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Sociedad de Responsabilidad LimitadaDisuelta89.070.600-2

Inversiones La Estancia Limitada

DISOLUCIÓN — 15 mar 2024

Información tributaria (SII)

Tipo de entidad

PERSONA JURIDICA COMERCIAL

Subtipo de sociedad

SOC. RESPONSABILIDAD LIMITADA

Inicio de actividades

Sin inicio de actividades informado por el SII

Término de giro

30 de septiembre de 2003

Actividades económicas

Sin actividades económicas registradas en el SII

Documentos timbrados

Sin documentos timbrados registrados en el SII

Diario Oficial

DisoluciónDiario Oficial · 2024-03-15Ver PDF (CVE 2467277)

Información societaria

Ltda

Historia societaria relatada

  1. Constitución· 25 de agosto de 1982

    Se constituye Inversiones La Estancia Limitada.

    Olimpia Schneider Moenne-Loccoz

Texto oficial del extracto

MARIA SOLEDAD LASCAR MERINO, Abogado, Notario Público Titular de la trigésimo octava Notaría de esta ciudad, con domicilio en calle Miraflores número ciento setenta y ocho, quinto piso, Santiago, certifico: Por escritura pública de fecha 31 de Enero de 2024, ante mí, Gustavo Ignacio Fortunato Amenábar Errázuriz, Juan Pablo Amenábar Errázuriz, María Verónica Amenábar Errázuriz, Sociedad Agrícola Santa Rosa Limitada y María Luisa Amenábar Errázuriz, todos domiciliados para estos efectos en Alonso de Córdova 3.788, oficina 31 B, comuna de Vitacura, acordaron disolver Inversiones La Estancia Limitada, constituida por escritura pública de fecha 25 de Agosto de 1982, otorgada en la Notaría de Santiago de doña Olimpia Schneider Moenne-Loccoz, inscrita a fojas 16.656 número 9.552 s en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 1982, en sentido de establecer que sociedad terminaría y se disolvería a contar del día 31 de Enero de 2024. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 12.03.2024.

ModificaciónDiario Oficial · 2023-09-02Ver PDF (CVE 2371871)

Información societaria

Ltda
Alonso de Córdova tres mil setecientos ochenta y ocho, oficina treinta y uno B

Capital

Capital total

$1.000.000

Capital pagado

$1.000.000

Capital pendiente

$0

Socios (5)

Historia societaria relatada

  1. Fallecimiento

    Fallece Rosa Elena Errázuriz Moreno y se adjudican sus derechos sociales a sus hijos.

    Rosa Elena Errázuriz Moreno · Gustavo Ignacio Fortunato Amenábar Errázuriz · Juan Pablo Amenábar Errázuriz · María Verónica Amenábar Errázuriz · María Luisa Amenábar Errázuriz

Texto oficial del extracto

MARIA SOLEDAD LASCAR MERINO, Abogado, Notario Público Titular de la Trigésimo Octava Notaría de Santiago, Miraflores 178, Piso 5, Santiago, certifico: Por escritura pública de fecha 21.08.2023 ante mí, GUSTAVO IGNACIO FORTUNATO AMENÁBAR ERRÁZURIZ, JUAN PABLO AMENÁBAR ERRÁZURIZ, MARÍA VERÓNICA AMENÁBAR ERRÁZURIZ, los tres anteriores por sí, y en representación de SOCIEDAD AGRÍCOLA SANTA ROSA LIMITADA y MARÍA LUISA AMENÁBAR ERRÁZURIZ, todos los anteriores domiciliados para estos efectos en Alonso de Córdova tres mil setecientos ochenta y ocho, oficina treinta y uno B, comuna de Vitacura, modificaron la sociedad “Inversiones La Estancia Limitada” inscrita fjs. 16.656. N° 9.552 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año 1982, en lo siguiente: Se materializa la adjudicación de derechos sociales tras el fallecimiento de doña Rosa Elena Errázuriz Moreno a nombre de sus hijos, Gustavo Ignacio Fortunato Amenábar Errázuriz, Juan Pablo Amenábar Errázuriz, María Verónica Amenábar Errázuriz y María Luisa Amenábar Errázuriz, los que ingresan en calidad de socios en la Sociedad, quedando como titular del 12,5% de los derechos sociales cada uno de ellos. Así, se reemplaza el artículo Quinto del pacto social por el siguiente: “QUINTO: Capital. El capital de la sociedad asciende a la suma de un millón pesos, que los socios han enterado y pagado íntegramente a la caja social y se encuentra distribuido entre los socios de la siguiente forma: a) Sociedad Agrícola Santa Rosa Limitada, es titular del cincuenta por ciento de los derechos sociales, los cuales se encuentran íntegramente enterados en caja social; b) Gustavo Ignacio Fortunato Amenábar, es titular del doce coma cinco por ciento de los derechos sociales, los cuales se encuentran íntegramente enterados en caja social; c) Juan Pablo Amenábar Errázuriz, es titular del doce coma cinco por ciento de los derechos sociales, los cuales se encuentran íntegramente enterados en caja social; d) María Luisa Amenábar Errázuriz, es titular del doce coma cinco por ciento de los derechos sociales, los cuales se encuentran íntegramente enterados en caja social; y e) María Verónica Amenábar Errázuriz, es titular del doce coma cinco por ciento de los derechos sociales, los cuales se encuentran íntegramente enterados en caja social”. Otras estipulaciones constan escritura extractada. Santiago, 28.08.2023.

ConstituciónDiario Oficial · 2020-08-14Ver PDF (CVE 1799890)

Información societaria

Ltda
Santiago, Región Metropolitana
Duración: Tres años, contados desde fecha escritura, renovable tácita y sucesivamente por períodos iguales de tres años cada uno, si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término, mediante declaración formulada en escritura pública, y anotada margen inscripción social con a lo menos seis meses de anticipación al fin del respectivo período.
Administración: Corresponderá a Alfonso Hernán José Izquierdo Irarrázaval, actuando individualmente, y, en su ausencia, lo que no será necesario probar, corresponderá a María Josefina Ortega Ortiz, actuando individualmente, en ambos casos con amplias facultades.

Objeto social

inversión en bienes corporales e incorporales con el objeto de percibir sus frutos o rentas. La sociedad no podrá desarrollar actividades que consistan en el comercio o la distribución de bienes o en la prestación de servicios. Podrá también realizar todas las actividades conexas o conducentes a los objetivos señalados u otros negocios que digan relación directa con el giro de la sociedad.

Capital

Capital total

$1.000.000

Capital pagado

$1.000.000

Capital pendiente

$0

Socios (5)

Texto oficial del extracto

EDUARDO DIEZ MORELLO, Titular 34º Notaría de Santiago, Luis Thayer Ojeda 359, Comuna Providencia, certifico: Por escritura fecha 5 de agosto de 2020, ante mí, ALFONSO HERNÁN IZQUIERDO IRARRÁZAVAL, por sí y en representación de sus hijos menores de edad ALFONSO JOSÉ IZQUIERDO ORTEGA, LEÓN JOSÉ IZQUIERDO ORTEGA y MARÍA JOSEFINA IZQUIERDO ORTEGA, y MARÍA JOSEFINA ORTEGA ORTIZ, todos domiciliados en Avenida Kennedy 10.290, departamento 602, comuna Vitacura; constituyeron sociedad de responsabilidad limitada. Razón Social: “INVERSIONES LA ESTANCIA LIMITADA”. - Objeto: inversión en bienes corporales e incorporales con el objeto de percibir sus frutos o rentas. La sociedad no podrá desarrollar actividades que consistan en el comercio o la distribución de bienes o en la prestación de servicios. Podrá también realizar todas las actividades conexas o conducentes a los objetivos señalados u otros negocios que digan relación directa con el giro de la sociedad. - Administración y Uso Razón Social: Corresponderá a Alfonso Hernán José Izquierdo Irarrázaval, actuando individualmente, y, en su ausencia, lo que no será necesario probar, corresponderá a María Josefina Ortega Ortiz, actuando individualmente, en ambos casos con amplias facultades. - Capital: $1.000.000.- que socios aportan y enteran de la siguiente forma: Alfonso Hernán José Izquierdo Irarrázaval $800.000.-, María Josefina Ortega Ortiz $50.000.-, Alfonso José Izquierdo Ortega $50.000.-, León José Izquierdo Ortega $50.000.- y María Josefina Izquierdo Ortega $50.000.- todos enterados y pagados en este acto, dinero efectivo. La sociedad recibe dichos aportes a entera satisfacción. - Domicilio: Santiago, sin perjuicio agencias o sucursales en otros puntos del país o en el extranjero. - Plazo: Tres años, contados desde fecha escritura, renovable tácita y sucesivamente por períodos iguales de tres años cada uno, si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término, mediante declaración formulada en escritura pública, y anotada margen inscripción social con a lo menos seis meses de anticipación al fin del respectivo período. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago,11 agosto 2020.

Actuaciones recientes

  1. DISOLUCIÓN

    Inversiones La Estancia Limitada

    CVE 2467277

  2. MODIFICACIÓN

    Inversiones La Estancia Limitada

    CVE 2371871

  3. CONSTITUCIÓN

    INVERSIONES LA ESTANCIA LIMITADA

    CVE 1799890

Relaciones societarias

EmpresaPersonaDiario OficialRelación histórica (no vigente)