarán una vez disuelta la sociedad. Seis) Se acordó también por la Junta, que la Comisión Liquidadora representará, judicial y extrajudicialmente, a la sociedad en liquidación y estará investida de todas las facultades de administración y de disposición que la ley o los Estatutos no establezcan como privativas de las Juntas de Accionistas, sin que sea necesario otorgarle poder especial alguno, inclusive para aquellos actos o contratos respecto de los cuales las leyes exijan esta circunstancia. Esta representación judicial es sin perjuicio de la que tiene el presidente de la Comisión Liquidadora, con el artículo ciento once de la Ley número dieciocho mil cuarenta y seis, y siempre comprenderá todas las facultades establecidas en ambos incisos del artículo séptimo del Código de Procedimiento Civil. La Comisión Liquidadora entrará en funciones una vez que estén cumplidas todas las solemnidades que la ley señala para la disolución de la sociedad. Entretanto, el último directorio deberá continuar a cargo de la administración social y cesará en sus funciones una vez concluido el proceso de cierre en todos sus aspectos de la sociedad (Contable, tributario y legal), plazo que no podrá exceder de dos años. Siete) Se acordó también que a contar de la disolución definitiva de la sociedad y hasta el término del proceso de liquidación, la Comisión Liquidadora no será remunerada. Ocho) Se acordó que los miembros de la comisión liquidadora podrán actuar indistinta e individualmente.- Demás acuerdos constan en escritura extractada. Providencia, 07 de Noviembre de 2016. Fernando Celis Urrutia, Abogado, Notario de Santiago, Titular de la Segunda Notaría de Providencia.

Actuaciones recientes

  1. DISOLUCIÓN

    INVERSIONES LOMA COLORADA S.A.

    CVE 1145464

Relaciones societarias

EmpresaPersonaDiario OficialRelación histórica (no vigente)