Viñedos Emiliana S.A.
Diario Oficial
Información societaria
Texto oficial del extracto
Ministerio del Interior María Pilar Gutiérrez Rivera, Notario Público Titular de la 18ª Notaría de Santiago, domiciliada en Avenida Apoquindo N° 3.039, piso 5, Las Condes, Santiago, certifico: con fecha 12 de mayo de 2025, Repertorio N 6.722/2025, ante mí, se redujo a escritura pública el acta de la Junta Extraordinaria de Accionistas de VIÑEDOS EMILIANA S.A. (la "Sociedad"), celebrada en Santiago el 28 de abril de 2025, a la cual asistí y en la cual se acordó, entre otras materias, modificar el artículo Primero de los estatutos sociales, referido a la razón social y domicilio de la Sociedad, reemplazándolo por el siguiente: “ARTÍCULO PRIMERO: Se constituye una sociedad anónima abierta, de duración indefinida, con el nombre de Viñedos Emiliana S.A., pudiendo usar como nombres de fantasía, para efectos de publicidad, propaganda u operaciones bancarias, las palabras “Viñedos Orgánicos Emiliana” o “Viñedos Orgánicos Emiliana S.A.”; “VOE” o “VOE S.A.”; “V.O.E.” o “V.O.E. S.A.”; “VESA” o “VESA S.A.”; y “Emiliana Organic Vineyard” o “Emiliana Organic Vineyard S.A.”. Su domicilio será la ciudad de Santiago y podrá establecer agencias o sucursales en otros puntos del país o del extranjero”. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 23 de mayo de 2025. María Pilar Gutiérrez Rivera, Notario Público Titular.
Información societaria
Texto oficial del extracto
María Pilar Gutiérrez Rivera, Notario Público Titular de la 18 Notaría de Santiago, con oficio en Huérfanos 669, piso 8, comuna de Santiago, certifico que por escritura pública otorgada con fecha 10 de mayo de 2023, Repertorio N° 7.017 /2023, ante mí, se redujo a escritura pública el acta de la Junta Extraordinaria de Accionistas de “Viñedos Emiliana S.A.” (la "Sociedad"), celebrada en Santiago el 20 de abril de 2023, en la cual se acordó, entre otras materias, modificar los estatutos de la Sociedad en el siguiente sentido: (a) Incorporar un nuevo artículo Segundo Bis, inmediatamente a continuación del Artículo Segundo -referido al objeto social-, del siguiente tenor: “ARTICULO SEGUNDO BIS: En el cumplimiento del objeto social, la Sociedad procurará razonablemente generar un impacto positivo para la comunidad, las personas vinculadas a la Sociedad y el medio ambiente. Solo los accionistas de la Sociedad podrán exigir el cumplimiento de lo dispuesto en el presente artículo."; y (b) Incorporar un nuevo párrafo al Artículo Cuarto, relativo a la administración de la Sociedad, del siguiente tenor: “En la consecución del objeto social, el Directorio de la Sociedad procurará tener en cuenta los efectos de sus decisiones o actuaciones con respecto a los intereses de sus accionistas, de los trabajadores de la Sociedad y de sus filiales, de sus clientes y proveedores, y de otras partes directa o indirectamente vinculadas a la Sociedad, como lo son la comunidad donde opera y el medio ambiente local y global. El Directorio deberá dejar constancia en la memoria anual de las acciones tomadas al respecto. El cumplimiento de lo anterior solo podrá exigirse por accionistas de la Sociedad.". Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 16 de mayo de 2023. María Pilar Gutiérrez Rivera, Notario Público Titular.
Actuaciones recientes
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Viñedos Emiliana S.A.
CVE 2652682
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Viñedos Emiliana S.A.
CVE 2319674
Relaciones societarias
Viñedos Emiliana S.A.
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