Empresa Eléctrica Pehuenche S.A.
Diario Oficial
公司資料
公報所載公司沿革
- 資本變更· 2025年5月12日
Se otorgó escritura pública de modificación de estatutos de Empresa Eléctrica Pehuenche S.A.
- 其他行為· 2025年6月12日
Se otorgó escritura pública complementaria de la modificación de estatutos.
- 其他行為· 2026年4月24日
La junta extraordinaria de accionistas aprobó modificaciones estatutarias y saneó vicios formales.
- 其他行為· 2026年5月20日
Se suscribió escritura pública de saneamiento de formalidades de inscripción del extracto de la modificación de estatutos.
摘要官方正文
Ministerio del Interior SERGIO FERNANDO RODRIGUEZ URIBE, abogado, Notario Público Titular de la Décimo Cuarta Notaria de Santiago, con oficio en Amunategui N°391, primer piso, Santiago, certifica que por escritura pública de fecha 14 de mayo de 2026, repertorio 1.182-2026, otorgada ante mí, se redujo a escritura pública el acta de la Junta Extraordinaria de Accionistas de Empresa Eléctrica Pehuenche S.A., Rol Único Tributario número 96.504.980-0, celebrada con fecha 24 de abril de 2026, en la cual se acordó, entre otras cosas: (i) incorporar las siguientes modificaciones a los estatutos sociales: (a) Actualizar el Título I “Denominación, Domicilio, Duración y Objeto”, en su artículo 2, para efectos de permitir expresamente la posibilidad de fijar domicilios especiales de la Sociedad en el extranjero. Texto aprobado: “Artículo 2. El domicilio legal de la sociedad será la ciudad de Santiago, sin perjuicio de los domicilios especiales que establezca en otros puntos del país o en el extranjero.”; (b) Actualizar el Título III “Administración de la Sociedad”, en su artículo 9, para efectos de asegurar en la elección y composición del directorio la diversidad de sexos que contempla el art. 31 de la Ley N°18.046, en los términos dispuestos en el artículo primero transitorio de la Ley N°21.757. Texto aprobado: “Artículo 9. En la elección de Directores y en todas las demás que se efectúen en las Juntas, los accionistas dispondrán de un voto por acción que posean o representen y podrán acumularlos a favor de una persona o distribuirlos en la forma que lo estimen conveniente, resultando elegidas las personas que, en una misma y única votación, obtengan el mayor número de votos hasta completar el número de personas por elegir. Lo dispuesto en el inciso precedente no obsta para que por acuerdo unánime de los accionistas presentes con derecho a voto, se omita la votación y se proceda a elegir por aclamación. Asimismo, de conformidad con los cambios incorporados por la Ley N°21.757, y en los términos dispuestos en su artículo primero transitorio, la elección y composición del Directorio observará lo establecido en el artículo 31 de la Ley N°18.046.”; (c) Actualizar el Título IV “Juntas de Accionistas”, en su artículo 27, a fin de eliminar la referencia a Juntas “Generales” de Accionistas. Texto aprobado: “Artículo 27. Las Juntas de Accionistas, ya sean ordinarias o extraordinarias, se constituirán en primera citación, salvo que la ley o los estatutos establezcan mayorías superiores, con las acciones que representen, a lo menos, la mayoría absoluta de las acciones emitidas con derecho a voto y, en segunda citación, con las que se encuentren presentes o representadas, cualquiera que sea su número. (…)”; (d) Actualizar el Título V “Balance y distribución de utilidades, en su artículo 31, a fin de sustituir las referencias a los “auditores externos” por la “empresa de auditoría externa”. Texto aprobado: “Artículo 31. Al 31 de diciembre de cada año se cerrará el ejercicio y se practicará un balance general del activo y pasivo de la sociedad. El Directorio deberá presentar a la consideración de la Junta Ordinaria de Accionistas una memoria razonada acerca de la situación de la sociedad en el último ejercicio, acompañada del balance general, del estado de ganancias y pérdidas y del informe que al respecto presenten la empresa de auditoría externa. Todos estos documentos deberán reflejar con claridad la situación patrimonial de la sociedad al cierre del respectivo ejercicio y los beneficios obtenidos o las pérdidas sufridas durante el mismo. En una fecha no posterior a la del primer aviso de la convocatoria a Junta Ordinaria, el Directorio deberá poner a disposición de cada uno de los accionistas inscritos en el respectivo Registro, una copia del balance y de la memoria de la sociedad, incluyendo el dictamen de la empresa de auditoría externa y sus notas respectivas. El balance general y estados financieros e informe de la empresa de auditoría externa y las demás informaciones que determine la ley o la Comisión para el Mercado Financiero se publicarán en el sitio Internet de la Sociedad, en los plazos y con la anticipación establecida en la ley o reglamentación aplicable. (…)”; y (e) Actualizar el Título VII “Arbitraje”, en su artículo 37, a fin de incluir expresamente dentro de la competencia del arbitraje allí previsto, las dificultades que se susciten entre la sociedad y sus administradores. Texto aprobado: “Artículo 37. Cualquier dificultad que se suscite entre los accionistas o entre éstos y la sociedad o sus administradores, o conflictos que ocurran entre estos últimos, ya sea durante su vigencia o liquidación, será resuelta por un árbitro mixto, esto es, arbitrador en cuanto al procedimiento y de derecho en cuanto al fallo, nombrado de común acuerdo por las partes. (…)”. y (ii) la adopción de los acuerdos necesarios para las correcciones que correspondan en relación al cumplimiento de las formalidades de legalización de la modificación de los Estatutos de la Sociedad acordada en la Junta Extraordinaria de Accionistas de fecha 24 de abril de 2025. En base a ello, con fecha 20 de mayo de 2026, repertorio 1.233-2026, ante mí, Don Nicolás Espinoza Vilches, debidamente facultado, suscribió escritura pública de saneamiento de formalidades de inscripción de extracto de escritura pública de modificación de estatutos de Empresa Eléctrica Pehuenche S.A., aprobada en Junta Extraordinaria de Accionistas celebrada con fecha 24 de abril de 2025. Esto, de conformidad con lo establecido en los artículos 3 y 4 de la Ley número 19.499, y los acuerdos adoptados por nueva Junta Extraordinaria de Accionistas celebrada para tales efectos con fecha 24 de abril de 2026, donde se sanean los vicios formales incurridos en la modificación de estatutos aprobada en Junta Extraordinaria de Empresa Eléctrica Pehuenche S.A. del año 2025, en particular, la falta de oportuna inscripción y publicación del extracto de la Escritura Pública de fecha 12 de mayo de 2025, número de repertorio 6.691-2025, otorgada ante el Notario Público Titular don IVÁN TORREALBA ACEVEDO, domiciliado en Huérfanos 979, oficina 501, Santiago, complementada por Escritura Pública Complementaria de fecha 12 de junio de 2025, número de repertorio 8.519-2025, otorgada ante el Notario Público Suplente doña VERÓNICA TORREALBA COSTABAL, domiciliada en Huérfanos 979, oficina 501, Santiago. Demás estipulaciones constan en escrituras extractadas. Santiago, 14 de mayo de 2026. SERGIO RODRIGUEZ URIBE, Notario Público Titular.
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Empresa Eléctrica Pehuenche S.A.
CVE 2820218
